Costas en juicio cambiario

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Pia

Costas en juicio cambiario

#1 Mensaje por Pia »

Hola a todos !
Voy a consultaros una deuda a ver si me podéis ayudar.
El caso es el siguiente: el día 14 de diciembre de 2018 el juzgado X dicta auto de incompetencia territorial , siendo competente mi juzgado por domicilio del demando. A mí juzgado llega el día 2 de enero de 2019, este mismo día se persona el demante con procurador y en el escrito dice que el demandado pese a que todavía no se ha podido requerir de pago, Está parte( la demandante) ha recobrado extrajudicialmente de terceros la cantidad reclamada el día 10 de diciembre de 2018 y solicita que se proceda a efectuar tasación de costas y liquidación de intereses.
La pregunta es si no ha sido requerido de pago hay costas.?
Las costas las tengo que tasar yo o el juzgado X, puesto que aquí ( en mi juzgado) no se ha hecho nada ya llega el procedimiento pagado.
QUe harías vosotros..? Gracias y buena Semana Santa.

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darabia
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Registrado: Mar 15 Abr 2014 10:11 pm
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Re: costas en juicio cambiario

#2 Mensaje por darabia »

Tienes que partir de la base de que para tasar costas hace falta un previa condena al pago de las mismas, ya sea por que así se ha acordado en una resolución o porque vengan impuestas por la ley. En el caso que cuentas si el deudor no ha llegado si quiera a ser requerido en el procedimiento difícilmente se le ha podido condenar a nada, y el auto que acordó la falta de competencia tampoco creo que contenga condena alguna.
El 822 dice que si el deudor atiende el requerimiento de pago las costas serán a su cargo....pero no es el caso tampoco, si el porpio acreedor afirma que no recibió el requerimiento.
Desde un mixto de pueblo.....

Pia

Re: costas en juicio cambiario

#3 Mensaje por Pia »

Gracias darabia.

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