¡Hola! Intentaré ser conciso:
-Ejecución, se embarga una finca. Se anota el embargo.
-Se plantea tercería de dominio, que se estima. Se ordena la cancelación del embargo y se expide mandamiento de cancelación.
-Se recurre en apelación (aún pendiente).
-Ahora piden prórroga de embargo.
Obviamente, aquí ya no hay prórroga que valga, pues la anotación fue cancelada. Mi duda es: ¿podría la parte solicitar de nuevo la anotación preventiva del embargo?
Muchas gracias
Embargo preventivo y tercería de dominio
Moderadores: Top Secre, Terminatrix
Re: Embargo preventivo y tercería de dominio
No creo que el registrador haya inscrito la cancelación se no es firme el auto estimatorio de la terceria
Re: Embargo preventivo y tercería de dominio
Opino lo mismo que delme, me extrañaría mucho.
Desde un mixto de pueblo.....
Re: Embargo preventivo y tercería de dominio
Gracias! Prórroga entonces