Valoración de usufructo en liquidación de cargas

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Invitado

Valoración de usufructo en liquidación de cargas

#1 Mensaje por Invitado »

Tengo una duda: en una ETJ tengo que realizar una liquidación de cargas y no sé cómo valorar un derecho de usufructo que grava la finca.

Sé de compañeros que utilizan una orden ministerial para realizar la valoración, pero no consigo encontrarla. Alguien puede echarme una mano?

invitadillo

Re: Valoración de usufructo en liquidación de cargas

#2 Mensaje por invitadillo »

nombra perito

Mininota
Mensajes: 59
Registrado: Lun 23 Abr 2018 9:51 pm
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Re: Valoración de usufructo en liquidación de cargas

#3 Mensaje por Mininota »

Las reglas de valoración del usufructo están en el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
"Artículo 10.
2. En particular, serán de aplicación las normas contenidas en los apartados siguientes:
a) El valor del usufructo temporal se reputará proporcional al valor total de los bienes, en razón del 2 por 100 por cada período de un año, sin exceder del 70 por 100.
En los usufructos vitalicios se estimará que el valor es igual al 70 por 100 del valor total de los bienes cuando el usufructuario cuente menos de veinte años, minorando, a medida que aumenta la edad, en la proporción de un 1 por 100 menos por cada año más con el límite mínimo del 10 por 100 del valor total."
Claro que eso requiere saber el valor del inmueble sobre el que recae el usufructo.
Saludos.

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