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Pueden, por ejemplo, en una cuestión civil, solicitar la/s parte/s que de ser concedida por el órgano su/s pretensión/nes se declare su firmeza en el acto de dictarse y que continúen las actuaciones judiciales por los trámites legales sin espera de los plazos de recurso. Yo lo veo viable, siempre y cuando no perjudique su interés, siempre que este no sea disponible, y el Ministerio Fiscal no se oponga a la declaración de esta firmeza, porque si es disponible pues lo veo aún más, porque rige el principio dispositivo. Este tema se suele dar mucho en el Registro Civil, piensése en la antigüedad de la Ley, en que las comunicaciones electrónicas con el justiciable hoy son muy viables y seguras a través de la Plataforma del PNJ.