guardias en juzgados mixtos

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lujaroj

guardias en juzgados mixtos

#1 Mensaje por lujaroj »

Hola.

Tengo una cuestión que plantear respecto este tema de las guardias.

Estoy en un juzgado mixto. Las guardias de disponibilidad (tener el movil encendido y practicar las actuaciones que surgen durante tardes, sábados o festivos) las hace todo el personal por turno.

Sin embargo las actuaciones propias del juzgado de guardia (detenidos, juicios rápidos, faltas inmediatas, etc.) que surgen durante las horas de jornada ordinaria (mañanas laborables) y que son el 95% del total, sólo las hacen los que están destinados en penal.

Así sucede también en los otros juzgados del partido.

Por mi parte me planteo si esas actuaciones que tienen lugar durante la jornada ordinaria deberían hacerlas los de penal o les corresponderían al que está de guardia. No conozco juzgados que utilicen este criterio.

He visto el Reglamento de aspectos accesorios del C.G.P.J. donde se dice qué actuaciones son propias del juzgado de guardia, pero claro la cuestión más bien sería si lo que se cobra por la guardia lo es sólo por la disponibilidad y actuaciones fuera del horario ordinario, o si por el contrario lo que se cobra por la guardia es por todas las actuaciones propias del juzgado de guardia, independientemente del momento en que haya que realizarlas.

Espero haberme explicado bien ¿veis algún razonamiento claro que me permita cambiar a ese nuevo sistema que planteo?

(Ya lo he planteado en el juzgado y claro, los de civil que ni locos, los de penal que ya era hora, pero para cambiarlo necesitaría motivos sólidos)

Saludos

Invitado

#2 Mensaje por Invitado »

Caramba, hay un motivo más que sólido: ¿qué funcionarios cobran la guardia? Si la cobran todos la hacen todos, sea a la hora que sea; esto es, el funcionario que está una semana de guardia, sea de civil o de penal, hace todas las funciones de la guardia en horario laboral. La discusión es tan vieja como la Lecrim vigente, más o menos. No dudes en absoluto en atribuir a funcionarios de civil las funciones que les corresponda hacer en guardia. Si protestan, es muy sencillo: que no la cobren, esto es, no la certifiques.
Saludos.

Secre VSM

#3 Mensaje por Secre VSM »

Exactamente. En mi Juzgado se hace así desde hace un año más o menos, al principio, los de civil protestaron pero luego las aguas volvieron a su cauce. Y lo mismo con la VSM, cada día le toca a uno, por turno entre los de civil y los de penal
Saludos

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Carlos Valiña
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#4 Mensaje por Carlos Valiña »

El primer principio en la materia es que con las cosas del dinero no se juega. Todos los Funcionarios del Juzgado tienen derecho a participar rotativamente en la guardia y a percibir los emolumentos correspondientes, y los que no saben tienen derecho a que se les permita un periodo de aprendizaje para poder desempeñarla bien.

Solo en el caso de que alguien fuera manifiestamente incompetente para el tema se podria considerar el apartarlo de la misma, pero tendria que ser un caso completamente justificado y como alternativa a mantenerle en el puesto, y tener que denunciarle por no atender el servicio, esto es, un recurso in extremis.

Esto es algo que mas o menos todo el mundo tiene claro, y por lo general los Funcionarios no protestan.

Hay dos flecos delicados:

El primero que por circunstancias sobrevenidas, de pronto el servicio de guardia resulte mas llevadero o mucho mejor pagado y los que antes no tenian interes alguno ahora de pronto quieran apuntarse. En tal caso el establecer una moratoria de modo que puedan incorporarse los de civil pero pasado un año por ejemplo, puede ser una manera mas logica de organizar las cosas y de premiar un poco a quienes se comieron el marron durante la epoca de vacas flacas.

El segundo en que estado dejan los de civil el trabajo. Normalmente los funcionarios de penal hacen un sobreesfuerzo durante la guardia porque cuantas mas previas dejen preparadas menos trabajan luego el resto de la semana.

Los de civil tienden a ser menos generosos en ese esfuerzo y limitarse al esfuerzo de la guardia en sentido estricto, con lo que los de penal protestan.

No es un tema facil pero lo mas correcto creo que es no exigir a los de civil que hacen la guardia que hagan ese sobreesfuerzo. Hay que tener en cuenta que si los de civil pasan a trabajar en la guardia el juzgado se desequilibra ligeramente, hay menos recursos en civil y no se va a poner a un funcionario de penal a sacar asuntos de civil.

Por tanto y salvo que se pusiera a uno de penal a sacar civil lo cierto es que pasa a haber mas tiempo en horas/funcionario, puesto en penal que en civil, antes de que todos pasen a hacer la guardia, los de penal tendran menos trabajo y no parece sensato obligar a los de civil a que ademas de su trabajo de la guardia, se maten para dejar avanzado mas alla de lo normal el trabajo de previas.

Otra cosa es que si les sobra tiempo, puedan adelantar el penal o el civil, pero no creo que deba decirseles nada de que adelanten el penal.

Saludos.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
Si necesitas ayuda llámame.
metodoprofesional@gmail.com

JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.

Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS

desesperación

#5 Mensaje por desesperación »

:idea: para Carlos Valiña.

He leído la contestación que das. Primeramente, hay que señalar, que el Reglamento de Aspectos Accesorios que se señala, creo recordar que es del año 2005, en los Juzgados mixtos, no es un derecho del funcionario el realizar la guardia, sino una obligación.
Segundo, no es problema del funcionario de civil el que se le acumule trabajo, sino del control por parte, tanto del Juez como del Secretario, de cómo se está tramitando, ya que el 90% de los Jueces, sólo se centran en el penal, (y ahora más desde el problema que le ha surgido a Del Olmo), y el civil como que lo dejan residual.
Otra cosa que tienen los funcionarios que tramitan civil, es que, a los que hacen la guardia se les dá un día de descanso (teniendo en cuenta el tipo de Juzgado mixto, ya que haya funcionarios que van por las tardes a trabajar y no están de disponibilidad con el móvil encendido); y ellos quieren entrar pero a la hora de ver lo que es una guardia, prefieren no entrar, ya que es mucho más descansado estar en el Juzgado tranquilo y no estar con tensión.
Asimismo, ahora con la nueva oficina judicial, el problema va a estar cuando se les mantenga a los funcionarios el plus por haber realizado guardias, que otro funcionario que no las ha realizado, estando los dos en el mismo puesto de trabajo.
También hay que señalar que, en los juzgados que sólo entran los de penal en las horas de audiencia, es porque al Juez le es más cómodo estar con un funcionario que sabe lo que está haciendo (en el sentido de que se sabe el procedimiento ya que lo está tramitando diariamente) en vez de cojer a uno de civil y tener que empezar a explicarle lo que tiene que hacer (sobre todo ya que se les hace tarde para salir).

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