Octavio y Bilbao.
Este debate no es una discusion bizantina sobre el sexo de los Angeles.
Las retribuciones son una consecuencia de un problema previo. Son un sintoma.
Los ultimos 30 años ilustran bien a las claras que no hay aumentos retributivos porque quienes pagan no dan valor a lo que hacemos.
A muchos "los nuestros" les vendieron la moto que con las nuevas funciones procesales llegaria la pasta....y solo llegaron los palos, porque estas funciones no son valoradas. Antes las hacian los Gestores y las firmaban los Jueces (el trabajo de algunos de nuestros secretarios-negros era poco visible) y ahora lo hacen en parte los gestores y en parte los secretarios pero lo firman los secretarios, con lo cual lo que se ve desde fuera es trabajo de gestor y que ni siquiera luce firmado por juez.
Estos son los hechos.
La cuestion esta en que los que sostenemos que todo esto de las Fucniones procesales es una via muerta y que nos condena a la gestorizacion y ninguneamiento, (no olvidemos que ahora los gestores son licenciados en derecho y eso es un golpe MORTAL para nosotros en el medio plazo) estamos un poco solos, ni los que nos vendieron este moto, ni por supuesto nadie de fuera del cuerpo esta por la labor de perder a estos nuevos negros del Juez que ademas son tan manejables y sumisos.
Pero ahora se abre una brecha en el sistema diseñado en 2003, `porque cuando se ponen en marcha errores como las Fucniones Procesales o la NOJ, se empieza a ver lo que ya dijimos en 2002 que esto no servia y que hacia agua por todas partes.
Normalmente estas brechas no dejan pasar bastante agua en la presa y el sistema se arrastra durante años, hasta que se tira, como sucedio con las prpuestas de resolucion, otra cretinada donde las haya.
Pero esta es una brecha solida y que puede tumbar este absurdo en poco tiempo.
Lo que se debate aqui en realidad son dos cosas
a) Es realmente una brecha tal y como algunos lo vemos.
b) Merece la pena aprovecharla o perdemos la oportunida de agrandarla.
Si esto es una brecha gorda, en la base de la presa y si consiguieramos agrandarla, que seria bastante sencillo si nos organizamos, el resultado seria acelerar el proceso de destruccion de los disparates de 2003, melon este que inevitablemnete se va a volver a abrir de forma que cuando se abra, sea evidente que hay que hacer cambios en profundidad y no meramente cosmeticos.
Esto es un poco como lo de salvar al euro, algunos puede que prefieran no hacer nada, pero no pueden negar a los que creen en el, el organizarse para salvarlo.
De manera que sigamos debatiendo el punto a) si os parece, antes de entrar a considerar, en su caso, el b).
Bilbao dijo:
El problema en el fondo no creo que estriba tanto en determinar si lo procedimental es o no administrativo. Yo creo que no, ya que al ser una actividad regulada por las Leyes Procesales, el amparo del concepto “parajurisdiccional” es el más apropiado. En el esquema procesal tradicional de perfil piramidal en el que el juez está en un vértice en posición equidistante de las partes, el secretario está más cerca del juez que el fiscal, por ejemplo, funcionario dependiente del Ministerio de Justicia, y frente al que nadie iría predicando recursos en vía contencioso-administrativa. No, el secretario es un funcionario pero especial, es autoridad del Estado, y ejerce sus funciones con cierta independencia, ya que pese a la jerarquía, no se pueden impartir instrucciones respecto a asuntos concretos. Nuestro jefe no nos puede decir que dictemos o no un decreto de embargo en un caso determinado, por ejemplo. En la fe pública judicial, el tema está claro, pero incluso en la ordenación material procesal nuestra autonomía yo diría que es mayor que la de los fiscales o los inspectores de Hacienda. Y siempre regidos por Derecho procesal y no administrativo, salvo en cuestiones de tipo estatutario, disciplinario etc.
Particularmente me parece un muy buen analisis, de esos que en primera lectura te hacen dudar de tus tesis, tambien me ha pasado con otros que le han precedido.
Lo dejas estar le das vueltas, vuelves y .... no te convence.
Veamos.
La idea de lo "parajusdiccional", algo parecido a lo que veia lesmes aunque sin esa palabreja, es interesante.
Lo que pasa es que para jusdiccional nos remite a algo cerca de lo jurisdiccional y nosotros hemos sido alejados de lo jurisdiccional. Os recuerdo que nos han jerarquizado, que tenemos jefes provinciales y autonomicos, que nos frien a instrucciones, que tenemos que esta al disparate que se le ocurra a la comunidad autonoma de turno (yo estos dias estoy con un cabreo monumental) y tenemos unos Secretarios de Gobierno en cuyo nombramiento interviene decisivamente la comunidad autonoma.
Lo unico para-judisccional que nos queda es "para que el jurisdiccionador trabaje menos".
Que tengamos aun una posicion de relativa independencia en la fe publica en nada cambia lo esencial, porque igual que todos estamos de acuerdo que en lo gubernativo somos administracion, en la fe publica tenemos una funcion especial con sus propias garantias, ojo, no olvidemos que compartida con jueces y funcionarios, para quienes tales garantias no existen. La garantia es personal, va con nosotros, no con la funcion, y solo nos vale en este particular campo, pero no porque sea esencial sino porque cuando la ejercemos nosotros viene revestida de ese plus.
Pero es que la clave del asunto esta en diferenciar lo que es la funcion resolutoria, que es la clave del problema, de toda la demas parafernalia.
Los actos del Fiscal no son resolutorios. Si el Fiscal Jefe dicta una instruccion es recurrible, pero fuera de este caso, los demas actos del Fiscal o del Abogado del Estado, son en el fondo actos politicos. El gobierno como administracion maneja a fiscales y abogados del estado y les dice, aqui acusas y aqui no, aqui defienes y aqui no.
Es una potestad discreccional de la administracion el acusar o no y por eso no puedes recurrir en via contenciosa que la fiscalia acuse o no acuse.
Yo no puedo recurrir contra le ministerio de educacion porque suprima las becas. Esto es lo mismo.
Pero resulta que al Secretario le han dado actos resolutorios que cierran tramites.
Actos donde si dice que no, no hay recurso previsto ante el Juez del Juzgado.
Al final la unica baza que queda a los "independentistas" es esa mencion legal de que no se podran dirigir instrucciones expresas a un secretario sobre un concreto asunto.
En esto nos diferenciamos de la administracion pura y dura. Pero tambien otros organos administrativos a los que no se pueden hacer estas indicaciones, porque estan revestidos de una cierta imparcialidad, como el arbitro del partido de futbol, el defensor del pueblo, el Tribunal de Defensa de la Competencia y un larguisimo etc y no por ello vamos a sostener que no son organos administrativos.
De otra parte, si en un caso debatido, el Secretario de Gobierno dicta una instruccion general, ese Secretario es privado de su criterio para siempre.
Ejemplo, yo pongo en las tasaciones los bastanteos. Si el SG dicta una resolucin diciendo que no puedo hacerlo y lo hago, me expedientan y al final me echan.
Y si el conflicto es con el Juez prefiero no entrar a contar lo que sucede.
Dejemos de ver esto desde nuestra perspectiva, y pensemos en un procurador, un abogado o un procesalista.
Habeis visto intervenciones en el foro de consultas, donde un Secretario ha resuelto algo y la parte se ha quejado y demas y se ha encontrado un muro. Puede ser una enorme barbaridad y no hay nada que hacer.
Caso cerrado.
Este es el tema.
En nuestro sistema todas las resoluciones que cierran el camino para siempre son judiciales. Esta es una columna vertebral del sistema. Lo administrativo es recurrible siempre, y esto en España y Francia y Europa.
Ahora tenemos resoluciones no judiciales que cierran el camino y esto es una falla del sistema. Ahi el invento es vulnerable y es cuestion de tiempo que se empiece a percutir en este punto.
Bilbao dijo:
Pero el tema no es éste. Todas las teorías se manejan en defensa de unos u otros intereses. Ahora igual interesa decir que lo procesal es administrativo para impulsar la contrarreforma e imponer la superior dirección de los jueces. Esto está abocado al fracaso, no se puede dirigir un “negociado” con un estatuto personal como el de los jueces, de independencia, y en la práctica, muchas veces de intangibilidad. ¿Alguien espera que un juez director de un servicio común acate instrucciones de las Administraciones Públicas?
Es verdad que las teorias se manejan por unos y otros para sus propios fines, a nadie se le escapa que esa resolucion del Tribunal de Conflictos en cuestion no es neutral, maxime cuando materialmente es correcta pero formalmente no, porque alli si habia un tribunal, la Audiencia sosteniendo su competencia.
Pero la cuestion es si la falla existe o no, y si es el caso, como habra quien la aproveche para liquidarnos, si deberiamos luchar por utilizarla para salvarnos.
No veo que problema hay en que el Juez tome decisiones gubernativas respecto de los Funcionarios del Juzgado.
Los jueces adoptan acuerdos en junta y son recurribles ante otros jueces que actuan en el campo administrativo y no pasa nada.
Se puede ser independiente en lo resolutorio y dependiente en lo gubernativo.
Lo que no se puede hacer es jugar a dos barajas. Si el Secretario es parajusdiccional e independiente, tampoco podra tomar decisiones sobre el personal de un Servicio Comun, de seguir esta misma logica, y al final habria que poner un Gestor al frente del Servicio Comun.
No se puede estar siendo independiente para resolver como para jurisdiccional, y dependiente para para poder dirigir Servicios Comunes.
Lo mejor es suprimir los Servicios Comunes, con alguna excepcion, puestos a tenerlos, lo mejor es eliminar cualquier facultad de las administracoines autonomicas sobre ellos, y puestos a mantenerlas, no veo porque no han de acatar dichas instrucciones gubernativas, de hecho lo hacen a diario, les cambian a un programa peor, y se joroban, les quitan de un despacho y los meten en otro sitio y se joroban les dicen que a partir de ahora no podran aparcar todos y deberan dejar plazas para no sequien y se lo comen...
Esto es lo mismo.
Me es mas dificil debatir con TOP SECRET porque pone mas en juego emociones profundas, y a mi el procesal es que no me emociona nada y quiza eso lastra mi perspectiva, como tambien puede ser que el emocionarse demasiado con el, lastre la de ella, que es lo que muchos sostienen aqui le pasa a De la Oliva y con razon.
TOP dijo:
Una cosa es que orgánicamente dependa del Ministerio de Justicia, que sea funcionario público sujeto a las normas generales sobre la función pública, que en algunos casos tenga funciones adminsitrativas necesarias para que esto funcione...pero yo te pregunto...
¿no te consideras antes que todo eso jurista, procesalista, depositario de la fé pública procesal, impulsor del proceso y director técnico procesal? Si, ¿no?
Pues yo creo que ahí lo tienes, tus funciones básicas, primordiales y esenciales son ésas. Es para lo que estás preparado, es para lo que te haces valer en el juzgado, es lo que el Juez intenta pisarte continuamente ( tu territorio) y es donde tienes un poquito de poder y autoridad ( cada vez, menos, claro, estamos en proceso de desvalorización galopante desde 2003 y 2009).
Es una pregunta directa. Me considero jurista, no me considero procesalista, como un ingeniero mecanico no se considera fresador, no me considero depositario de la fe, pues esta repartida con todos los funcionarios dle juzgado el juez y otros organos de fuera, no me considero impulsor del proceso, porque no considero que eso algo que uno puede considerarse, es decir, un señor puede ser fresador, mecanico o ingeniero pero no le veo como impulsor de la cadena de montaje, y lo de director tecnico procesal pues me parece un eufemismo para puching ball.
Mira el director de cualquier cosa manda realmente, tiene posibilidad de premiar y castigar.
Lo nuestro es mas bien un tecnico de control de calidad, sin armas para salir a cambiar las cosas y fusilable en caso de problema, muchas veces sobre un caballo ingobernable.
A mi no me pone, lo siento.
Otra cosa es que con la vergonzante complicidad de "los nuestros" me hayan endiñado todo eso y muchas mas cutrefunciones y mientras no me den otras, la opcion sea comermelas, irme, o comermelas y tratar de cambiar las cosas, que es la menos mala de las tres y a la que me acojo.
Yo no concibo un jurista parcial, o se es, o no se es, te puede gustar mas el derecho publico que el privado, el sustantivo que el procesal, pero ser jurista es una concreta perspectiva del mundo y de las cosas.
Yo puedo ser Inspector de Hacienda, Abogado del Estado o Letrado de las Cortes y sentirme Jurista igualmetne.
El ser jurista no tiene nada que ver con cual sea tu posicion en el organigrama administrativo judicial o paranegral, es simplemente una condicion que va indeleblemente unida a tu persona, lo eres si estas jubilado, o durante las vacaciones.
A mi particularmente me podra gustar mas lo gerencial (papel higienico) que lo juridico, pero al final, tras tantos años de marcha y de estudio, al final piensas como un jurista. Tambien hay profesores y medicos queno les gusta lo que hacen y lo son de los pies a la cabeza.
De manera que esa contraposicion que me presentas no es real y no me vale como argumento.
Me dices que te extraña me agarre a la constitucion que es programatica y no a la LOPJ porque ahi esta nuestra esencia.
No lo entiendo. Me agarro a la constitucion porque es la que diseña el sistema y en la constitucion estan jueces y fiscales pero nosotros no estamos.
Y esto ni es casual ni es inocuo.
La potestad jurisdiccional la tienen exclusivamente jueces y tribunales, no los Secretarios.
Y como esto es asi y no es objeto de discusion, la LOPJ puede decir las barbaridades que le de la gana, si no se opone a eso nada me aporta y si lo hace, chirria es vulnerable y como Depredador, "tiene sangre, se la puede matar".
En la LOPJ que yo sepa se han limitado a recoger el totum revolutum anterior de nuestras funciones y darnos algunas funciones mas, sobre todo en cuestiones menores, sin contradiccion o bajo tutela. Solo en algunos casos nos han dado la opcion de "cerrar" el tema y ahi es donde han metido la gamba.
Pero es que adems yo precisamente lo que hago es acogerme a la LOPJ porque es la que preve una atribucion de las mal llamadas funciones procesales (mejor funciones negrales) que no se nos pueden dar, al configurarsenos como un mero apendice del Ministerio de Justicia a traves de la cadena jerarquica creada.
El problema es que tampoco puedes jugar a dos barajas, no puedes quedarte con que tienes funciones resolutiorias y olvidarte de una jerarquizacion salvaje, que en la practica va mucho mas alla de lo que parece.
Ejemplo, en cierta ocasion, yo sostuve una diferencia de criterio sobre una cuestion en un asunto concreto, lo que dio lugar a que el asunto llegara a Sala de gobierno, quien a su vez lo paso al Secretario de Gobierno, quien a su vez dicto un acuerdo en el que me "instó" a que rectificara mi posicion.
Dime TOP, ¿tu la hubieras rectificado?
Me dices que la LEC esta desfasada y a mi esto me sorprende mucho.
La LEC expulso al Secretario del organo judicial.
La LOPJ 2003 lo remarco muchisimo mas al administrativizarnos de una manera brutal.
la reforma de 2009 es mera ejecucion de aquella.
y la consecuencia logica es que el proceso de expulsion como la de los moriscos iniciado en 2000 se agrava en 2003, (con la colaboracion entusiasta de los "nuestros") y se pone en evidencia y empieza a oler fatal, a partir de 2009 y el engendro NOJ.
Creo que me quieres decir que el tren labor jurisdiccional es imprtante, pero que sin vias, labor procesal no llega a ninguna parte. Deben gustartemucho los trenes jeje, y es una bonita figura literaria.
Si lo que me queires decir es que para ti el procesal, por si solo es tan importante, que con eso te sientes ya realizada, pues me parece muy respetable.
El caso es que no es suficiente, lo ves en el sueldo, se ha pagado un preco altisimo por ellos y es el destino natural de los gestores licenciados en derecho, (ya estas viendo como los gestores pasan a Secretarios, porque o sobran los SEcretarios o sobran los Gestores licenciados en derecho).
Pero es que ademas el que sea muy importante o poco importante, nos guste mas o menos, nos llene mas o menos, nos den mas o menos sueldo no es el problema.
El problema es que es una via muerta, siguiendo tu simil, no tiene salida y nos condena a la larga. Nos guste o no, nos condena y ademas ni siquiera es estable porque antes de llegar al final hay puentes rotos, ni siquera puedes hacer tranquila el corto recorrido hasta donde mueren las vias, porque han metido la pata, en el afan por orillar a los jueces, y mangonear mas y mas, que eso es la reforma, han roto un pilar del puente, y han puesto a un administrativo como nosotros a dictar resoluciones finales no recurribles y ahi la han pifiado. Es cuestion de tiempo que el puente se derrumbe, seguramente con tu tren pasando por encima.
Me dices que
Y no son sólo nombres ni denominaciones, si tenemos que fiarnos del nombre de nuestra profesión para definir nuestra esencia estamos apañados.
¿Sabes porque creo que no nos cambian el nombre?
Piensa, se lo han cambiado a los oficiales, auxiliares y agetnes, a los Jueces que pasaron a ser Magistrados, a las empleadas de hogar que pasaron a ser camareras de piso, y asi sucesivamente....
Creo que no nos lo cambian porque realmente nos define, define la forma en que miramos la cosas como colectivo. Una mirada subalterna, auxiliar, asistencial, archivistica, etc.
Al final todo conduce a lo mismo, la importancia de la funcion es lo que cambia tu status, aumenta tu sueldo y define tu nombre.
Si mañana nos dan las competencias que tenian los distritos en todos los ordenes jurisdiccionales, te juro que nos cambian de nombre ipso facto.
De manera que yo vuelvo sobre el punto inicial.
Una sala en la que esta el Presidente del Consejo y jueces como Ledesma o Manzanares dicen que las funciones de los Secretarios son administrativas.
La ultima reforma nos ha administrativizaco profundamente. Hasta 2002 teniamos una dependencia del Minsterio de Justicia, que se puso de relieve en una Instruccion cada 7 años y en la practica carecia de relevancia, no en vano no haciamos nada relevante.
En 2003 nos dan algo mas relevante, y logicamente interesa manipularlo y atarnos corto.
En 2012 puede que terminemos de recorrer este camino y perdamos los ultimos resabios de mini independencia que a duras penas nos quedan.
No hay perdida mayor que la de la independencia. El no tener jefe no tiene precio.
Nuestra ultima posibilidad de evitarlo es apostar por Distrito no hay mas. Lo otro se ve venir y dentro de unos años probablemente en el foro tendre que decir, eso de, como ya os decia en 2011.
Los golpes derivados de nuestra administrativacion y la imposibilidad de encajar nuestras funciones procesales en nuestro sistema de garantias jurisdiccional van a ir creciendo dia a dia.
Yo creo que es mejor utilizar este arma para que nos den un estatuto de futuro, que tratar de ocultar esta verguenza, hasta que otros la usen como ariete y nos rematen.
Lo que no se es si las emociones y sentimientos me nublan, o sois otros los que no sois conscientes de que vuestra mirada se nubla y no veis las cosas como son.
Saludos