piezas de convicción

Moderadores: Top Secre, Terminatrix

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piezas de convicción

#1 Mensaje por Invitado »

Antes que nada mi enhorabuena a los autores de este foro.

El asunto es que me he encontrado en mi oficina, una serie de piezas de valor (joyas diversas) que se corresponden con procedimeintos muy antiguos, años noventa y algunos ochenta, se hallan en sobres con la referncia a las dilgencias previas correspondientes, el problema es que logicamente dichas previas ya se convirtieron en PA ensu dia y se remitieron al Penal correspondiente y por el tiempo dichos PA ya han terminado tambien, ¿que hacer ahora con dichas piezas? Teniendo en cuenta que se trata de objetos de valor desearía quitarmelos de enmedio ¿donde debo ahora remitirlos? Gracias

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Magistrado Granollers
Mensajes: 2184
Registrado: Mié 07 Abr 2004 6:53 pm

#2 Mensaje por Magistrado Granollers »

Como el juzgado de instrucción ya ha perdido la competencia sobre el asunto hace tiempo, lo suyo es mandarlo al que juzgó el tema, para que les dé el destino legal de los efectos del delito (Art. 127 CP creo recordar) o el general de las piezas de convicción tras el juicio (LECRIM). Si te los devueleven con cualquier excusa, mi recomendación es hacerlo constar y dárles tú mismo ese destino legal.

Espero que te sirva de ayuda

Saludos :)

Invitado

#3 Mensaje por Invitado »

¿porqué vía se remite tratandose de joyas, ya que tienen valor y temo su perdida?

XIMO

cuidado con los más antiguos.

#4 Mensaje por XIMO »

Dices que hay joyas de procedimientos de los años ochenta, creo que los juzgados de lo penal empezaron a funcionar en el 89, habrá que ver si los juicios en expedientes de esa década se celebraron en tu juzgado, esos, no puedes mandarlos a ningún juzgado de lo penal, vaya antiguallas, ni que estuvieras en un nº 1 y con Registro Civil ¿no?.

lulila_

#5 Mensaje por lulila_ »

PUEDES REMITIR LLAS JOYAS DE DOS FORMAS :1-ENCARGANDO A LA POLICIA JUDICIAL DEL PARTIDO SU TRASLADO Y CUSTODIA.
2-ENVIANDO DICHAS JOYAS LLEVANDOLAS EN MANO LOS AGENTES JUDICIALES DEL JUZGADO EN EL QUE ESTES AL JUZGADO PENAL CORRESPONDIENTE .

SALUDOS AL FORO.

Invitado

#6 Mensaje por Invitado »

Creo que tambien podrias ingresarlas en el Banesto, los bancos suelen tener cajas de seguridad a tal fin, y mandar oficio al juzgado que ejecuto el asunto para ponerlas a su disposicion. Asi, mientras averiguas a quien se deben remitir estaran a buen recaudo.
Luego, si el juzgado competente estuviese en la misma localidad que el tuyo, bastaria con rellenar el formulario correspondiente y si no, el propio banco tendra un sistema de valija o incluso furgonetas de seguridad para el traslado de dinero y objetos de valor de una localidad a otra.
Si, como apuntaba otro forero, el juzgado competente fuera el tuyo, seria cuestion de oficiar a los Cuerpos y Fuerzas de seguridad (si se trato de robos a turistas o extranjeros de vacaciones, a la Interpol) para mandar el listado con la descripcion detallada y numerada de las joyas que seguramente vendran numeradas por ejemplo en la caja, en el caso de los relojes. En caso de ser posible, seria interesante mandar fotografias numeradas de las mismas. Si forman parte de la relacion de objetos desaparecidos o robados que se denunciaron en su dia en comisaria, podran identificar a los dueños.
Lo de mandar a un funcionario del cuerpo de auxilio judicial cargado de joyas de un juzgado a otro, no se... pero como que si me tocara el marroncillo no me llegaria la camisa al cuerpo, la verdad.
Eso si, hasta que no tengas las joyas en lugar seguro... ¡¡¡No nos digas cual es tu Juzgado!!! Tambien hay manguis que se conectan a Internet

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