Costas al adjudicatario en división de cosa común.

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Veintiseis
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Costas al adjudicatario en división de cosa común.

#1 Mensaje por Veintiseis »

Hola!
Tengo una ejecución en división de cosa común: dos fincas
En las condiciones de la subasta (todas las partes de acuerdo) se estableció que las costas y gastos del procedimiento serían de cargo del adjudicatario.
Se subastó la primera finca hace unos meses, se adjudicó a un postor extraño y presentaron tasación de costas y como la subasta de la otra finca quedó desierta, el actor pidió además de la tasación segunda subasta (otra vez todas las partes de acuerdo en las condiciones y en que las costas y gastos serían del adjudicatario), se señaló día para la segunda subasta y se le dijo que respecto de las costas se esperara a la realización de la segunda subasta.
Ahora se ha subastado la segunda finca y se la ha adjudicado otro postor extraño.
Llegados a este punto no se que hacer con las costas. Hace un tiempo en un procedimiento de división de cosa común impugnaron la tasación de costas por indebidas por eso de "costas impropias", les tuve que dar la razón y solo cargar en costas los gastos (mitad por mitad para cada "parte"), pero en este caso al haberse hecho constar en los edictos que las costas serían del adjudicatario no sé muy bien como hacerlo: si tasar pero solo lo referente a los gastos (certificación de cargas y boletines), o incluir también honorarios de abogado y procurador para que los abonen los adjudicatarios ... :pensativo:
Y en cualquier caso, se tasen costas o solo gastos, puesto que ya se presentó una tasación de costas ¿que adjudicatario correría con ellas: el de la primera subasta puesto que solicitaron la TC una vez adjudicada la primera finca, o los dos adjudicatarios, uno de cada finca, y por mitad? Sólo espero que no metan otra tasación por la segunda subasta que entonces me acaban de descolocar del todo....
Necesito de vuestra ayuda a ver si me da un poquito de luz.
Gracias!!

dilema
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Re: Costas al adjudicatario en división de cosa común.

#2 Mensaje por dilema »

Es la primera vez que oigo que en una subasta publica las costas sean a cargo del adjudicatario. Lo máximo que ha llegado a ver es que el coste del anuncio de una subasta administrativa sea a cargo del adjudicatario.

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Procurador
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Registrado: Mié 23 Nov 2011 10:56 pm

Re: Costas al adjudicatario en división de cosa común.

#3 Mensaje por Procurador »

Partiendo de que cada día alucino más con las cosas que se llegan a ver por los juzgados...las costas para el adjudicatario, pero, vamos, legal es pues no deja de ser un acuerdo entre las partes y entiendo que en las condiciones de la subasta se haría constar tal circunstancia con lo cual el adjudictario sería conocedor de ello.
En cuanto al tema de cómo distribuir las costas, entiendo que a medias entre los dos adjudicatarios, pues el momento en el que se practique la tasación de costas entiendo que es irrelevante siendo lo importante que los adjudicatarios de las fincas serían los obligados al pago y no el adjudicatario de una u otra.
En cuanto a lo de las costas en la división de cosa común yo entiendo que hay que estar a cada caso.
Así si, por ejemplo, insto la división y la otra parte se allana, entiendo que no ha de haber imposición de costas y, de cara a la ejecución, tanto una como otra parte podrá instar la ejecución, costas cada uno las suyas y las comunes por mitad.
Otra cosa es cuando se insta la división y el demandado no comparece o se opone. Entonces entiendo que ha de haber condena en costas y, en el supuesto de que haya ejecución y la inste la actora del declarativo de nuevo habrá de cargar con las costas el demandado-ejecutado.

lujaroj
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Registrado: Mié 06 May 2009 5:36 pm

Re: Costas al adjudicatario en división de cosa común.

#4 Mensaje por lujaroj »

Yo entiendo que el adjudicatario no está condenado en costas,
por lo tanto como mucho asumirá el pago de una cantidad igual al importe de las mismas.
pero no creo que se pueda requerir al adjudicatario para el pago porque no hay "condena" que es el título para la ejecución
Las costas debe adelantarlas el ejecutante y luego repetir contra el condenado en su caso
Pero aquí yo di´ría que si quieren que reclamen como tengan por oportuno, pero en ningún caso exigir al ejecutante el pago de las costas


Luis

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