Caducidad jura de cuentas: reclama por vía del Monitorio.

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Helena-Agueda
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Caducidad jura de cuentas: reclama por vía del Monitorio.

#1 Mensaje por Helena-Agueda »

Hola, buenas...

Tenía una jura de cuenta de un letrado que le declaré caducada (pasaron casi 4 años desde que se le notificó la última resolución en el proceso ordinario)
No me recurrió el decreto, y me "llené de razón". Pero, sorpresa, me presenta un proceso Monitorio reclamando los honorarios. :cabezazo2: :cabezazo2:

Debe estar haciendo la típica limpieza en el despacho, que ha presentado varias en los restantes Juzgados.

Como que no lo veo. Si la jura es una cuestión incidental, no lo será también el monitorio, por mucho que lo "maquille"?

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Maricarmen
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Re: Caducidad jura de cuentas: reclama por vía del Monitorio

#2 Mensaje por Maricarmen »

Es lo que tenia que hacer.
Caduco la accion por la via privilegiada de la jura de cuentas pero tiene abierta la reclamacion ordinaria.
No tienen porque turnartela a ti, es otro proceso.
“No hay vientos favorables para quien desconoce el rumbo” Sêneca

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Helena-Agueda
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Re: Caducidad jura de cuentas: reclama por vía del Monitorio

#3 Mensaje por Helena-Agueda »

Buenas...
Gracias por contestar, Maricarmen, pero entiendo que tiene que demandar en declarativo, y sigo sin verlo. Lo veo como una tomadura de pelo... :parienta:

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ELY
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Re: Caducidad jura de cuentas: reclama por vía del Monitorio

#4 Mensaje por ELY »

Hemos tenido algún caso.
Y opino como Maricarmen

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Terminatrix
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Re: Caducidad jura de cuentas: reclama por vía del Monitorio

#5 Mensaje por Terminatrix »

A mí hace tiempo que se me surgió la misma duda. Lo comenté con el juez y comprobamos que se admite por las AP.
Otra cosita es que si el demandado paga, se acabó lo que se daba. En el caso del declarativo, salvo el caso de sartisfacción extraprocesal o acuerdo transaccional, tienes que ir a sentencia ( con más costas) y ejecutarla.
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.

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Helena-Agueda
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Re: Caducidad jura de cuentas: reclama por vía del Monitorio

#6 Mensaje por Helena-Agueda »

Hola, buenas...

Estoy de acuerdo en que puede acudir al proceso monitorio para reclamar sus honorarios el sr. letrado, pero la duda mía va en el sentido de que le declaré la caducidad de la jura y ahora, de esos mismos honorarios, interpone monitorio :pckk:

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Maricarmen
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Re: Caducidad jura de cuentas: reclama por vía del Monitorio

#7 Mensaje por Maricarmen »

La caducidad que declaraste es para efectuqr la reclamacion de los horoarios por el privilegiado incidente de la jura de cuentas que se tramita como pieza separada del asunto principal y solo admite como causa de oposicion el pago o la impugnacion de las minutas.
Pero esa caducidad para esa solicitud en ese expediente no impide que las reclame en otro tipo de expediente como el monitorio, en el que reclama una deuda a un deudor.
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Terminatrix
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Re: Caducidad jura de cuentas: reclama por vía del Monitorio

#8 Mensaje por Terminatrix »

Maricarmen escribió:La caducidad que declaraste es para efectuqr la reclamacion de los horoarios por el privilegiado incidente de la jura de cuentas (...)
Pero esa caducidad para esa solicitud en ese expediente no impide que las reclame en otro tipo de expediente como el monitorio, en el que reclama una deuda a un deudor.

Exactamente :D
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Procurador
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Re: Caducidad jura de cuentas: reclama por vía del Monitorio

#9 Mensaje por Procurador »

Poderse se puede lo que pasa que entiendo que, vía monitorio, tiene prescrita la deuda pues en nosotros los profesionales no opera el plazo de prescripción de 15 años si no que se reduce a 3, si mal no recuerdo en estos momentos.
Eso sí, igualmente entiendo que no podrás archivar por caducidad si no que tendrá que ser el deudor el que articule la prescripción.

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Helena-Agueda
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Re: Caducidad jura de cuentas: reclama por vía del Monitorio

#10 Mensaje por Helena-Agueda »

Hola, buen día.

En mi caso, al ser requerido en el proceso de jura de cuenta de su letrado, alegó la prescripción y yo declaré caducado el proceso (4 años inactivo del juicio ordinario que dio lugar a la jura de cuenta).

Ahora, me presenta el monitorio, y si es así como veis la mayoria, es decir que tengoque admitírselo, me parece una tomadura de pelo.

Es que seré "corta", pero lo veo así... :cabezazo2: :cabezazo2: :cabezazo2:

De todos modos, muchas gracias por vuestras intervenciones.

Secretarionovato
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Re: Caducidad jura de cuentas: reclama por vía del Monitorio

#11 Mensaje por Secretarionovato »

Unos "apuntes":

Primero, has declarado la caducidad de la instancia, que es meramente procesal y sólo para ese procedimiento en concreto, así que tu declaración en absoluto supone un obstáculo para ejercitar la misma acción.

Segundo, el Decreto que pone fin a la jura de cuentas, NO es susceptible de recurso alguno, pero no prejuzga, siquiera parcialmente la cuestión debatida y los Secretarios Judiciales NO formamos parte del poder judicial, por ende, mal puede hablarse de "cosa juzgada" o similar.

Tercero, la cosa Juzgada, es una excepción dilatoria o perentoria, que se plantea y resuelve, caso del ordinario en la Audiencia Previa, caso del Verbal en el acto del juicio, pero no con motivo de la admisión, en la que exclusivamente debes comprobar que la demanda reúne los requisitos generales de postulación, competencia objetiva, funciona y territorial y que el procedimiento es el adecuado. Nada más.

Así, que a mi juicio, si cumple todos los requisitos formales, debe admitirse.

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Helena-Agueda
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Re: Caducidad jura de cuentas: reclama por vía del Monitorio

#12 Mensaje por Helena-Agueda »

hola, buenas tardes.

Para ser "secretarionovato" los puntos de tus respuestas son muy contundentes.
Muchas gracias

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Maricarmen
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Re: Caducidad jura de cuentas: reclama por vía del Monitorio

#13 Mensaje por Maricarmen »

Creo que la confusion que te plantea el tema es, siguiendo tu propia respuesta, la diferencia entre caducidad y prescricion.
La caducidad la decretas de oficio.
La prescripcion debe ser alegada por la parte.
Tu comentas " .. ser requerido en el proceso de jura de cuenta de su letrado, alegó la prescripción.. y yo declaré caducado el proceso "
Son cosas distintas, si pusiste decreto de caducidad, puede ahora poner un monitorioy si quiere el demandado que alegue la prescripcion. .
Tu dices caducidad no prescripcion, y me parece que procesalmente lo hicistee mal, porque la caducidad se aprecia de oficio sin adimitir la solicitud a tramite.
En cambio la prescripcion implica una previa admision a tramite y traslado al dedudor que se opone y como consecuencia de oposicion del deudor que alega la prescripcion, la estimas y estimada esta ya no podria interponer el monitorio porque si lo hace sabe seguro que se va a oponer nuevamente alegando que esta prescripta.
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Helena-Agueda
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Re: Caducidad jura de cuentas: reclama por vía del Monitorio

#14 Mensaje por Helena-Agueda »

Hola, buenas...

Mucha gracias, Maricarmen

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