Página 1 de 1
¿El Estado responde?
Publicado: Mar 09 Dic 2014 5:15 pm
por Invitado
Por error, hace ya tiempo, antes de estar yo destinado aquí, un secretario anterior entregó el total de los salarios de trámite a la parte demandante indebidamente, habiendo fallecido y no teniendo herederos, ¿el Estado es responsable de devolverlos habida cuenta que no hay auto de ejecución provisional conforme al artículo 290 de la LRJS?
Re: ¿El Estado responde?
Publicado: Mar 09 Dic 2014 7:09 pm
por Invitado
Yo pienso que lo suyo es abrir incidente de nulidad de actuaciones, pero quizá también sería cuestion de que la parte presentase proceso por error Judicial conforme al árt 236 punto 2 de la LRJS , no? Como lo veis?
Re: ¿El Estado responde?
Publicado: Mié 10 Dic 2014 3:29 pm
por Magistrado Granollers
Si había fallecido y no tenía herederos ¿A quién se le entregó el mandamiento?

Digo yo que alguien lo cobraría, (¿¿procurador, abogado con poder de representación??) y por lo tanto a él hay que reclamárselo en cuanto se lo haya apropiado y no se ha convertido en pago en utilidad del acreedor. Si te refieres a que lo cobró el propio actor y luego falleció sin herederos, pues el estado o la CA es heredero subsidiario (a beneficio de inventario) y en consecuencia ellos deberán devolverlo hasta él límite del valor de la herencia. Y lo que exceda de eso, ya dará pie a la indemnización por anormal funcionamiento de la administración de justicia, cuando esté determinado y se sepa que no es recuperable.
Saludos
Re: ¿El Estado responde?
Publicado: Mié 10 Dic 2014 5:50 pm
por Invitado
Muchas gracias , Magistrado. Es muy esclarecedora tu respuesta