Página 1 de 1

Metedura de pata con mandamiento de pago

Publicado: Vie 19 Dic 2014 6:30 pm
por canajazz
Hola a todos, he metido la pata recientemente al entregar un dinero a la actora en un procedimiento, cuando se trataba de un dinero ingresado para el ejecutante de otro procedimiento.

Resulta que en mi juzgado se lleva desde siglos doble numeración de procedimientos, de declarativos y de ejecución, de forma que hay una ejecución 4/2014 y un monitorio 4/2014 y de ahí viene el lío. Aparte de cambiar este sistema, al actor del monitorio al que pagué lo que se ingresó por el ejecutado de la ejecución con el mismo número le he requerido ya cuatro veces para que me devuelva la pasta, bajo apercibimiento de apremio. Es una comunidad de propietarios y dicen que se la han gastado, me han pagado una parte, pero no hay manera de que devuelvan lo que falta. No tengo ni idea de qué puedo hacer ¿a alguien le ha pasado algo similar? ¿cómo soluciono este entuerto?

Agradezco cualquier opinión, estoy perdida totalmente.

Re: Metedura de pata con mandamiento de pago

Publicado: Vie 19 Dic 2014 9:47 pm
por Terminatrix
Y el ejecutante del procedimiento correcto ¿no dice nada?
Yo les amenazaría con deducir testimonio por apropiación indebida y acordaría el embargo telemático de la/s cuenta/s de la comunidad. A ver con qué cara te dicen que les están embargando indebidamente.

Re: Metedura de pata con mandamiento de pago

Publicado: Vie 19 Dic 2014 10:52 pm
por jeni bladi
hola, buenas...

A mi anterior compañera le sucedió algo idéntico. Cuanto tomé posesión me lo comentó. Habían incoado una ejecución de oficio, contra la señora que cobró dos mil y pico euros indebidamente.

Se trataba de dos ejecuciones de familia.

La que cobró dijo que lo había gastado y que no podía restituir la suma cobrada indebidamente. El padre de su hija no le abonaba la pensión y ella tampoco tenía ingresos.
Embargamos las ccv, y nada. Oficiamos a la TGSS, y nada. Pero, chas, :oleole en estas estábamos, cuando la pareja de la que cobró lo que no era suyo, empieza a trabajar, y con un salario decente. A él se le retienen 300 euros mensuales (250 euros para alimentos y 50 euros para responder de los atrasos).

Al cambiar la situación, dije en la oficina que me avisaran a esta señora, que quería hablar con ella. Logré convencerla que los 50 euros mensuales que le abonábamos para los atrasos se le aplicara a la deuda que tenía en la efm de la otra señora.

No sé si es correcto, o no, pero de esta forma va cobrando la señora que debió cobrar y no lo hizo por un problema de la numeración de las ejecuciones.

Espero haberte ayudado, y un saludo.

Re: Metedura de pata con mandamiento de pago

Publicado: Mar 23 Dic 2014 4:16 pm
por dilema
Si se lo has explicado y con humildad le has reconocido tu error (quienes trabajamos nos equivocamos y quien dice que no es que no hace nada) y no hay ni ganas ni forma de repararlo, para algo somos Juzgado, a través del punto neutro vete metiendo embargos a la cuenta de la Comunidad.
No te van a enviar ningún abogado ! seguro ¡

Re: Metedura de pata con mandamiento de pago

Publicado: Mar 23 Dic 2014 4:18 pm
por dilema
Ahhhh. se me olvidaba:
No creéis llegado el momento de numerar distintamente cada pleito ?

Re: Metedura de pata con mandamiento de pago

Publicado: Lun 29 Dic 2014 9:52 pm
por Invitado
apercibimiento de desobediencia y de apropiación indebida, y si hace falta deduzco testimonio. El caso acongojar por no usar otra palabra peor.

Lo de numerar doble yo es que directamente es la primera vez que lo veo en mi vida. En sección penal si he visto numeración doble de previas ejecutorias etc. pero en el civil nunca.

Re: Metedura de pata con mandamiento de pago

Publicado: Mar 30 Dic 2014 6:18 pm
por Invitado
En mi juzgado si se numera doble: hay libro de asuntos y libro de ejecuciones, así me lo encontré cuando llegue y no lo he cambiado, lo cierto es que hasta la fecha, desde 2011, nunca me ha dado problemas.
Me comentaron los funcionarios al llegar que lo instauró el anterior SJ porqué era norma establecida por el CGPJ, nunca lo comprobé la verdad porque el sistema siempre me ha funcionado bien. :dedoscruz:

Re: Metedura de pata con mandamiento de pago

Publicado: Mar 30 Dic 2014 7:58 pm
por dilema
te recomiendo sobre numeración doble aplicar el riguroso criterio ferroviario que dice textualmente:
" todo aquello que puede provocar error ha de ser eliminado " sin contemplaciones ninguna.
Gracias a ello es el medio de transporte mas seguro que hay.

Re: Metedura de pata con mandamiento de pago

Publicado: Vie 09 Ene 2015 4:41 pm
por canajazz
Mil gracias a todos, de verdad.

Lo de la numeración doble me lo encontré así cuando llegué a este juzgado hace un año y lo voy a cambiar aprovechando el comienzo de 2015. No sé si lo impuso el CGPJ, pero me va a dar igual. Ya no me pasa más.

Voy a poner en práctica todas vuestras recomendaciones, apercibimiento de deducir testimonio por apropiación indebida y acordaré el embargo de la cuenta de la comunidad, a ver qué pasa. La parte que tiene que cobrar en el otro procedimiento también es una comunidad de propietarios, es el sobrante de una subasta en Ejecución Hipotecaria, que le corresponde a la comunidad de propietarios del ejecutado, que está teniendo más paciencia que un Santo, pero algún día se le va a acabar.
Gracias compañeros!!!