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Embargo costas beneficiario justicia gratuita
Publicado: Lun 23 Mar 2015 12:21 am
por puke79
Buenas noches. Se pueden embargar las costas del beneficiario de justicia gratuita? Gracias
Re: Embargo costas beneficiario justicia gratuita
Publicado: Mar 28 Abr 2015 3:14 am
por perjuracuentas
¿No las pide el abogado de oficio para quedárselas él? ¿Quién solicita el embargo? Las tasaciones de costas y las juras de cuentas crean una enorme inseguridad jurídica porque en unos casos resuelve el Juez, y en otros el Secretario Judicial, cada uno con criterios y competencias muy diferentes. Al no poder recurrirse al Tribunal Supremo, no hay jurisprudencia consolidada y hay autos muy contradictorios en diferentes Audiencias Provinciales.
Es un tema que me interesa. Te agradeceré detalles de los antecedentes particulares de ese caso y cómo se resuelve el asunto finalmente.
Re: Embargo costas beneficiario justicia gratuita
Publicado: Mar 28 Abr 2015 1:23 pm
por Procurador
Tema complicado de resolver y que puede dar lugar a diversos criterios al respecto.
El primero y más fácil sería el considerar las costas como un derecho del justiciable, en cuyo caso estaría claro que serían embargables.
Claro, ese supuesto es claro en el supuesto de que el justiciable no pleitee con beneficio de justicia gratuita en el que ese crédito se supone que tiene su fundamento en que él ha satisfecho los honorarios de sus profesionales y con las costas se resarce de dicho gasto.
Pero nos encontramos con un supuesto en el que el justiciable goza del beneficio de justicia gratuita y que, por tanto, no ha satisfecho ningún gasto por su defensa y representación con lo cual un eventual derecho al resarcimiento por costas podría calificarse, lisa y llanamente, de enriquecimiento injusto.
La otra cuestión es determinar si esas costas podrían considerarse un crédito de los profesionales lo que a mi entender es correcto puesto que no olvidemos que las designaciones por turno de oficio no son designaciones efectuadas por la parte si no por la administración. Al profesional le designa la administración, a través del correspondiente colegio profesional, para ostentar la defensa y representación de una de las partes. Es más, en los supuestos en los que al justiciable no le sea reconocido el beneficio de justicia gratuita o en los casos en que éste obtenga una condena en costas a su favor, los profesionales intervinientes vienen obligados a comunicar tal circunstancia para que no le sean abonados, por parte de la administración, sus emolumentos por su intervención como profesionales de oficio.
Tendría que mirar la ley de justicia gratuita pero en estos momentos estoy en el juzgado entre juicio y juicio. De todas formas seguiré con interés el tema.
Re: Embargo costas beneficiario justicia gratuita
Publicado: Lun 04 May 2015 9:49 pm
por perjuracuentas
Pues es un tema que me interesa mucho y te agradeceré cuanto me referencies documentalmente. Como las costas y las juras de cuentas se ventilan en primera instancia, hay poquísima jurisprudencia pero lo que parece claro es que las costas son del demandado o demandante, NO de ningún profesional. Y las juras de cuentas se deben de interrumpir en cuanto hay una oposición mínimamente motivada, de manera que el profesional tenga que poner un declarativo. Cuando el secretario judicial pretende tramitar, decretar y ejecutar él mismo, sin tutela judicial ni supervisión de nadie, lo normal es que haya problemas. Peor aún si el secretario judicial hace amistades con los profesionales en perjuicio del particular, o si asume sin más lo que diga el Colegio de Abogados, que obviamente, siempre da toda la razón a su colegiado y se la niega a quien no es más que un particular.
Puedo dar detalles de alguna aberración kafkiana, pero de momento, lo que busco es jurisprudencia, y no hay mucha, no.