Subsanaciones por el registrador de la propiedad
Publicado: Jue 17 Sep 2015 10:52 pm
En una ENJ, celebré subasta de una finca, nadie me indicó la situación posesoria, ni si existía arrenadamiento.
Celebro la subasta, varios postores concurren y uno de ellos se la termina adjudicando por más del 70 %. Todo bien, pongo el decreto adjudicando la finca, acordando la cancelación de la única carga posterior, sobró del principal, costas e intereses, para satisfacer la carga posterior e incluso sobró algo para el ejecutado.
Libro el decreto por duplicado para que lo tramite el adjudicatario ante el Registro de la Propiedad y éste indica que no le vale el decreto de adjudicación acordando la cancelación, que ha de ser una mandamiento. Le voy a mandar lo mismo pero poniendo al principio "mandamiento".
También me pide, y aquí dudo que no se indica si existía o no arrendamientos y si se han hecho las notificaciones (si nadie me manifestó nada), le pondré en el nuevo mandamiento que "ni el ejecutado, ni el ejecutante ni de cualquier otro modo, consta en el procedimiento la existencia e identidad de personas, distintas del ejecutado, que ocupen el inmueble embargado" y espero que así le valga.
También me pide que no he indicado si el adjudicatario esta casado o no, ni el regimen económico, concretamente si es ganancial y si adquirió en su caso la finca en régimen de gananciales. Nunca había en las subastas preguntado a los postores si estaban casados o no, si tenían regimen ganancial o no, si lo adquirían en régimen ganacial y el nombre de esposa. Vamos que entiendo que los postores deben acudir a la subasta con el libro de familia y capitulaciones matrimoniales. ¿Es correcto que el registrador me pida que ponga en el decreto de adjudicación si el adjudicatario está casado y el régimen matrimonial? Supongo que me pedirá luego el nombre de la esposa, ¿le acompaño copia compulsada del libro de familia?, por que yo no sé si lo que me diga el postor es o no cierto.
Celebro la subasta, varios postores concurren y uno de ellos se la termina adjudicando por más del 70 %. Todo bien, pongo el decreto adjudicando la finca, acordando la cancelación de la única carga posterior, sobró del principal, costas e intereses, para satisfacer la carga posterior e incluso sobró algo para el ejecutado.
Libro el decreto por duplicado para que lo tramite el adjudicatario ante el Registro de la Propiedad y éste indica que no le vale el decreto de adjudicación acordando la cancelación, que ha de ser una mandamiento. Le voy a mandar lo mismo pero poniendo al principio "mandamiento".
También me pide, y aquí dudo que no se indica si existía o no arrendamientos y si se han hecho las notificaciones (si nadie me manifestó nada), le pondré en el nuevo mandamiento que "ni el ejecutado, ni el ejecutante ni de cualquier otro modo, consta en el procedimiento la existencia e identidad de personas, distintas del ejecutado, que ocupen el inmueble embargado" y espero que así le valga.
También me pide que no he indicado si el adjudicatario esta casado o no, ni el regimen económico, concretamente si es ganancial y si adquirió en su caso la finca en régimen de gananciales. Nunca había en las subastas preguntado a los postores si estaban casados o no, si tenían regimen ganancial o no, si lo adquirían en régimen ganacial y el nombre de esposa. Vamos que entiendo que los postores deben acudir a la subasta con el libro de familia y capitulaciones matrimoniales. ¿Es correcto que el registrador me pida que ponga en el decreto de adjudicación si el adjudicatario está casado y el régimen matrimonial? Supongo que me pedirá luego el nombre de la esposa, ¿le acompaño copia compulsada del libro de familia?, por que yo no sé si lo que me diga el postor es o no cierto.