Hola!! Se que este tema se ha tratado ya por que en su día lo leí, pero hoy no consigo encontrarlo en el foro pese a las combinaciones de palabras y es sobre si antes de la entrega de la posesión judicial de un inmueble es necesario que la parte acredite el pago del ITPyAJD?? Recuerdo que había diversas opiniones y que se colgó el art y la normativa que regulaba al respecto. ¿Algún compañero podría indicármela?
Muchas gracias!!
Posesión e ITPYAJD
Moderadores: Terminatrix, Top Secre
Re: Posesión e ITPYAJD
lo dice el artículo 53 de la ley del ITPAJD (texto refundido, Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre).
En este tema también se tocó lo del impuesto
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