Estoy con un decreto de adjudicación y me surge una duda al desglosar la deuda pendiente:
La adjudicación cubre toda la cantidad por la que se despachó ejecución en concepto de principal. Tengo intereses procesales y costas aprobadas ya, y me da también para pagar parte de los intereses, nada de las costas.
El artículo 654 dice que hay que seguir el siguiente orden en la imputación:
- intereses remuneratorios
- principal
- intereses moratorios
- costas
Mi duda es: los intereses devengados durante la ejecución y aprobados por decreto, debo añadirlos a los intereses de demora que estaban ya vencidos al presentar la demanda y que constan en el acta de fijación de saldo como moratorios, como si fueran un único concepto que ocuparía el tercer lugar?
Y otra: en la fijación de saldo también se desglosan 90 euros por comisiones y gastos pactados... dónde meto eso???
![Shocked :shock:](./images/smilies/icon_eek.gif)
Aunque hice ya varias imputaciones, nunca había sacado tanto en la subasta, sólo me daba para remuneratorios y parte del principal, así que nunca se me había planteado este problema...