Hola a todos.
Mi problema es el siguiente. Yo he ejercido como abogado durante 5 años, actuando en muchos procedimientos, varios de ellos de Turno de Oficio.
Hace algo más de un año dejé de ejercer, por lo que presenté los correspondientes escritos poniéndolo en conocimiento del Juzgado en los procedimientos que seguían vivos. A día de hoy, ni ejerzo ni siquiera estoy colegiado.
A raíz de este post: viewtopic.php?f=3&t=12612
He creído entender que los Secretarios Judiciales podéis dar de alta en LEXNET a un abogado que figure en un procedimiento aunque éste no figurara antes en el sistema. ¿Es esto así?
Quiero decir, yo hasta hoy tenía entendido que en LEXNET sólo figuraban los colegiados ejercientes, porque el alta de usuarios se hacía en base al censo de letrados ejercientes del CGAE.
Pero si los Secretarios podéis dar de alta usuarios en LEXNET, estoy temblando (y no lo digo figuradamente) porque podrían notificarme resoluciones sin mi conocimiento de algún procedimiento que ya estuviera terminado y se reabriera (por ejemplo, la ejecución de un procedimiento).
Aclaradme esto, por favor, que estoy muy muy nervioso.
Muchas gracias por vuestra ayuda.
¿Se puede dar de alta en Lexnet a un abogado?
Moderadores: Top Secre, Terminatrix
Re: ¿Se puede dar de alta en Lexnet a un abogado?
Por favor, ¿nadie me puede echar una mano?...
- Terminatrix
- Moderador
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- Registrado: Jue 28 Ene 2010 12:12 am
- Ubicación: Matrix.
Re: ¿Se puede dar de alta en Lexnet a un abogado?
Bienvenido.Consulta escribió:Por favor, ¿nadie me puede echar una mano?...
Hasta donde sé (y mis compañeros me corregirán si me equivoco) no puede darse de alta a un no colegiado o a un colegiado no ejerciente. Creo que la aplicación no lo permite.
De todos modos, y sin perjuicio de más y mejores respuestas, consulta a algún compañero o en tu Colegio.
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.
Re: ¿Se puede dar de alta en Lexnet a un abogado?
Hola a todos!
En el Juzgado tanto al Procurador como al Abogado, se le puede dar de alta como representación y dirección de un interviniente en un procedimiento, nada más.
Como dice Terminatrix, consulta con otro compañero o en tu Colegio.
No se puede hacer desde la Oficina Judicial sino desde el Colegio de Abogados correspondiente.He creído entender que los Secretarios Judiciales podéis dar de alta en LEXNET a un abogado que figure en un procedimiento aunque éste no figurara antes en el sistema.
En el Juzgado tanto al Procurador como al Abogado, se le puede dar de alta como representación y dirección de un interviniente en un procedimiento, nada más.
Como dice Terminatrix, consulta con otro compañero o en tu Colegio.
Re: ¿Se puede dar de alta en Lexnet a un abogado?
Muchísimas gracias por vuestras respuestas.
En el Colegio, lamentablemente y aunque parezca increíble, no tienen ni idea acerca de estos asuntos...
Si tenéis alguna otra información la leeré con todo el interés del mundo.
Un saludo.
En el Colegio, lamentablemente y aunque parezca increíble, no tienen ni idea acerca de estos asuntos...
Si tenéis alguna otra información la leeré con todo el interés del mundo.
Un saludo.