Página 1 de 1
Opción en condenas solidarias
Publicado: Lun 10 Abr 2017 2:34 pm
por Invitado
Cuando se declara el despido improcedente y se condena solidariamente a dos empresas ¿Qué prima si una opta en plazo por la readmisión y la otra por la indemnización?. Yo pienso que la readmisión, pero no encuentro jurisprudencia al respecto.
Re: opción en condenas solidarias
Publicado: Mié 12 Abr 2017 10:02 am
por Wences
La pregunta me parece muy interesante. Pienso que debe regir y mantenerse la opción por la readmisión, por las siguientes consideraciones:
Si nos vamos a la doctrina legal su criterio es el de conservación de los contratos.
Según se desprende la legislación vigente en la materia Estatuto Trabajadores y LRJS., se entiende que lo más beneficioso a priori para el trabajador es la readmisión.
Igualmente se observa que la tendencia es a la readmisión, pues cuando nada se dice al respecto, se entiende de forma implícita o tácita que ha optado por la readmisión.
De todas formas seguiré indagando.
Re: opción en condenas solidarias
Publicado: Mié 12 Abr 2017 2:17 pm
por ELY
En mi juzgado solemos aplicar el principio civil general de las obligaciones solidarias, y se tiene por efectuada la opción primera que se haga, con independencia de que sea la indemnización o la readmisión.