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Resolución de 21 de diciembre de 1987 de la DGRN

Publicado: Mar 02 May 2017 3:48 pm
por ELY
Hola
ya se que este tema se ha tratado alguna vez, y tengo claro que los mandamientos de oficio en el orden social (y penal) no deben liquidar impuesto TAyAJD, y los honorarios del registro irán en su caso a la Tasación de costas

mi pregunta es si alguno tiene y puede subir la Resolución de 21 de diciembre de 1987 de la DGRN que establece la cooperación de los Registradores con la Administración de Justicia.
Al ser antigua no logro localizarla en google por ningún lado, y tampoco la encuentro en la DGRN, aunque aparecen muchas resoluciones posteriores que hacen referencia a ella. ( o igual yo soy un poco burrita para localizarla)

Lo dicho por favor, si alguno la tiene y puede subirla se lo agradecería

Re: Resolución de 21 de diciembre de 1987 de la DGRN

Publicado: Mar 02 May 2017 5:01 pm
por Terminatrix
A ver si fuera ésta:

Re: Resolución de 21 de diciembre de 1987 de la DGRN

Publicado: Mié 03 May 2017 2:36 pm
por ELY
efectivamente, es esa.
Muchísimas gracias...
:monito.cheer: :monito.cheer:

Re: Resolución de 21 de diciembre de 1987 de la DGRN

Publicado: Mié 03 May 2017 5:03 pm
por Terminatrix
ELY escribió:efectivamente, es esa.
Muchísimas gracias...
:monito.cheer: :monito.cheer:
De nada. ¡A mandar! :lol: