Citaciones y notificaciones por los Procuradores
Publicado: Vie 12 Dic 2003 1:41 pm
Como sabéis, en la reforma de la LOPJ se introducen de rondón una nueva Disposición Adicional quinta de la Ley de Enjuiciamiento Civil. En virtud de ella, en los juicios rápidos civiles los procuradores podrán practivar, si lo solicitan, las notificaciones, citaciones, emplazamientos y requerimientos. por cualquiera de los medios admitidos con carácter general en la ley.
Es una novedad en nuestro Derecho, porque hasta ahora han sido siempre los funcionarios públicos los que han realizado estas actuaciones procesales y por primera vez en nuestra historia procesal se encomienda a profesionales liberales.
Por otra parte, que lo hagan por cualquiera de los medios admitidos en la ley significa que podrán hacerlo no sólo personalmente sino también, por ejemplo, por correo certificado, por lo que, sin duda, se encarecerán los procesos civiles, ya que una citación por correo certificado, igual que la que hacía el juzgado, dará lugar a gastos por derechos del procurador.
¿Qué os parece? ¿Se adelanta algo con que una citación por correo certificado la haga un profesional liberal, cobrando por ello, en vez de hacerla la Oficina Judicial?
En esta cuestión de la privatización de tareas que realizaba hasta ahora la administración hay además materia para un amplio debate. ¿Hay además otras tareas que pueden o deben privatizarse? Ya sabemos que en el asunto de las subastas no ha tenido mucho éxito. ¿Es conveniente seguir esta línea? Espero vuestras respuestas.
Es una novedad en nuestro Derecho, porque hasta ahora han sido siempre los funcionarios públicos los que han realizado estas actuaciones procesales y por primera vez en nuestra historia procesal se encomienda a profesionales liberales.
Por otra parte, que lo hagan por cualquiera de los medios admitidos en la ley significa que podrán hacerlo no sólo personalmente sino también, por ejemplo, por correo certificado, por lo que, sin duda, se encarecerán los procesos civiles, ya que una citación por correo certificado, igual que la que hacía el juzgado, dará lugar a gastos por derechos del procurador.
¿Qué os parece? ¿Se adelanta algo con que una citación por correo certificado la haga un profesional liberal, cobrando por ello, en vez de hacerla la Oficina Judicial?
En esta cuestión de la privatización de tareas que realizaba hasta ahora la administración hay además materia para un amplio debate. ¿Hay además otras tareas que pueden o deben privatizarse? Ya sabemos que en el asunto de las subastas no ha tenido mucho éxito. ¿Es conveniente seguir esta línea? Espero vuestras respuestas.