¿Jefes de personal?
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¿Jefes de personal?
CSIF denuncia que un Letrado de un juzgado central de lo Contencioso-Administrativo rechaza a un interino por no tener experiencia en la jurisdicción.
https://www.csif.es/contenido/comunidad ... cia/236900
https://www.csif.es/contenido/comunidad ... cia/236900
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.
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Re: ¿Jefes de personal?
es que solo faltaba, a mí me han llegado (con todo el respeto), gente del mercadona, oftalmólogas y veterinarios! de locos, justicia es una administración diícil, y deben exigir un mínimo.
la comunidad de Madrid nos da un plazo de prueba de 2 meses, que pregunten a la comunidad y a nosotros nos dejen hacer nuestro trabajo, que pena de sindicatos de verdad, siempre en el foco!
la comunidad de Madrid nos da un plazo de prueba de 2 meses, que pregunten a la comunidad y a nosotros nos dejen hacer nuestro trabajo, que pena de sindicatos de verdad, siempre en el foco!
Re: ¿Jefes de personal?
Lo que no puede ser es que el Letrado judicial tenga que asumir toda la responsabilidad de la oficina judicial y no tener las facultades propias del cargo esto es decidir sobre el personal de la oficina y asi como la función sancionadora. Y al final tenemos interinos de todos los sectores de la sociedad obligándote a revisar su trabajo.
El problema es que los Sindicatos tienen mucho poder y el Ministerio de Justicia no quiere problemas con ellos, por lo que nos toca a los Letrados de Justicia aguantar lo que nos echen reduciendo a la figura del Letrado judicial a una figura ridícula sin auctoritas.
El problema es que los Sindicatos tienen mucho poder y el Ministerio de Justicia no quiere problemas con ellos, por lo que nos toca a los Letrados de Justicia aguantar lo que nos echen reduciendo a la figura del Letrado judicial a una figura ridícula sin auctoritas.
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Re: ¿Jefes de personal?
Totalmente de acuerdo.
El caso es que según los sindicatos esto es ilegal y sobrecarga a los compañeros de trabajo, pero es preferible jugártela, perder tiempo (todos) todos los días revisando y enseñando y trabajar con compañeros sin cualificación ni conocimientos. Pues muy bien.
Por otra parte, como decís, si somos Jefes de la Oficina y no podemos ni opinar pero sí ser responsables del funcionamiento correcto, no podemos "seleccionar" gente con actitud ni aptitud, tampoco podemos renunciar y lo que es peor, si entran al Juzgado después ya no hay forma de quitártelos de encima me parece a mí que nuestra situación es surrealista.
Eso los sindicatos deberían verlo.
El caso es que según los sindicatos esto es ilegal y sobrecarga a los compañeros de trabajo, pero es preferible jugártela, perder tiempo (todos) todos los días revisando y enseñando y trabajar con compañeros sin cualificación ni conocimientos. Pues muy bien.
Por otra parte, como decís, si somos Jefes de la Oficina y no podemos ni opinar pero sí ser responsables del funcionamiento correcto, no podemos "seleccionar" gente con actitud ni aptitud, tampoco podemos renunciar y lo que es peor, si entran al Juzgado después ya no hay forma de quitártelos de encima me parece a mí que nuestra situación es surrealista.
Eso los sindicatos deberían verlo.
Possunt quia posse videntur “pueden los que creen que pueden” (Publio Virgilio Marón – Eneida, V, 231).
Re: ¿Jefes de personal?
¿Qué no entiende CSIF del ultimo inciso del Artículo 440 LOPJ: Los Letrados de la Administración de Justicia son funcionarios públicos que constituyen un Cuerpo Superior Jurídico, único, de carácter nacional, al servicio de la Administración de Justicia, dependiente del Ministerio de Justicia, y que ejercen sus funciones con el carácter de autoridad, ostentando la dirección de la Oficina judicial.?
¿No sobrecargaría más al resto de funcionarios tener que, endetrimento de sus propias tareas y cometidos, enseñar y formar al nuevo compañero sin experiencia en el orden jurisdiccional, y que, eventualmente, antes del máximo de 2 meses, fuera declarado inidoneo y vuelta a empezar?
¿Se han planteado de modo empático dicha central sindical, a la que seguro que ese periodo de 2 meses que le parece excesivo, el significado de la responsabilidad del LAJ en el funcionamiento del órgano judicial, y que esa responsabilidad es cuasi objetiva, dada la directa incidencia de los recursos inadecuados en dicho funcionamiento?
¿No sobrecargaría más al resto de funcionarios tener que, endetrimento de sus propias tareas y cometidos, enseñar y formar al nuevo compañero sin experiencia en el orden jurisdiccional, y que, eventualmente, antes del máximo de 2 meses, fuera declarado inidoneo y vuelta a empezar?
¿Se han planteado de modo empático dicha central sindical, a la que seguro que ese periodo de 2 meses que le parece excesivo, el significado de la responsabilidad del LAJ en el funcionamiento del órgano judicial, y que esa responsabilidad es cuasi objetiva, dada la directa incidencia de los recursos inadecuados en dicho funcionamiento?
- Javier González Pereda
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Re: ¿Jefes de personal?
Hola chaval..esta claro lo que dices ...yo creo que defienden lo indefendible por apoyar a un afiliado y punto pelota...no tiene mas recorrido la ley es clara en ese punto.
Se podria debatir el hecho de si el compañero ha estado mas o menos afortunado no dandole ninguna oportunidad...pero evidentemente todo el mundo ha estado en su lugar...la gerencia mandando al que tocaba , el compañero responsable del reparto de trabajo y responsable del servicio no considerando oportuno ni probarle en uso de sus funciones al pensar que retrasaba mas que adelantaba y el sindicato defendiendo a surepresentado...todo previsible..nada nuevo bajo el sol.Un abrazo fuerte para ti.
Se podria debatir el hecho de si el compañero ha estado mas o menos afortunado no dandole ninguna oportunidad...pero evidentemente todo el mundo ha estado en su lugar...la gerencia mandando al que tocaba , el compañero responsable del reparto de trabajo y responsable del servicio no considerando oportuno ni probarle en uso de sus funciones al pensar que retrasaba mas que adelantaba y el sindicato defendiendo a surepresentado...todo previsible..nada nuevo bajo el sol.Un abrazo fuerte para ti.
Última edición por Javier González Pereda el Mié 19 Jul 2017 5:45 pm, editado 1 vez en total.
Juzgado de Instruccion 1 de Santander.
"Nada es imposible si alguien ya lo hizo alguna vez...y sino ...tampoco"
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Re: ¿Jefes de personal?
Relacionado con el tema, desde el pasado lunes una funcionaria de mi Juzgado está disfrutando sus vacaciones, que previamente han sido informadas, por diversos motivos, negativamente por mi, y a esta fecha no tengo comunicación alguna de la Dir.Gral. Justicia, ratificando dichas vacaciones o bien, atendiendo a mi informe (que iluso ¡¡¡¡), denegándoselas.
Saludos.
Saludos.
Re: ¿Jefes de personal?
Bien, fernandez soriano, tu, al menos, has dejado constancia escrita de tu postura. El sentido del silencio en caso de informe desfavorable ¿es positivo? Se estará partiendo de risa la informada.
En que situación quedamos nosotros?
La Dirección Gral ni te ayudara a gestionar las disfunciones, ni saldrá corresponsables del mal funcionamiento. Por eso les importa poco como funcione un juzgado.
A ti, poco más te queda ahora.
Estas situaciones no se explican en el curso del CEJ on line sobre Tecnicas de dirección y liderazgo. Si no es un tema de incapacidad te queda ganártela con empatía y persuasión..
Saludos
En que situación quedamos nosotros?
La Dirección Gral ni te ayudara a gestionar las disfunciones, ni saldrá corresponsables del mal funcionamiento. Por eso les importa poco como funcione un juzgado.
A ti, poco más te queda ahora.
Estas situaciones no se explican en el curso del CEJ on line sobre Tecnicas de dirección y liderazgo. Si no es un tema de incapacidad te queda ganártela con empatía y persuasión..
Saludos
Re: ¿Jefes de personal?
Javier, es una secuela de una de las grandes asignaturas pendientes en la Administración de Justicia: la gobernanza.
Has visto dos casos en que el LAJ se ve implicado en cuestiones de gestión administrativa del personal adscrito a un órgano de cuyo funcionamiento respondemos (vid caso MariLuz, no lo olvidemos, que lo olvidamos, porque ese fue el origen, falta nombramiento para la mesa de esa ejecutoria). Uno en que la gestión del personal que dirigimos es de la gerencia de órganos centrales (Ministerio) y otro de la CCAA competente.
Un abrazo
Has visto dos casos en que el LAJ se ve implicado en cuestiones de gestión administrativa del personal adscrito a un órgano de cuyo funcionamiento respondemos (vid caso MariLuz, no lo olvidemos, que lo olvidamos, porque ese fue el origen, falta nombramiento para la mesa de esa ejecutoria). Uno en que la gestión del personal que dirigimos es de la gerencia de órganos centrales (Ministerio) y otro de la CCAA competente.
Un abrazo