SUPRESION DEL TERCER TURNO

Discusiones sobre la Administración de Justicia, los Secretarios Judiciales, etc.

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TALLER JUDICIAL

SUPRESION DEL TERCER TURNO

#1 Mensaje por TALLER JUDICIAL »

En la sección de noticias de la pagina web del C.N.S.J. aparece la de fecha 17/Dic/03 que dice " El presidente del C.N.S.J. D. Jose Antonio Dorado Picón en declaraciones efectuadas a los medios de comunicación, se ha mostrado satisfecho con la reforma. En cuanto a la supresión del tercer turno manifestó que " lo pedimos y así se reconoce en la Ley, es una discriminación positiva para los Secretarios".

Dichas palabras no pueden ser mas desafortunadas. ¿ Quién es el Colegio para solicitar la supresión del tercer turno ?, ¿ Quién les ha legitimado para impedir la promoción profesional de los Secretarios Judiciales ? ¿ Quíen es el Colegio para decidir el futuro de nosotros? ¿ Como se atreve a decir que es una discriminación positiva?.

Este TALLER JUDICIAL acuerda declarar DESACERTADA E IGNOMINIOSA dicha manifestación por atentar contra el Cuerpo de Secretarios Judiciales.

Saludos y Feliz Navidad a todos.

Ximo

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#2 Mensaje por Ximo »

Creo que es distinto lo que se viene a decir en el aludido texto, aquí lo transcribo -o por mejor decir lo pego después de copiarlo en origen- para que pueda ser leído: 17-12-03 El Presidente del Colegio Nacional de Secretarios Judiciales, Juan Antonio Dorado Picón, en declaraciones efectuadas a los medios de comunicación, se ha mostrado satisfecho con el resultado de la reforma al considerar que el nuevo modelo de oficina judicial es bueno porque redistribuye las competencias entre los distintos operadores jurídicos y armoniza bien las competencias entre las Comunidades Autónomas y la Administración Central. En cuanto a la supresión del tercer turno, manifestó que "lo que pedimos, y así se reconoce en la ley, es una discriminación positiva para los secretarios", en cuanto que tienen una oposición similar a la de los jueces, y a la hora de acceder a la carrera judicial eran equiparados a operadores jurídicos que no habían opositado. "Como el tercer turno ha desaparecido, solamente queda la reserva para el cuarto turno". SALUDOS. XIMO

TALLER JUDICIAL

En respuesta a XIMO:

#3 Mensaje por TALLER JUDICIAL »

Consideramos e insistimos, que las palabras del presidente del Colegio NSJ son desacertadas, pues cuando a los Gestores con solo dos años de servicio se les reserva en promoción interna(concurso-oposición) el 50% de las plazas de Secretarios, cincunstancia que respetamos, a los Secretarios Judiciales para ingresar por el cuarto turno ( artículo 311 LOPJ) se les reserva una ínfima parte exigiéndoles pertenecer a la primera o segunda categoria con 10 años de servicios. Has pensado que un Secretario Judicial de tercera categoria conforme a la nueva LOPJ
necesitará por lo menos 20 años para promocionarse a Magistrado
( 5 años para consolidar la 2ª categoria y 10 años mínimos de permanencia en la misma) cuando los gestores con 2 años de servicio y sin consolidar nada puedan acceder a Secretarios que a lo sumo serán 5 años ? ¿Crees que se ha respetado el principio general de promoción profesional de los Secretarios como funcionarios que somos?¿ Crees que eso es defender los intereses del Cuerpo de Secretarios como proclaman los estatutos del Colegio ?
Añade dicho precepto que " La cuarta vacante se proveerá por concurso entre juristas de reconocida competencia ( profesores de universidad, Abogados etc) y con más de 10 años de ejercicio profesional " curioso precepto a los mismos solo se les exige 10 años y a los Secretarios 15 años , suponemos que un un letrado o procurador o un profesor universitario es más listo con 10 años que un secretario con 15 . Sin comentarios.

Saludos.

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vctrob
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Re: SUPRESION DEL TERCER TURNO

#4 Mensaje por vctrob »

Me parecen muy desafortunadas las declaraciones del Presidente del CNSJ, pero no por ello faltas de premeditación y consciencia. No olvidemos que el Sr. Presidente ha sido correa de transmisión del Partido Popular, y por ende del Gobierno, en todo lo relativo a la reforma de la LOPJ. No se si esto tendrá algo que añadir al silencio cómplice que a veces he mencionado, con lo cual tendríamos un SILENCIO CÓMPLICE y un RUIDO CÓMPLICE.
El tiempo dará y quitará razones.

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fernan2
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#5 Mensaje por fernan2 »

En primer lugar manifestar mi acuerdo con el trato discriminatorio. Respecto a este tema hay partidarios y detractores -por varios motivos a los que no voy a entrar-, pero entiendo que debieramos haber tenido un tratamiento más favorable, máxime cuando se pierde el acceso por el turno por categoría de juez, en el que se había "conseguido" una pequeña reserva igual a la que ahora se prevé en el cuarto turno o turno de acceso por categoría de magistrado. Aquí las asociaciones debieran haber luchado por una posibilidad más genérica, igual que la prevista para acceder a la carrera judicial los miembros de la carrera fiscal (art. 311.2), esto es, a través de las pruebas de especilización una vez completado un determinado periodo de servicios.

Señala el precepto criticado "la cuarta vacante se proveerá por concurso entre juristas de reconocida competencia y con más de diez años de ejercicio profesional.... A su vez, una tercera parte de estas vacantes se reservará a miembros del Cuerpo de Secretarios Judiciales de primera o segunda categoría". Dicho precepto lo que indica es que 2/3 partes de las vacantes se reservan para juristas de reconocida competencia con más de 10 años de ejercicio profesional, entre los que estaríamos incluidos los Secretarios Judiciales que tengamos dicha antigüedad con independencia de la categoría que se ostente y 1/3 de esas vacantes se destinarán a Secretarios de 1ª o 2ª Categoría con independencia de la antigüedad que se ostente. Esto es un Secretario Judicial de segunda o primera categoría, con más de diez años de ejercicio profesional concursaría o podría concursar a todas las vacantes; no aquel que tenga una antigüedad inferior a diez años que solo podría hacerlo a las reservadas exclusivamente a Secretarios, ni aquel que sea de tercera categoría pero tenga una antigüedad de más de diez años, que concursaría al turno general de juristas.

Saludos

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