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Aplicación arancel a la via de apremio.

Publicado: Jue 03 May 2018 1:53 pm
por LUIS
Buenos días,

Suelo excluir el arancel vía de apremio, porque me parece reiterativo. entiendo que ya queda incluido en el arancel 26 de la ejecución. Agradecería jurisprudència o argumentación que sustente esto, ya que tampoco tengo claro que lo esté haciendo de forma correcta.

Muchas gracias.

Un saludo a todos

Re: arancel via apremio

Publicado: Jue 03 May 2018 2:21 pm
por darabia
Yo solo incluyo el apremio cuando se han embargado y realizado bienes cuya entrega directa no ha sido posible, por ejemplo cuando se ha acudido a subasta. No lo incluyo en aquello casos en los que la ejecución se ha limitado a los embargos de cuentas, Hacienda o salarios, porque en esos casos no ha habido ningún tipo de actividad extra mas allá de solicitar los embargos lo cual se puede hacer en la propia demanda ejecutiva, y por tanto debe de quedar englobado en el apartado a)

Re: Aplicación arracel a la via de apremio.

Publicado: Mar 08 May 2018 10:59 pm
por Carlos Valiña
Aunque se me han borrado algunos conceptos, por ejecucion se tarifa cuando el deudor a la vista del auto que inicia la ejecutoria paga.

Si notificado del mismo no lo hace y han de acordarse medidas coercitivas como embargos, retenciones de sueldos, etc, cualquiera de estas determinaciones constituye via de apremio de por si, y en tal caso ya no se tarifa por ejecucion y si solo por via de apremio que engloba a la ejecucion.

Saludos.

Re: Aplicación arracel a la via de apremio.

Publicado: Mié 09 May 2018 11:39 am
por Duende
Yo voy a la LEC, en el índice del Libro III , Título IV , el Capitulo IV lleva la rúbrica "Del Procedimiento de apremio". Considero que sólo se puede incluir esta "Vía de apremio" si se han practicado actuaciones previstas en el capítulo IV. Es decir, no no son vía de apremio los embargos, según la LEC, sólo las actuaciones practicadas para la realización de bienes embargados tendrían esa consideración. En aplicación del art. 634 incluyo también la entrega de las cantidades embargadas que sean dinero efectivo, pero si la entrega es de cantidades ingresadas por el ejecutado (no embargadas) considero que no habría vía de apremio.

Re: Aplicación arancel a la via de apremio.

Publicado: Mié 09 May 2018 10:47 pm
por Carlos Valiña
Rectifico, efectivamente el apremio requiere de actividad ejecutiva y la mera realizacion de embargos no es apremio.

A la vista de esto lo correcto parece tarifar por ejecucion y si ademas hay apremio por ambos, esto es, el apremio no englobaria a la ejecucio.

Saludos y buenos aportes los anteriores intervinientes.

Re: Aplicación arancel a la via de apremio.

Publicado: Jue 10 May 2018 10:23 am
por LUIS
Muchas gracias por la ayuda