JUEZ Y PARTE

Discusiones sobre la Administración de Justicia, los Secretarios Judiciales, etc.

Moderadores: Top Secre, Terminatrix

Mensaje
Autor
Invitado

JUEZ Y PARTE

#1 Mensaje por Invitado »

"Un magistrado del TC cobró 6.000 euros de la Generalitat por asesorarla con el Estatut



Madrid- La Generalitat ha remitido al Tribunal Constitucional (TC) el expediente de contratación de Pablo Pérez Tremps, magistrado ahora del Alto Tribunal, para la realización de un trabajo relacionado con el nuevo Estatuto catalán. La información ha tenido que ser aportada a cuenta de la recusación contra Pérez Tremps planteada por el PP para evitar su participación en la resolución de los recursos de inconstitucionalidad presentados contra la reforma estatutaria, por entender que carecía de la imparcialidad necesaria ya que en su día colaboró en la redacción del libro titulado «Estudios sobre la reforma del Estatuto», encargado por el Instituto de Estudios Autonómicos. De acuerdo con el expediente de contratación que está ya en poder del TC, Pérez Tremps cobró 6.000 euros por su dictamen para la Generalitat. El contrato, de carácter administrativo, fue suscrito por el entonces consejero de Relaciones Institucionales de la Generalitat, Joan Saura, y lo más llamativo es que el encargo se despachó a menos de un mes de su nombramiento como magistrado del Alto Tribunal, a propuesta, por cierto, del propio PSOE. Se le pedía precisamente que buscara cómo encajar ante el Tribunal Constitucional y ante la Unión Europea las competencias exteriores que el Estatut debía otorgar a la Generalitat y las conclusiones coinciden con los artículos que, finalmente, se dedicaron a esta cuestión. El TC, paralizado El Pleno del TC acordó a principios de noviembre la admisión a trámite de la recusación planteada por el PP y es previsible que en las próximas semanas adopte la decisión definitiva. Por contra, rechazó la recusación contra el también magistrado Roberto García-Calvo promovida por la Generalitat y el Parlamento catalán. Mientras se resuelve la presentada por los populares -una vez desestimada la interpuesta contra la presidenta del órgano judicial- el procedimiento para la resolución del recurso de inconstitucionalidad contra el Estatut está paralizado. La decisión que el TC adopte en relación a Pérez Tremps podría determinar el futuro del Estatut debido al equilibrado reparto de posiciones entre los magistrados que tienen que juzgar la constitucionalidad de los artículos de la reforma catalana. Una apretada mayoría, de 7 a 5, fue la que permitió rechazar el primer recurso del PP contra la tramitación parlamentaria, sin entrar lógicamente en el fondo, del Estatut bajo la alegación de que suponía una modificación encubierta de la Constitución. Pérez Tremps votó el pasado mes de enero contra ese recurso. Hasta la Abogacía del Estado ha tomado parte en favor del magistrado recusado por el PP con un escrito presentado ante el TC en el que solicita que se desestime la iniciativa impulsada por los populares para evitar su participación en la resolución de los recursos interpuestos contra el texto. En un escrito de diez páginas, la representación legal del Estado argumenta que cualquiera que fuera la naturaleza de los trabajos realizados por Pérez Tremps, «éstos no pudieron ni remotamente referirse a un texto legal que, al tiempo de redactarse, ni siquiera existía articulado en un anteproyecto». Además, los propios servicios de la Generalitat de Cataluña -que se han personado como parte- están defendiendo su imparcialidad, a pesar de ser la que contrajo una relación contractual con él para la redacción del Estatuto impugnado. El informe, firmado por el director del Instituto de Estudios Autonómicos, dependiente del Departamento de Interior y Relaciones Institucionales y Participación de la Generalitat, reconoce expresamente que «se suscribió un contrato con D. Pablo Pérez Tremps dentro del marco del estudio de la reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña». De acuerdo con el contrato de consultoría y asistencia, debía valorar en su trabajo los mecanismos de actuación exterior de la Generalitat; el establecimiento de organismos propios en países extranjeros, tanto de coordinación e impulso general de la acción exterior como de la administración sectorial catalana; la designación directa por parte de la Generalitat de representantes en organizaciones internacionales; la posibilidad de que el Estatuto considere que dentro del espacio europeo también se encuentran incluidas las relaciones transfronterizas; y, por último, la posibilidad de que el Estatuto prevea la participación máxima de la Generalitat en las negociaciones en el ámbito europeo."

Responder