Ejecución actos de conciliación juzgados de paz.

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LAJ89

Ejecución actos de conciliación juzgados de paz.

#1 Mensaje por LAJ89 »

Buenos días,
¿el Juzgado de Primera Instancia es competente para conocer de la ejecución de los actos de conciliación celebrados en el juzgado de paz del partido?
Gracias de antemano.

Macondo
Mensajes: 26
Registrado: Lun 08 May 2017 5:04 pm
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Re: Ejecución actos de conciliación juzgados de paz.

#2 Mensaje por Macondo »

Hola, mira el artículo 147 de la Ley de Jurisdicción Voluntaria :Será competente para la ejecución el mismo Juzgado que tramitó la conciliación cuando se trate de asuntos de la competencia del propio Juzgado. En los demás casos será competente para la ejecución el Juzgado de Primera Instancia a quien hubiere correspondido conocer de la demanda.
Ten en cuenta que hay que tener en cuenta que la competencia del Juzgado de Paz está limitada, para la ejecución, en cantidades que no excedan de 90 euros

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