Diligencia de embargo caja registradora

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GESTOR SCAC PERIFERIA
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Diligencia de embargo caja registradora

#1 Mensaje por GESTOR SCAC PERIFERIA »

Buenas tardes, tenemos que realizar un embargo "sorpresivo" de la recaudación de un establecimiento mercantil.
Se dirigen al SCAC para solicitar fecha y notificar en ese mismo acto, antes de comenzar el embargo, la resolución acordando dicha traba.
Consulto los siguientes extremos:
1.- Un modelo genérico de este tipo de embargos.
2.- Si los pasos del embargo es realizar un previo arqueo o contabilización de la caja (en el supuesto de apertura voluntaria*) y posterior entrega del importe de la caja se entrega al ejecutante (procurador) actuando como depositario no se si en cuenta determinada o en la cuenta de consignaciones del Juzgado ordenante, en la idea de que el decreto de mejora puede ser recurrido en revisión por el ejecutado y, transcurrido el plazo de recurso, o siendo firme la resolución, podría solicitar mandamiento de pago por la cantidad retenida.
3.- Tras el arqueo (reflejado en acta) se entrega en sobre cerrado la recaudación al procurador? -con el compromiso de ingreso anterior.
4.- Se cierra el acto con dicha entrega teniendo por efectuado el embargo.
*Si conviene en este caso solicitar el auxilio de la policía en caso de negarse el ejecutado a abrir la caja registradora o entregar la recaudación, aportando la parte un cerrajero (el decreto de mejora debería contemplar estos extremos?)
Muchas gracias y un cordial saludo

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Terminatrix
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Re: Diligencia de embargo caja registradora

#2 Mensaje por Terminatrix »

Nunca me he visto en una de ésas porque suelen pedir la administración judicial, pero creo que tus preguntas ya contienen la respuesta.
Como bien dices, en el acto de la traba se notifica al EO, que puede recurrir. Por esa razón, yo entregaría la cantidad en sobre cerrado al procurador para que la ingresara en la cuenta del juzgado. Además, de esa forma, queda constancia en la cuenta del procedimiento del importe embargado (así, caso de cambio de LAJ o de funcionario que tramite, siempre se evita el despiste en los cálculos al no constar ese dinero como entregado al EE)

Por supuesto, acordaría el auxilio de la fuerza pública y del cerrajero y considero que el decreto debería consignarlo. Se puede hablar con el procu para que solicite del juzgado el complemento del decreto en tal sentido.

Te vale cualquier diligencia de embargo genérica, adaptándola a las circunstancias del caso.
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.

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