Notificación por Lexnet del 24 de diciembre al 6 de enero

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LAJ novato

Notificación por Lexnet del 24 de diciembre al 6 de enero

#1 Mensaje por LAJ novato »

Buenas tardes compañeros,
Estoy destinado en un Juzgado mixto, y con la nueva modificación de artículo 183 de la LOPJ, me surge la duda de notificar por Lexnet, todo lo instruido en Diligencias Previas y Juicios Rápidos únicamente, durante el período del 24 de diciembre y 6 de enero, y que no entre en contradicción con lo establecido en el artículo 162 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil (LEC), no se practicarán actos de comunicación a las y los profesionales por vía electrónica durante los días del mes de agosto.
Se exceptúan de ese principio general las actuaciones para las que sean hábiles los días de este mes, bien por preverlo así la ley, o bien por haberse habilitado los días por razones de urgencia por el juez o la jueza, o por la letrada o el letrado de la Administración de Justicia en
los términos previstos por el artículo 131 LEC.
Obviamente sé que la fase de instrucción son hábiles todos los días y horas del año, por eso puedo notificar por Lexnet, las Diligencias Previas y Diligencias Urgentes/Juicio Rápido, pero sé que hay compañeros, que solamente notifican los Juicios Rápidos y van a esperar a notificar las Diligencias Previas el día 9 de enero, ustedes qué van a hacer?
Muchas gracias por vuestra ayuda

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Terminatrix
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Re: Notificación por Lexnet del 24 de diciembre al 6 de enero

#2 Mensaje por Terminatrix »

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«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.

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