Programa para tasaciones de costas con nuevos aranceles
Publicado: Jue 15 Ene 2004 10:50 pm
Debido a la publicación del RD 1373/03 que regula los nuevos aranceles de los procuradores, he actualizado el programa de tasación de costas que en su día ofrecí a los foreros.
A algunos de vosotros que me lo pedisteis y que conservaba su dirección de correo electrónico ya os lo he mandado, pero debido a una gripe que cogió mi ordenador (el famoso virus blaster) he perdido la base de datos en la que os tenía “fichados” por lo que si alguien, tanto de los que tienen la antigua versión como de los que no la tienen, desea que se la mande, me lo solicitáis mandándome un correo a pacocabo@wanadoo.es o a pacocabo@terra.es, facilitándome vuestro nombre completo y vuestro actual destino (para poder personalizar el programa) y os lo hago llegar lo antes posible.
Por supuesto el programa sigue siendo freeware (“degratis” traducido al castellano).
De paso os animo a todos a que os subáis al carro de las NN.TT y os olvidéis del bolígrafo y el papel, dedicándoos a los “bytes” y arrinconando los viejos libros de registro. Yo hace un año que lo hice, tanto con los libros registro de procedimiento como con la cuenta de depósitos y consignaciones. Yo creo que antes había base legal suficiente para hacerlo, pero ahora con la nueva L.O.P.J. ya no cabe duda alguna que se debe hacer así.
Saludos.
A algunos de vosotros que me lo pedisteis y que conservaba su dirección de correo electrónico ya os lo he mandado, pero debido a una gripe que cogió mi ordenador (el famoso virus blaster) he perdido la base de datos en la que os tenía “fichados” por lo que si alguien, tanto de los que tienen la antigua versión como de los que no la tienen, desea que se la mande, me lo solicitáis mandándome un correo a pacocabo@wanadoo.es o a pacocabo@terra.es, facilitándome vuestro nombre completo y vuestro actual destino (para poder personalizar el programa) y os lo hago llegar lo antes posible.
Por supuesto el programa sigue siendo freeware (“degratis” traducido al castellano).
De paso os animo a todos a que os subáis al carro de las NN.TT y os olvidéis del bolígrafo y el papel, dedicándoos a los “bytes” y arrinconando los viejos libros de registro. Yo hace un año que lo hice, tanto con los libros registro de procedimiento como con la cuenta de depósitos y consignaciones. Yo creo que antes había base legal suficiente para hacerlo, pero ahora con la nueva L.O.P.J. ya no cabe duda alguna que se debe hacer así.
Saludos.