Ejecución directa de lanzamiento. 249.1.6 LEC
Publicado: Mar 16 Jul 2024 8:11 am
Buenos días.
El artículo 549.3 LEC establece que en la sentencia condenatoria de todos los tipos de desahucio, o en los decretos que pongan fin al referido desahucio si no hubiera oposición al requerimiento, la solicitud de su ejecución en la demanda de desahucio será suficiente para la ejecución directa de dichas resoluciones.
¿Es de aplicación al ordinario en el que solicitan la resolución del contrato de arrendamiento de vivienda por incumplimiento de las obligaciones contraidas por el arrendatario, concretamente, por destinar la vivienda a uso doméstivo al amparo del 249.1.6 LEC?
Gracias.
El artículo 549.3 LEC establece que en la sentencia condenatoria de todos los tipos de desahucio, o en los decretos que pongan fin al referido desahucio si no hubiera oposición al requerimiento, la solicitud de su ejecución en la demanda de desahucio será suficiente para la ejecución directa de dichas resoluciones.
¿Es de aplicación al ordinario en el que solicitan la resolución del contrato de arrendamiento de vivienda por incumplimiento de las obligaciones contraidas por el arrendatario, concretamente, por destinar la vivienda a uso doméstivo al amparo del 249.1.6 LEC?
Gracias.