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Recurso de Suplicación. TRASLADO SIMULTANEO

Publicado: Mar 11 Feb 2025 6:58 pm
por ULISES
Buenas tardes,

Mi duda tiene que ver con el art. 195.1, párrafo segundo de la LRJS.

En el País Vasco tenemos el sistema Avantius y el expediente digital, desde octubre de 2022. Por tanto, aquellos procedimientos que se han tramitado desde esa fecha tienen una peculiaridad, y es que cuando tramitamos un recurso de suplicación ya no entregamos los autos a la parte recurrente para que formalice el recurso, ya que ésta tiene acceso al expediente digital a través de Avantius.

Entiendo que el artículo que he citado permitiría tramitar, en el caso de haber más de un recurso de suplicación, TODOS LOS RECURSOS de manera simultánea. Plazo común para formalizar y plazo común para impugnar. En la oficina estarían encantados porque se simplificaría mucho el trabajo en aquellos casos en los que se tramitan recursos de forma sucesiva. A los abogados no les haría tanta gracia porque no podrían ver el recurso que ha hecho la parte contraria antes de formalizar el suyo.

Mi pregunta es si en aquellos Juzgados en los que existe expediente digital se están practicando lo previsto en el 195.1, párrafo segundo. O si no se está haciendo, cuál es el motivo. En definitiva, antes de decidir si lo vamos a empezar a aplicar quisiéramos tener la opinión de algún compañero que lo esté haciendo.

Muchas gracias

Re: Recurso de Suplicación. TRASLADO SIMULTANEO

Publicado: Lun 17 Feb 2025 12:05 pm
por Invitado
Nosotros tenemos expediente digital pero tramitamos los recursos sucesivamente, es mucho más claro. Nadie se ha quejado jamás

Re: Recurso de Suplicación. TRASLADO SIMULTANEO

Publicado: Mar 18 Feb 2025 12:19 am
por delme
Nostros los tramitamos simultáneamente, desde que tenemos expediente judicial, una gran ventaja en efecto

Re: Recurso de Suplicación. TRASLADO SIMULTANEO

Publicado: Jue 27 Mar 2025 4:30 pm
por delme
Una aclaración para evitar "ventajas procesales" nos cuidamos de no dar traslado del escrito de formalización hasta que precluya el plazo del segundo recurso, todo ello sin perjuicio de que dada la accesibilidad al expediente judicial electrónico actual no es descartable que el segundo si pueda ver el escrito aunque no lo hayamos proveído. Dicho lo cual insisto en que es una gran ventaja la tramitación simultánea. Un saludo