Aplicación del 440.3 LEC.
Publicado: Vie 13 Abr 2007 10:44 am
La pregunta es sencilla. ¿Debe ser lanzado el desahuciado en la fecha consignada en el auto de incoación, aunque no hayan transcurrido los 20 días del artículo 548?
Ejemplo: El auto de incoación señala el lanzamiento para el 30 de abril. Es notificado el auto y comunicada esta circuntancia al demandado. La sentencia es condenatoria y se notifica el 12 de abril. Transcurren 5 días y no se recurre la sentencia, por lo que deviene firme. La actora presenta el 23 de abril, al amparo del 440.3 demanda ejecutiva. ¿Se puede despachar y lanzar al desahuciado, aunque no hayan transcurrido los 20 días del art. 548?
Ejemplo: El auto de incoación señala el lanzamiento para el 30 de abril. Es notificado el auto y comunicada esta circuntancia al demandado. La sentencia es condenatoria y se notifica el 12 de abril. Transcurren 5 días y no se recurre la sentencia, por lo que deviene firme. La actora presenta el 23 de abril, al amparo del 440.3 demanda ejecutiva. ¿Se puede despachar y lanzar al desahuciado, aunque no hayan transcurrido los 20 días del art. 548?