Ejecución sui generís, para nota.
Publicado: Mar 24 Abr 2007 8:14 pm
Tenemos una sentencia a ejecutar que dice literalmente. “procédase a la entrega de la posesión de la finca registral x previo deslinde”
¿Cómo consideráis se debería ejecutar esto? Teniendo en cuenta que establece el deslinde previo a la posesión.
Nosotros, considerando que lo que no cabe es obligar a la parte a un deslinde de jurisdicción voluntaria o hacerle ir a un declarativo para deslindar el terreno, toda vez que ya se acuerda en la resolución el mismo deslinde, hemos acordado el nombramiento de perito a fin de que el día y hora señalado comparezca y con sus conocimientos técnicos se lleve a efecto el deslinde ordenado en la sentencia y seguidamente daremos posesión de lo que se encuentre dentro de dicho linde.
¿Qué os parece? ¿Cual sería la solución en vuestra opinión?
¿Cómo consideráis se debería ejecutar esto? Teniendo en cuenta que establece el deslinde previo a la posesión.
Nosotros, considerando que lo que no cabe es obligar a la parte a un deslinde de jurisdicción voluntaria o hacerle ir a un declarativo para deslindar el terreno, toda vez que ya se acuerda en la resolución el mismo deslinde, hemos acordado el nombramiento de perito a fin de que el día y hora señalado comparezca y con sus conocimientos técnicos se lleve a efecto el deslinde ordenado en la sentencia y seguidamente daremos posesión de lo que se encuentre dentro de dicho linde.
¿Qué os parece? ¿Cual sería la solución en vuestra opinión?