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modificacion costas

Publicado: Jue 21 Jun 2007 2:15 pm
por PILARB1
como se puede modificar una tasacion ,ya trasladada a las partes, donde luego veo que he aplicado mal el arancel? es necesario convocar vista? la farte favorecida en la tasacion , extraoficialmente, me ha pedido que no.Podeis ayudarme?Gracias

Publicado: Jue 21 Jun 2007 2:41 pm
por Carlos Valiña
Supongo que la ley no preve ningun tramite especial para ello. Como lo suyo es que el Procurador cobre lo que le corresponde, lo mas practico seria decirle que la impugnara y asi poder corregirla.

Como supongo que sera dificil encajar una tasacion en las normas que regulan el sistema general de declaracion de nulidad de las resoluciones judiciales, podrias hacer un "apaño" del tipo,
Diligencia de Ordenacion: Visto el estado de los presentes autos y habiendose omitido en la tasacion tal cosa, practiquese nueva tasacion de costas por el Secretario, una vez firme esta diligencia.
Y si nadie impugna pues vuelta a empezar.

De todas formas llevo siete años fuera del procesal civil y por lo tanto mi opinion debes tomarla con las debidas cautelas.

Saludos.

Publicado: Vie 22 Jun 2007 12:23 am
por conquense
No hace falta declarar la nulidad de toda la tasación. Yo he puesto algunas veces una DILIGENCIA DE ORDENACIÓN en la que acuerdo modificar la anterior en el punto que sea, dejando vigente el resto que esté bien. Entonces doy nuevo traslado por DIEZ DIAS a todas las partes y ya está.

Publicado: Vie 22 Jun 2007 12:38 am
por Invitado
Yo también

Publicado: Vie 22 Jun 2007 9:21 am
por PILARB1
muchas gracias por contestar.