monedero con dinero: hallador reclama
Publicado: Jue 23 Ago 2007 6:24 pm
Buenas.
Hace ya un año que el importe de un monedero fue depositado en la Cuenta de consignaciones por hallador. Al no haber sido habido el propietario, al tener el dinero carácter de bien mueble, ¿se entiende que deben pasar 2 años ex Código Civil (arts 610 y sigs) para que el hallador pueda reclamarlo? ¿Puede considerarse tesoro? (es una cantidad de poca monta)
Gracias adelantadas.
Hace ya un año que el importe de un monedero fue depositado en la Cuenta de consignaciones por hallador. Al no haber sido habido el propietario, al tener el dinero carácter de bien mueble, ¿se entiende que deben pasar 2 años ex Código Civil (arts 610 y sigs) para que el hallador pueda reclamarlo? ¿Puede considerarse tesoro? (es una cantidad de poca monta)
Gracias adelantadas.