EL CORTE INGLES

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Invitado

EL CORTE INGLES

#1 Mensaje por Invitado »

¿ Que haceis en una ejecucion de titulo por 300 EUROS en donde el Procurador de El Corte Ingles te presenta minuta en aplicación del art. 32.5 de la LEC? ¿ Se la aceptaís ? ¿ Cómo lo fundamentaís ? Gracias.

Invitator

#2 Mensaje por Invitator »

Pues comprueba (en el encabezamiento de la demanda principal o escritura de poder acompañada) si El Corte Inglés, S.A tiene su domicilio social fuera del lugar del juicio, y, si es así, es de aplicación el art. 32.5 LEC y, por tanto, se incluyen los honorarios de letrado y derechos de procurador aunque no haya sido preceptiva su intervención por razón de la cuantía.

Un saludo

MOISES

#3 Mensaje por MOISES »

No estoy totalmente de acuerdo con determinar el domicilio del ejecutante en base al que conste en el poder. Tener en cuenta el caso de los bancos y de las cias. de seguros con domicilios sociales en grandes capitales que constan en escritura de apoderamiento y sin embargo tienen oficinas abiertas en casi todas las localidades y por ello no entendemos de aplicación el art. 32.5. En mi caso, como en mi localidad hay abierto un comercio de El Cortes Inglés, donde la gran mayoría de las reclamaciones contra ejecutados son por operaciones (compras, financiación, etc.) efectuadas en ese Centro, no aplico ese criterio y no las taso. Por supuesto lo razono al momento de denegarlo.

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