PUBLICACION DE SENTENCIAS
Moderadores: Top Secre, Terminatrix
PUBLICACION DE SENTENCIAS
Hola, ¿ hay alguien que siga firmando diligencias de publicacion de sentencias ? gracias.
Las sentencias se pronunciaran en audiencia pública dice la Constitución, casi ninguna se pronuncia en audiencia pública, no obstante si me ponen la diligencia de publicación que no sie las ponen a todas le pongo una media firma, porque se firma tanto por los Secretarios que tengo una firma entera para los mandamientos y oficios de BANESTO, las actas de juicios orales, o cuando firmo al lado del juez y una media firma muy sencilla para lo demás porque es demasiado lo que se firma
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- Registrado: Mié 28 Nov 2007 2:59 pm
firma de publicaciones
¿se hace lectura en audiencia pública en ese juzgado de las sentencias como la del 11M?
supongo que no, así que no se que haces firmando publicaciones. es una falsedad, pero supongo que como otras que se hacen.
Yo en mi caso cuando me encuentro con sentencias para firmar publicación (cuando sustituyo en los otros juzgados, claro, en el mio no se hace) se tacha la diligencia, se pone no válido y se firma.
El problema es la mala costumbre que tienen algunos jueces de sacar sus sentencias ya con la diligencia de publicación puesta, la vagancia del cortar y pegar.
supongo que no, así que no se que haces firmando publicaciones. es una falsedad, pero supongo que como otras que se hacen.
Yo en mi caso cuando me encuentro con sentencias para firmar publicación (cuando sustituyo en los otros juzgados, claro, en el mio no se hace) se tacha la diligencia, se pone no válido y se firma.
El problema es la mala costumbre que tienen algunos jueces de sacar sus sentencias ya con la diligencia de publicación puesta, la vagancia del cortar y pegar.
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- Registrado: Mar 09 Ene 2007 9:46 am
PUBLICIDAD DE LAS SENTENCIAS
Lo de leer la sentencia en publico, es otra extravagancia de las leyes,que no tiene ya sentido.Esto estaba bien cuando habia pocas, pero actuamente si alguein se pone a pensar, que tal como van los juzgados penales por ejemplo, se tuviera que leerlas, citando a las partes,no acabariamos nunca.
Es otra de las antigueades judiciales de las leyes de enjuciamiento, que por otra parte, obliga a los Secretarios a legallizar un acto inexistente.
Bastaria que se publicaran por Internet, y se notificquen como ahora a los ineteresados, pero todo lo demas sobra. Y si quierne publicidad, pues que creen una Oficina comun de Lectura de Sentencias, y ya esta.
Es otra de las antigueades judiciales de las leyes de enjuciamiento, que por otra parte, obliga a los Secretarios a legallizar un acto inexistente.
Bastaria que se publicaran por Internet, y se notificquen como ahora a los ineteresados, pero todo lo demas sobra. Y si quierne publicidad, pues que creen una Oficina comun de Lectura de Sentencias, y ya esta.
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- Registrado: Mié 28 Nov 2007 2:59 pm
Basicamente de acuerdo, pero discrepo en cuanto a que la ley obligue al Secretario a legalizar un acto inexistente. Como va la ley a obligar a realizar un acto ilegal. Insisto en que la diligencia debe ponerse en aquellos casos en que la sentencia se lee realmente en audiencia pública. Os imaginais una inspección del consejo llamando la atención por que un Juzgado no tiene un día a la semana para la lectura de sentencias. O algún mas descabellado, exigiéndo al Secretario que cometa falsedad en documento público y ponga la diligencia ?
Saludos.
Saludos.
La sentencia es publica
Yo interpreto que la diligencia quiere decir que la sentencia es publica una vez que se ha firmado y notificado aunque no se haya pronunciado en audiencia publica por eso le pongo media firma a esa diligencia
DILIGENCIA O PUBLICACION
Yo pongo una diligencia que dice.- Dada la anterior sentencia para notificar en el día de hoy, en que se incorpora al Libro de Sentencias, dejando testimonio en autos, doy fe.