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procurador no personado
Publicado: Mié 16 Abr 2008 9:30 pm
por principiante
Hola, un procurador presenta un recurso de reposicion sin estar personado y se le recoge por error el escrito, ¿providencia requiérase se persone con caracter previo a la admisión del recurso? ¿a quién se notificaría dicha providencia si el procurador no está personado? ¿diligencia de constancia: se ha presentado un escrito por un procurador no personado. Doy fe. y cuando pida información al ver que tiene interés legítimo se le da copia de la diligencia de constancia y que haga lo que le parezca?
Publicado: Jue 17 Abr 2008 10:10 pm
por Carlos Valiña
Tecnicamente lo suyo es providencia, devuelvase al presentante por no estar personado y punto. Pero probablemente se haya pasado el plazo de recurso y fastidies al representado.
Mas conforme con las interpretaciones al uso del constitucional a mi juicio demasiado garantistas, es darle tres dias para subsanar con interrupcion del plazo para recurrir con fecha de la presentacion indebida del escrito y reanudand plazo pasados dichos tres días.
Podria ser incluso un truco dilatorio para enredar y dandole esta segunda opcion lo impides. La contraparte si no es penal, tiene tambien su oportunidad de oponerse y luchar el tema con lo que tambien la respetas un poco.
Saludos.