LA DIFICULTAD DE VER LO OBVIO

Discusiones sobre la Administración de Justicia, los Secretarios Judiciales, etc.

Moderadores: Top Secre, Terminatrix

Responder
Mensaje
Autor
Invitado

LA DIFICULTAD DE VER LO OBVIO

#1 Mensaje por Invitado »

ME HA GUSTADO TANTO QUE LO PONGO COMO NUEVO TEMA

"El ejercicio de la potestad jurisdiccional en todo tipo de procesos, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales determinados por las leyes, según las normas de competencia y procedimiento que las mismas establezcan."

Vale que en unos casos los secretarios somos parte de los Juzgados y Tribunales y en otros no. Vale que el Consejo contraponga con relación a las funciones Tribunales a Secretarios. Admitido que Juzgados y Tribunales equivalgan (salvo para Tirado) a Jueces y Magistrados, lo que no cabe duda es que "hacer ejecutar lo juzgado" no significa que el artículo 117 establezca que toda la actividad de ejecución deba residenciarse en jueces y magistrados, pues en este caso bastaría con que la dicción del 117 se limitara a decir juzgar y EJECUTAR lo juzgado. Por el contrario el Consejo realiza una interpretación interesada de la extensión de la jurisdicción retorciendo la dicción literal del mismo perjudicando directamente las legítimas aspiraciones de los Secretarios Judiciales y perpetuando una situación de privilegio inmerecida, innecesaria y directamente perjudicial para los intereses de los ciudadanos.
El Ministerio no puede erigirse en intérprete de la Constitución; su misión fundamental consiste en sentar las bases necesarias para que la prestación del servicio público sean las más adecuadas conforme a las necesidades y los medios disponibles, y en el momento y la situación actual desaprovechar a 4000 técnicos especializados en función de bastardos intereses corporativistas es un lujo que no se puede permitir.
La ejecución debe atribuirse en bloque al Secretario Judicial y los jueces DEBEN limitarse a dictar una ORDEN GENERAL DE EJECUCION con lo que queda cubierto el mandato constitucional de "hacer ejecutar" lo juzgado. Habría mucho que decir en los supuestos en que lo ejecutado no proviene de una decisión jurisdiccional (hipotecarios, arbitraje,titulos no judiciales...).
La intervención judicial, en todo caso, quedaría a salvo a través de los correspondientes recursos.
Puede ser una interpretación discutible, pero para mi es obvia. Lo es para el Consejo que conoce perfectamente la situación de la ejecución en los juzgados de nuestro pais, atasco, abandono por parte de los jueces ( yo bastante tengo con mis sentencias...) y el dilema que se nos presenta a los Secretarios: seguir desempeñando un trabajo no retribuido ni reconocido soportando la "supervisión" de los jueces o dejar a los jueces el trabajo que desprecian, que nos piden (en algunos casos exigen) que hagamos, por suspuesto en privado y en voz baja, pero que en público se rasgan las vestiduras (las togas) a la más mínima fisura en el montaje "jurisdiccional" de la ejecución que es obvio, se han sacado de la manga para mantener sus privilegios.
La sociedad tiene que saber la responsabilidad grave en que incurre el Ministerio al dar cabezazos ante los pronunciamientos del CGPJ atribuyéndole la cualidad de oráculo divino, cuando sus informes están teñidos de los más burdos intereses corporativos, que serían muy legítimos si no perjudicaran tanto al Cuerpo de Secretarios Judiciales y en último término a la sociedad.

Nautillus

y ejecutar lo juzgado

#2 Mensaje por Nautillus »

De entrada os diré que no soy secretario. Es cierto que la ejecución en todos los juzgados donde he estado la ha llevado el secretario. Así debe seguir siendo porque la potestad jurisdiccional está para resolver las cuestiones importantes. No estoy de acuerdo en que se atribuya al secretario porque vosotros no sois poder judicial y menos ahora que estais jerarquizados. Puede que recien salidos de la escuela sí, pero la verdad es que pasados unos años, lo cierto es que con vuestras funciones poco Derecho estudiais, no como los jueces, que cada día han de resolver sobre arduas cuestiones jurídicas.
Lo que no entiendo es por qué se exige esa oposición tan dura. Siempre estais protestando de lo poco que ganais y lo mucho que trabajais pero si trabajarais solo un poquito de lo que decís, los juzgados no irían tan mal como van.

Avatar de Usuario
Administrador
Mensajes: 1501
Registrado: Jue 06 Nov 2003 12:32 am
Contactar:

#3 Mensaje por Administrador »

Vaya, Nautillus... yo tampoco soy secretario pero diría que entrar en un grupo social, criticando a la concurrencia y generalizando no es la mejor forma ni de ganar amigos, ni de lograr que los mensajes sean admitidos/comprendidos.

PUFFFF

#4 Mensaje por PUFFFF »

DON´T FEED THE TROLL.......................... :twisted:

BUHO

#5 Mensaje por BUHO »

Consejo para evitar romper el hilo del tema: ignorar a gente que solo busca bronca y Nautillus la busca. Al ser ignorados sentirán gran frustación y se irán con sus insultos a otra parte.
Saludos

Invitado

#6 Mensaje por Invitado »

Publicado en la página de UPSJ:

Tal vez, en un breve momento, tuvimos la esperanza :D de que el órgano de gobierno de los Jueces y Tribunales, recientemente renovado, podría dejar de un lado por fin el corporativismo para centrarse en la labor constructiva de modernizar la justicia en todos sus ámbitos, teniendo en cuenta además que en su nueva configuración encontramos a un Secretario Judicial. Tal vez en algún momento tuvimos la esperanza :D de que la razón y la necesidad real de progresar en un sistema judicial desfasado serían elementos que harían meditar al nuevo CGPJ. Pero acabamos de ver o de sentir el primer puntapié a las reformas, la primera traba, debiendo lamentar :? , además, que nuestros compañeros de viaje en el quehacer jurisdiccional hayan sido una vez más quienes cuestionen la capacidad del Secretario Judicial.

Venimos advirtiendo y denunciando que el Anteproyecto emitido por el Ministerio es del todo insuficiente. Ni siquiera es una propuesta de mínimos para hacer funcionar la Justicia en nuestro país. El deslinde de funciones entre Juez o Tribunal y Secretario Judicial debería ser más acorde con la realidad y con las competencias que ya ejercemos de hecho, sin perjuicio de la potestad jurisdiccional reconocida a los Jueces y Tribunales en el Art. 117 de la Constitución, pero siendo realistas en la interpretación de aquel precepto y del concepto de Jurisdicción, evitando realizar una interpretación desmesuradamente extensiva de la potestad jurisdiccional.

Pues bien, si parco y cicatero resulta el Anteproyecto, el informe realizado por el CGPJ al mismo es absolutamente rechazable. :twisted:

Dos son las conclusiones básicas que podemos extraer de su examen: la primera de ellas, la preocupación del Consejo por salvar la "responsabilidad" de Jueces y Magistrados; y la segunda, la falta de explicación razonable en aquellos casos en que hay oposición a las reformas por motivos "jurídico-materiales".

En cuanto a la primera conclusión, debemos señalar que el CGPJ, más allá de pretender aportar propuestas constructivas, ha vuelto a hacer oídos sordos y parece querer aprovechar la modificación de las leyes procesales para clarificar un régimen de responsabilidades, volcado exclusivamente, eso sí, en la figura del Secretario Judicial, pero dejando para el Juez o Magistrado la superior dirección del procedimiento, en una suerte de "responsabilidad irresponsable". Pues se propone en el informe una revisión de oficio de prácticamente la totalidad de las resoluciones que se atribuyen al Secretario Judicial, todo ello en base a un extensísimo -y desenfocado- concepto de la "potestad jurisdiccional", cajón de sastre para justificar cualquier reserva de competencias, o para impedir el traspaso de las mismas a un operador jurídico superior que, no debe olvidarse, también integra el órgano jurisdiccional.

En cuanto a la segunda conclusión, el CGPJ no hace justicia al Cuerpo Superior Jurídico de Secretarios Judiciales, que vuelve a ser despreciado en el informe, pues trata de evitar que los Secretarios ostenten determinadas competencias, pero basándose en :oops: explicaciones carentes de sentido. Habla en su informe de relaciones jurídico materiales, intentado conservar para Jueces y Magistrados determinadas funciones que el Anteproyecto atribuye a los Secretarios Judiciales como si de su patrimonio exclusivo se tratara, confundiendo las instituciones jurídico-materiales con las instituciones jurídico-procesales. Lo cual evidencia un desconocimiento de los límites de la actuación procesal, pues se mezclan y confunden conceptos jurídicos como proceso y procedimiento, diferenciación bien conocida por la totalidad de Secretarios Judiciales.

Y finalmente, el tratamiento de la Fe Pública Judicial no puede ser más que calificado de lamentable. Se limita a discutir el elemento de la firma electrónica, sin plantearse la verdadera necesidad, mucho más profunda, que va más allá de determinar si el Secretario debe estar físicamente presente o no en las vistas, sin meditar que lo necesario es la regulación de la Fe Pública Judicial de una forma adecuada a la realidad de nuestros tiempos, resultado de la meditación, reflexión, estudio profundo y discusión, pero teniendo siempre claro que debemos avanzar hacia la agilización de la Administración de Justicia y no perpetuarnos y cerrarnos en un sistema acabado.

Basta observar la preocupación del Consejo por el mantenimiento para Jueces y Magistrados de facultades como la de ordenar la trascripción de parte de las actas :oops: : intenciones como esta evidencian el poco o nulo interés por el aprovechamiento de los recursos de la Administración de Justicia para contribuir a resolver su triste inoperancia.

El Consejo General el Poder Judicial ha emitido un informe en su labor o función consultiva que deja un amargo sabor a un Cuerpo que, como ya se señaló, trabaja junto a Jueces y Magistrados para procurar diariamente que nuestros Juzgados y Tribunales aporten un servicio digno a los ciudadanos. Vuelve, una vez más, a mostrarnos la cara de quien no aparcan el corporativismo a un lado :twisted: , a costa de sostener un sistema que hoy por hoy ya está agotado.

Avatar de Usuario
Magistrado Granollers
Mensajes: 2184
Registrado: Mié 07 Abr 2004 6:53 pm

#7 Mensaje por Magistrado Granollers »

Las cosas como son, es irrazonable que hoy en día se pretenda que un Juez lleve en su cabeza un alarde vivo del Juzgado, y me parece lógico y coherente que con la nueva configuración de la oficina judicial (Insisto en esto), en la que no pinta nada, sólo deba responder de aquello que está encima de su mesa y no obstante, lo deja sin resolver. Ahora bien, lo que no comparto y me parece una aberración es pretender que esa separación nítida de lo que es de su responsabilidad y lo que no, no conlleve de forma automática que quien pasa a responder de lo otro (El Secretario como Jefe de oficina y por debajo suyo los Gestores) no tenga las mas elementales capacidades e independencia de resolución para poder hacer frente a sus obligaciones.

Vuelvo a insistir en ello: En mi opinión, un Juez debe decidir si una ejecución se despacha o no, y el incidente de oposición que se suscite, pero lo demás debería decidirlo el Secretario con resoluciones propias y una alzada ante el Juez como mucho (Y no para todo). Y por supuesto, el sueldo del Secretario debe reflejar esas funciones y responsabilidades. No hacer esto SI es desaprovechar un cuerpo de formación jurídica superior, lo demas son memeces.

ivest2
Mensajes: 90
Registrado: Mar 30 Nov 2004 8:34 pm

#8 Mensaje por ivest2 »

suscribo lo que dice Magistrado Granollers. Si habéis leído mi mensaje, q pasará cuando el Juez se quede sólo y a su mesa llegue mucho más de lo que llega ahora pq el Secretario ya no está con él para ayudarle y el del Servicio común no tiene competencias para resolver?

Responder