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ANDRÉS DE LA OLIVA
Publicado: Vie 09 Ene 2009 12:40 am
por Invitado
"ANDRÉS DE LA OLIVA SANTOS Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Complutense
Jueves, 08-01-09
Por débil que sea la personal esperanza en una regeneración social e institucional (Consejo General del Poder Judicial incluido), hay momentos en que el silencio podría parecer indiferencia y aceptación. Lo que ahora mismo sucede en relación con la Justicia me impone no callar.
Sin duda, es legítimo discrepar de las decisiones del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), recurribles ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Supremo. No es legítimo, en cambio, pretender que el CGPJ rinda cuentas ante el Parlamento. Porque el CGPJ es (lo dice la Constitución Española y el Tribunal Constitucional) el principal órgano de gobierno del Poder Judicial, creado para garantía de la independencia judicial y, en un régimen de separación de poderes, esa separación y esa independencia dejarían de existir si lo que decide el CGPJ estuviese sometido al control parlamentario.
Dedíquese el Congreso de los Diputados al control del «Gobierno de España» y, si se quiere, ocúpese, junto con el Senado, de saber qué hacen, en relación con la Justicia, los gobiernos autonómicos con competencias en esa materia. Pero la pretensión de que comparezca ante el Congreso el Presidente del Tribunal Supremo (TS) y del CGPJ para dar cuenta, bien de resoluciones judiciales, bien de acuerdos del mismo CGPJ, es contraria a la Constitución Española (CE). Lo dije hace años cuando por vez primera otros protagonistas promovieron tal comparecencia y lo repito ahora. La Constitución y el sentido de la función constitucional del órgano que representa, debieran impedir al Presidente del TS y del CGPJ acudir al Congreso de los Diputados a causa de un ilegítimo requerimiento parlamentario.
Si una decisión disciplinaria del CGPJ fuese completamente errónea a causa de los defectos de la ley que establece las faltas y las sanciones, la responsabilidad sería del Parlamento, que hace las leyes, y del Gobierno, al que corresponde la principal iniciativa legislativa. De modo que estarían de más, en ese supuesto, los ataques al CGPJ y a los jueces. Pero cabalmente, es de ese supuesto del que parte el Gobierno cuando, sin el mínimo respeto a otro poder del Estado, anuncia una reforma urgente de la ley disciplinaria de los jueces.
Hay que buscar, pues, la causa de los ataques al margen de la coherencia y la racionalidad. Personalmente, me parece que el sentido de esos ataques es triple: en primer lugar, desviar la atención de las responsabilidades propias en diversas crisis muy graves, como la económica, vergonzosamente tratada en fondo y en forma, la del tristísimo «liderazgo» español en el aumento del tráfico y consumo de drogas o la del incremento de la criminalidad. En segundo lugar, se busca neutralizar, por acobardamiento ante la presión política, el recto ejercicio de la potestad de aplicar el Derecho. En palabras menos precisas, pero quizá más comprensibles: se busca, una vez más, neutralizar la Justicia constitucional, falible sin duda, pero también, a la postre, independiente. Por último, esos propósitos enlazan con el designio de desarmar lo poco que queda de Estado unitario dentro del «Estado de las Autonomías», para ofrecer más poder a los nacionalismos.
Mientras los Jueces se preocupan por graves motivos y discuten actuaciones, ya está en el Congreso de los Diputados un «Proyecto de Ley de Reforma de la Legislación Procesal para la Implantación de la Nueva Oficina Judicial». Ante la magnitud de tal proyecto, que ocupa 136 páginas del Boletín del Congreso, se diría, que va más allá de regular la disposición interior de las oficinas que los Jueces y Magistrados necesitan para juzgar y hacer ejecutar lo juzgado.
Y, en efecto, lo que sucede en realidad con esa iniciativa gubernamental es que, junto a algunas innovaciones positivas, entraña un cambio gigantesco del instrumento ineludible de la Justicia que es el proceso. Y ese cambio no es otro que transferir al Secretario Judicial innumerables decisiones que, desde hace casi dos siglos, vienen adoptando los Jueces o los Magistrados. A título indiciario, vean este dato: la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil menciona 73 veces al «Secretario Judicial». Si se aprobase el artículo decimotercero del Proyecto, con sus 398 apartados, los términos «Secretario Judicial» aparecerían 396 veces en la citada Ley.
Por supuesto, la Exposición de Motivos del Proyecto pretende que no se sustrae a los Jueces y Magistrados nada esencial para administrar justicia o, lo que es igual, ejercer la potestad jurisdiccional. Estoy en radical desacuerdo con tal afirmación. No es éste el lugar para discutir el Proyecto, punto por punto. Pero puedo adelantar algo del fundamento de mi desacuerdo y de mi preocupación.
Conforme a doctrina pacífica (hasta ahora), los Jueces y Magistrados constitucionales (los del art. 117 CE) no juzgan sólo cuando dictan sentencia sobre el fondo, sino cuando se ocupan de que cada proceso, de principio a fin, siga los derroteros legales. Que el proceso esté en manos de los Jueces constitucionales, por más que les ayuden otros servidores del Estado, ha venido siendo una principalísima garantía para todos, sin la cual no estamos debidamente protegidos. La vieja pretensión de que los Secretarios Judiciales se consideren tan integrantes de los «Juzgados y Tribunales» (aptdo. 3 del art. 117 CE) como los «Jueces y Magistrados integrantes del Poder Judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley», que son los llamados a administrar justicia (aptdo. 1 del mismo art. 117 CE), es contraria a cualquier interpretació n razonable de ese precepto constitucional.
Pero ocurre, además, que, por poner ejemplos de novedades proyectadas, resulta inaceptable encomendar al Secretario Judicial la admisión de la demanda, el embargo de bienes o el señalamiento de los actos orales y públicos que el Juez preside y en los que adopta decisiones importantes o adquiere elementos de juicio para dictar sentencia. Esto último pugna con la razón y con la jerarquía más elemental. Y los dos ejemplos anteriores muestran que, en realidad, decisiones de gran importancia y con influencia más allá del proceso, se arrebatan a los Jueces constitucionales, sustituyendo incluso el juicio de éstos sobre su propia jurisdicción y competencia y atribuyendo a funcionarios jerarquizados la potestad jurisdiccional que es necesaria para embargar un inmueble, una cuenta bancaria o un sueldo.
Es decir, que, con el pretexto de la Nueva Oficina Judicial, se quiere cambiar el oficio de administrar justicia e instaurar a los Secretarios Judiciales como Nuevos Jueces de lo Procesal e incluso de lo que trasciende a lo procesal. A lo largo de mi vida he manifestado, con obras, el mayor respeto y consideración a los Secretarios Judiciales. Pero no se trata de preferir a unos sobre otros ni de si unos lo harán mejor que los otros. De lo que se trata es de rechazar que una ley entregue decisiones a todas luces jurisdiccionales, confiadas a los Jueces y Magistrados por la Constitución, a funcionarios hoy dependientes del Ministerio de Justicia. Funcionarios que, paradójicamente, justo por no ser Jueces ni Magistrados, podrían pasar al ámbito de las Comunidades Autónomas, siguiendo el discutible rumbo que marcaron en su día, seguramente sin quererlo, las Sentencias 56 y 60/1990 del Tribunal Constitucional, al distinguir entre «Administració n de Justicia» y «administració n de la Administració n de Justicia»."
__._,_.___
Publicado: Vie 09 Ene 2009 12:46 am
por Invitado
¿Qué respondería a esto el Sr. de la Oliva?
Publicado: Vie 09 Ene 2009 2:45 am
por Invitado
Al margen de otras cosas ¿ Cuando ,al tiempo de inspirar precisamente el Sr de la Oliva la Lec 2000,los secretarios judiciales no estaban jerarquizados, e incluso propugnó la supresión de las propuestas de resolución, estaba conteniendo a duras penas su deseo de atribuir al secretario esas funciones que ahora le son incompatibles debido a su jerarquización?
Lo digo con toda sinceridad: he admirado en muchas ocasiones la coherencia de este profesor en muchos de sus trabajos, pero no puedo hacerlo en esta ocasión, y mucho me temo que sus ideas en este punto sean la voz de su amo y acaben imponiendose y desbaratando ese proyecto de reforma.
Al fin y al cabo es lo que tiene no haberse adoptado- nunca se hará - la decisión de suprimir la función secretarial, duplicando con estos efectivos el número de jueces.Pero claro esto no interesa al control político. En esto no le falta razón a Don Andrés...
Publicado: Vie 09 Ene 2009 12:44 pm
por .Candido
El mosqueo del caballerete se debe simplemente a que la reforma desbarata su querida maxima de que todo lo procesal es jurisdiccional, con la que tanto nos fastidio en la LEC
En definitiva un exponente de que la reforma va en el buen sentido.
Saludos exponenciales.
Publicado: Vie 09 Ene 2009 2:06 pm
por ALCAUDÓN
Dice el ilustre porcesalista "... resulta inaceptable encomendar al Secretario Judicial la admisión de la demanda, el embargo de bienes o el señalamiento de los actos orales y públicos que el Juez preside y en los que adopta decisiones importantes o adquiere elementos de juicio para dictar sentencia. Esto último pugna con la razón y con la jerarquía más elemental. ..."
¿No resultaba que es inaceptable porque, precisamente, estamos jerarquizados fuera de la figura del juez, en órganos dependientes directamente del ejecutivo? No. Ahora resulta que es prque estamos doblemente jerarquizados, de manera "legal", es decir Secretario Judicial chusquero, Secre coordinador, Secre de gobierno, Secertario General de la admon de justicia; y "elementalmente" jerarquizados, esto es Secretario Judicial -Juez.
Así que ¿cómo vamos a osar nosotros admitir demandas, o señalar actos públicos que daban presidir los jueces? Es cierto que con los juicios rápidos ante el juzgado de lo penal, el día y la hora lo da un funcionario anónimo en un teléfono del decanato, o una agenda electrónica... pero es posible que los juicio orales penales no deban ser presididos por los jueces; estaré equivocado, porque si no el Ilustre procesalista hubiera gritado "jamás!!!!"
Por supuesto, todas las demandas en los juzgados mixtos y, en parte, en los primeras instancias, son vistas exhaustivamente por los Jueces o Magistrados-Jueces, que para eso son los que firman el auto... ¿de dónde se ha visto que las admita y/o minute un Secretario? eso será en otro país, pero en España "Jamás!!!" Embargos y mejoras de embargos ¡qué desfachatez! ¿cómo va a ser el humilde Secretario el que los vea y los valore? ...
Alguien debería darle una vuelta por los juzgados al Sr. de la Oliva, simplemente pra que vea los montones de demandas en qué mesa quedan, si en la de la señoría independiente e inamovible, o en la de la señoría jerarquizada por partida doble...
Un saludo!
Publicado: Vie 09 Ene 2009 3:07 pm
por BUHO
Si se me permite la expresión, el Sr. Catedrático chochea, o no ha salido nunca de su cátedra, o lo que es peor, es la voz de su amo, como ya se indica más arriba.
Porque precisamente viene a poner unos ejemplos: los embargos, cuando resulta que los hace "alguien" de la Tesorería de la Seguridad Social, del Ayuntamiento, de la Jefatura de Tráfico. Pero, claro. como lo va ha hacer un ignorante Secretario Judicial. A ese Señor Catedrático le sentaba en mi despacho, para que viera a quien preguntan los funcionarios y quien dice cuando y qué se embarga. Igual que quien fija los días de Juicio.
Por cierto, en su palacio de leyes, el buen señor no se ha enterado que los juicios de faltas inmediatos los señala la policia y que los de las D. Urgentes en el penal, cualquier funcionario de Instrucción, previa visión en el ordenador, del horario que se ofrece en pantalla.
Desde luego el tio nos ama.
Saludos
Publicado: Vie 09 Ene 2009 4:16 pm
por Magistrado Granollers
No tengo nada que decir sobre la calidad de Andres de la Oliva como procesalista, y ademas no soy quien para ello. Pero si quiero contar una anécdota sobre una conferencia que dio en la Escuela Judicial en la que yo estuve presente, sobre esta nueva LEC 2000 cuando se promulgó.
Pasó buena parte de su discurso insistiendo en la experiencia positiva de los juicios orales y ágiles en lo laboral, de los beneficios de ese modelo y de lo avanzada que es esa jurisdicción en tantas y tantas cosas, y cuando acaba la conferencia me acerco y le pregunto por qué no han extendido esa asimilación al sistema de recursos, haciendo para muchos asuntos no una doble instancia sino un sencillo recurso de interpretación juridica por motivos tasados, simplificando las cosas y liberando muchos puestos en las Audiencias Provinciales (Como la suplicación en social, que tan buenos resultados ha dado). Y me contestó: "Bueno, si, pero es que ¿sabe? en realidad no podemos comparar la jurisdicción civil a la social"
En fin...
Publicado: Vie 09 Ene 2009 8:24 pm
por angel
El problema que tienen todos los proyectos ,es que los hacen personas, que estan completamente desconectadas de la realidad.
La literatura para los que escriben novelas
Publicado: Vie 09 Ene 2009 8:46 pm
por Invitado
Lo realmente importante, es que la derecha académica ya se está posicionando en contra del proyecto y al lado de las posiciones más rancias y corporativas de la derecha judicial. Que la derecha política aprovechará esta circunstancia para torpedear el proyecto y oponerse al mismo con el fin de desgastar al Bermejo y al Gobierno, y que al final, si esto no sale adelante, los que nos quedaremos con dos palmos de narices seremos nosotros.
Mientras tanto, el Colegio seguirá con sus disquisiciones sobre si la presencia del secretario en las vistas grabadas con firma digital es totalmente necesaria, y se olvidará de lo realmente importante, es decir, también les hará el juego al PP y a los jueces.
Parece ser, por lo que han puesto en su página web, que la UPSJ ya se ha dado cuenta que hay que apoyar a muerte el proyecto. A ver si los colegiales espabilan un poco y también se dan cuenta. Nos va mucho en ello.
Publicado: Vie 09 Ene 2009 11:49 pm
por Invitado
Y por qué no son consecuentes y aplican toda la teoria de La Oliva al caso Mari Luz? QUE VALOR TIENEN ALGUNOS. A muchos ilustres catedráticos les`pondria yo por una pequeña temporada en un Juzgado de Instrucción o de Penal de agarrate a ver dónde quedaban todas sus maravillosas teorias. PERO SIGO PENSANDO QUE HABRIA QUE "HABER CONTRATADO" A ESTE ILUSTRE PERSONAJE PARA QUE HUBIERA ESTABLECIDO LA LINEA DE DEFENSA DE JUANA GALVEZ. Propongo que tendríamos que tener en "nomina " a éste señor porque aplicando sus teorias al no ostentar competencia alguna lógicamente seríamos absolutamente irresponsables. Y ya veremos en que queda la cacareada reforma porque a dos catedráticos que salgan contándonos las maravillosas teorias se va todo al carajo.
Publicado: Sab 10 Ene 2009 2:21 am
por Neo
Tuve el dudoso honor de tener al Sr. De la Oliva como profesor de Derecho Procesal Civil, por esto no me ha extrañado que al abrir su artículo se me haya llenado de caspa el ordenador. Este artículo destila mediocridad y sectarismo. Nace de una visión del funcionamiento de la Justicia totalmente alejada de la realidad, ligada a los muchos males que afectan a la Universidad en España (quizás otro día sería un tema interesante). Su mayor aportación es criticar,después de haberse dedicado a contar una por una, el incremento de las veces en que aparece el nombre de secretario judicial.
Todo éste artículo, el tono, la superficialidad de los argumentos revestidos de solemnidad me hace recordar los finales de los 90´cuando con ingenua ilusión acudí a una Conferencia del CEJ que daba un tal Banacloche (acólito de nuestro protagonista) sobre la nueva LEC. Hablando con él, antes de empezar nos estaba contando que era uno de los colaboradores en la redacción de la Ley, y después de preguntarnos, se mostró encantado al enterarse que los Secretarios Judiciales éramos licenciados en Derecho, incluso nos contó que un día estuvo en un Juzgado acompañando a un amigo abogado.
Estos señores no duraban ni cinco minutos en una Universidad de Estados Unidos, en cambio aquí, se dedican a cultivar su patética cuota de poder como catedratico vitalicio y a utilizar su posición como un púlpito para defender, con argumentos rancios y gastados, posiciones enquistadas totalmente ajenas a la realidad.
Tipos como éste nos empujan a los brazos de Bermejo.
Publicado: Sab 10 Ene 2009 1:04 pm
por Invitado
Este, bueno, parece que más bien quiere acabar con la pequeñita reforma que lleva adelante el ministerio desde 2003...y no sé muy bien en qué brazos (o garras) quieren echar a los secretarios esas mentes pensantes que ven con malos ojos que asumamos más competencias, francamente no lo entiendo, qué desconocidos somos y qué menospreciados, por los sectores tradicionales que han partido el bacalao siempre
Publicado: Sab 10 Ene 2009 2:33 pm
por Magistrado Granollers
Dejando al margen las posiciones políticas y doctrinales de este señor, justo es reconocer que la LEC 2000 (Aunque es una norma que no me gusta nada) no es tampoco exactamente la que él diseñó, sino el resultado de las muchas enmiendas y transacciones introducidas despues en el trámite parlamentario. Quiero decir con ello que no es una ley internamente coherente, pero no por culpa del autor, sino de la nefasta técnica legislativa que adorna nuestras Cortes democráticas desde hace muchos años. Por ello, y con independencia de que se consideren acertados o no sus postulados doctrinales (Que yo no comparto), tampoco los fallos graves y las incoherencias de la LEC se le pueden atribuír por completo a De la Oliva. Otra cosa son las orientaciones doctrinales como la práctica eliminación del Secretario como agente activo del proceso, el exceso de garantías innecesarias en el trámite de la ejecución, etc., propia de quien no tiene ni puñetera idea de cómo funciona un Juzgado de a pié, o vive en los mundos de Yupi pensando que se crearán tantos como para que un Juez de verdad pueda hacer todo lo que marca la ley o que todo el mundo es bueno y paga, siendo un simple contratiempo excepcional que alguien no lo haga o no tenga dinero con que hacerlo.
Y lo peor es que ahora habrá que engarzar la Bermejada (Modificación a toda prisa de las leyes procesales para aplicar la reforma de la oficina de 2003) en una ley que está hecho justo con el postulado contrario, es decir, con la pretensión de que el Secretario no pinte nada o casi nada. Si ya existían tensiones y contradicciones internas en la ley, tras la reforma de ahora esto va a ser la bomba. Mas hubiera valido crear una nueva LEC de arriba a abajo para la nueva oficina, en lugar de al revés, ya que crear primero el proceso y después adaptar a él el órgano llamado a aplicarlo, suena poco menos que a chiste.
Publicado: Sab 10 Ene 2009 6:57 pm
por Invitado
Por sus hechos les conoceréis: Magistrado se niega a hacer un juicio de valor sobre la valía de De la Oliva como procesalista. Pues bien, su valía se mide con su logro procesalista: SU LEC 1/2000.
Tengo el dudoso honor de haber aprendido Derecho Procesal en la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid donde este individuo llamado De la Oliva ejerce como factótum desde hace una eternidad. Como yo hemos sido muchos los que nos hemos sometido al aprendizaje del derecho procesal con sus manuales.
Su calidad como catedrático estuvo y está al servicio de una determinada ideología ultraconservadora en cuanto al modo de ver la administración de justicia, en la que todo debe estar en manos del juez. Dedicó sus manuales y sus clases a despotricar contra la organización judicial regulada en la LOPJ de 1985 y reformas posteriores y se afanó con desmesura a una crítica desmesurada de la LEC de 1881. Todo era desastroso, todo estaba mal, las reformas eran parches, y tal y cual.
Cuando tiene la oportunidad de hacer algo y le regalan la posibilidad de ser el ideólogo de la nueva LEC, nos sale con la LEC 1/2000, que es igualmente un bodrio, lejos de ser el sistema completo que nos dice su Exposición de Motivos. Y no vale lo que dice Magistrado, porque el proyecto sin enmiendas ni transacciones era igual de malo que lo que vino después. A día de hoy todavía andamos interpretando lo que se puede y no se puede hacer en determinados casos, dada la "claridad" del sistema procesal civil que nos ha regalado el señor de la Oliva.
En cuanto a la perla de ahora, es más de lo mismo. Tanto respeto tenía y tiene por los Secretarios Judiciales que se quitaron de enmedio en la LEC 1/2000: cierto que fue el resultado de una enmienda, pero no es menos cierto que respondía plenamente a sus críticas previas a las propuestas de resolución y a la LOPJ.
Todo ha de ser cosa del juez, está por encima de todo y todos. Así que hay una total coherencia en su ideario.
Espero que alguien me pueda explicar el motivo por el cual en España personajes tan sectarios y tan poco conocedores de la realidad de los tribunales, pueden tener todavía algún crédito. Espero que alguien me explique cuántas veces se ha personado el Sr. de la Oliva Santos en un Juzgado para conocer su verdadero funcionamiento y problemas. Aplicable al señor de la Oliva, y a sus acólitos como el no menos penoso Julio Banacloche Palao.
Y así nos va. Desde fuera unos iluminados demagogos hacen sectarismo ideológico y nos plantan sus reformas sin ton ni son sin haber pisado un juzgado. Luego llegan los problemas. Pero claro, como a nivel político siempre hay que hacer algunas concesiones, estos personajes siempre podrán decir que sus reformas no funcionan porque no se ha llegado a aplicar la totalidad de lo que postulaban. En fin, que por ellos no es la cosa.
Este individuo no es sino uno de tantos otros en España que sólo aparecen para denigrar, es el prototipo del criticón, que sólo aparece para exponer críticas y puntos de vista negativos y son incapaces de proponer soluciones positivas porque para ellos lo único válido es su propio sistema, su forma de ver las cosas. Todos los demás están equivocados y son incapaces de llegar a ningún consenso sobre nada porque otras ideas son siempre desastrosas. Por lo menos en este caso, hemos tenido la oportunidad de ver de lo que es (in)capaz este sujeto cuando puede tener el BOE a su disposición.
(...y lo que digo de este De la Oliva, vale para otros casos del partido contrario: Álvaro Marchesi y la LOGSE, por ejemplo de dogmatismo absurdo que nos lleva inexorablemente al desastre)
Publicado: Sab 10 Ene 2009 10:56 pm
por angel
Cuando digo personas desconectadas de la realidad , me refiero a todas las que intervienen en la cadena y por supuesto tambien a los que estan en las camaras ,sobre todos ellos estan desconectados de la realidad ,
con la agravante de la ideologia ,el oportunismo y la desconsideracion hacia el ciudadano . ¿DONDE ESTAN LOS PROFESIONALES?. Los politicos son una casta y solo defienden sus intereses ; con los Juzgados hacen lo que quieren,nos meten todo , no nos dan medios y ellos saben que al final consiguen lo que quieren ,porque si saben ,que son reinos de taifas (los juzgados ,no tenemos protocolos de actuacion ,que estos vienen a acotar en cierta medida tu responsabilidad,al no tener protocolos te pueden pedir responsabilidad por todo y segun les venga bien) todo caotico y luego las pugnas entre los diferentes colectivos,divide y venceras.
Mientras nos enfrentamos entre nosotros no les molestamos , la unica excepcion fue el 21 oc , pero me ha dado cuenta que en el fondo solo eran intereses individuales de colectivos.
SEGUIMOS IGUAL ,TODOS SOMOS DECADENTES Y LOS PERJUDICADOS TAMBIEN NOSOTROS.
Aclaro que hablo de los juzgados con todos los trabajadores que los integran,desde el Juez/a hasta el señor/a de mantenimiento
ANDRES DE LA OLIVA RANCIA
Publicado: Dom 11 Ene 2009 12:55 am
por ROBERT DE BRASILLAC
No se como sorprende las opiniones sobre el Secretario Judicial de este profesor, que representa la corriente mas conservadora del pensamiento procesalista español actual.
Basta que se le siga su trayectoria para entender que para este señor el Secretario Judicial, es poco menos que el escribano ilustrado del juzgado. Su concepto de juzgado esta mas cerca de la antiguedad clasica, que de un mundo informatizado.
Ya cuando era vocal del CGPJ,no se caracterizaba por su simpatia al Secretariado. ¿Influira su Ilustrisima esposa, Magistrada del sector mas conservador, y exministra de Justicia, en su adversion a un Secretario Judicial modernizado?.
Publicado: Lun 12 Ene 2009 12:00 am
por El Extraterrestre
Si es cierto que el señor de la Oliva está casado con una Magistrada sería humanamente explicable la visión distorsionada que tiene de los órganos judiciales, pues podría venir matizada por su contemplación a través de los ojos de su mujer y del amor conyugal. Habla el hombre de un “cambio gigantesco en el proceso”, ignorando que ese proceso al que se refiere no existe desde hace muchos años más que en su mente y fecunda imaginación o en las teorías de una cátedra quijotesca que ve gigantes en donde sólo hay molinos. Se escandaliza de que se encomiende al SJ la admisión de la demanda. En mi larga andaina por diferentes Juzgados nunca he visto que un Juez admitiese a trámite una demanda. No digo que no haya Jueces que lo hagan. Lo que afirmo rotundamente es que nunca lo he visto en los Juzgados en los que he trabajado ni en los Juzgados de alrededor. En todos los casos, cuando entra una demanda en el Juzgado, y salvo supuestos excepcionales, se entrega a un Tramitador o Gestor que pone en marcha el proceso acordando la admisión de la demanda. Si hay alguna duda, se consulta al SJ. Si hay medidas cautelares, se consulta al Juez. Por otro lado ¿Por qué tiene que ser de otra manera? La mayoría de las demandas no entrañan ninguna complicación especial que exija la intervención del Juez ni del SJ. Por eso, cuando se habla de importantes reformas consistentes en que la admisión de la demanda se encomienda al SJ, a los Tramitadores y Gestores les da la risa, pues hace años que es una función que vienen desempeñando en solitario, es decir, es una reforma que lo único que cambia es quien firma.
En cuanto a que los ciudadanos no van a estar debidamente protegidos porque el SJ tenga la competencia formal de admitir una demanda o acordar un embargo, puede estar tranquilo el Sr. Oliva pues el SJ, en sus funciones procesales y de fedatario, no tiene más dependencia del Ministerio de Justicia que la que tiene el Juez del CGPJ. Diría aún más. Peligra más la independencia del Juez por presiones del CGPJ que la independencia del SJ por presiones del MJ. El CGPJ es el principal peligro de la independencia judicial. Es más fácil que desde el CGPJ se intente presionar a un Juez (por ejemplo, enviándole una inspección para coaccionarlo, caso que ya ha ocurrido alguna vez) que desde el MJ se intente algo similar con el SJ a quien, en último término, amparan las propias garantías que se otorgan al Juez que trabaja a su lado y es el último garante de la regularidad del proceso. No es fácil de imaginar que un SJ actúe por presiones externas al Juzgado sin que tenga mecanismos para rechazarlas como un Juez. En cualquier caso, si se trata de admitir una demanda, a quien hay que reforzar en su independencia será al Gestor y al Tramitador, que son quienes vienen admitiendo a trámite las demandas.
Por último, simplemente recordar que hasta hace todavía pocos años no se permitía que un SJ pudiese acordar ¡unir un exhorto a autos! Los Olivas y Aceitunos diversos aseguraban que era una función jurisdiccional pues la unión de un exhorto (por ejemplo, emplazando a un demandado) podía tener importantísimas consecuencias procesales. A la vista de ello, cuando el Sr. Oliva escribe que “el proceso esté en manos de los Jueces constitucionales, por más que les ayuden otros servidores del Estado”, sería interesante que nos aclarase en qué consiste tal ayuda: ¿Hacerle parte de su trabajo y que el Juez firme? Si el SJ ha estudiado tanto Derecho Procesal como el Juez (antes estudiaba más) ¿Qué trabajo de tipo jurídico ha de desarrollar en el proceso? ¿Cómo puede aprovecharse en términos de recursos humanos el capital intelectual que puede aportar el colectivo de SJ para el mejor funcionamiento de la Administración de Justicia?
Es imposible mejorar la Administración de Justicia desde el mundo de la retórica, resulta urgente actuar en la realidad.
suma y sigue
Publicado: Mié 21 Ene 2009 7:26 pm
por Invitado
Ahora el tal banacloche,ese que recien se ha enterado de que los secretarios son lisensiados, escribe su cagarruta en el abc.es.
Que mala pinta tiene esto...
Publicado: Mié 21 Ene 2009 7:56 pm
por ALCAUDÓN
http://www.abc.es/20090121/opinion-firm ... 90121.html
Este es el artículo en concreto. Bastante bien valorado (no se si editorialmente o por los lectores), por cierto.
Como diría un docto ex presidente (ex pte., para más señas) este artículo y el de De la Oliva son la misma...cosa.
Un saludo.
Publicado: Jue 22 Ene 2009 1:26 pm
por .Candido
No se porque perdeis el tiempo con estos universitarios. El mal endémico de España es la educacion y dentro de ella la universidad. Esta si que es un reino de taifas donde cada catedrático ejerce como un pequeño despota danto y quitando becas y colocando a los suyos. Luego se organizan en banderías, escogiendo una idea mas o menos pintorecas y dedicando sus investigaciones (por llamarlas de alguna forma) a defender la causa.
Basta ver el nivel de los recien licenciados o la practicamente nula aplicacion en la practica de tan fructiferas investigaciones, para atisbar la completa nulidad (salvo honrosas y escasas excepciones) de la universdad española y sus integrantes.
Lo mejor es no hacerles caso y una vez que aprueben (si es que la aprueban) la reforma retomar todas estas chorradas y llevarlas al ministerio para demostrarle al ministrin que efectivamente ejercemos funciones jurisdiccionales y que como tales debemos cobrar.
Esta sera la mejor forma de darle dos bofetadas al aceituno ese y a su corte de ruines y mezquinos aduladores.
Saludos univeristarios.
Publicado: Jue 22 Ene 2009 4:32 pm
por Magistrado Granollers
Y lo gracioso del asunto es que esa figura "histórica" del Secretario Judicial ya la quisierais vosostros de vuelta, pero eso si, COMPLETA.
Me refiero a algo que mucha gente tiene ya olvidado, cuál es el origen de la figura del Secretario y su paralelismo con el Notario, algo que tiene su reflejo todavía hoy en el art.1 de la la ley del Notariado.
En su origen, el Secretario detentaba la fé pública judicial y la dirección de la oficina, con sometimiento jerárquico al Juez, si, pero sólo en lo procesal. En la realidad, el Secretario hacía y deshacía, contrataba y expulsaba personal como un Notario a los oficiales de Notaría , y cobraba a arancel (Tambien los oficiales de Justicia, con nombre no casualmente paralelo, iban a arancel). Cuando mi tio-abuelo tomó posesión como Juez en un pueblo importante de provincias en 1947, en el lugar sólo habían tres coches: El del Notario, el del Registrador....y el del Secretario Judicial. Y de los tres, el que mas ganaba era el Secretario.
Quitada la denominación, el Secretario Judicial no tenia el poder del Juez, pero sí el del Notario o mas, y eso se reflejaba tanto en la exigencia de la oposición, como en la calidad y el prestigio del cuerpo. Los abogados sabían que en todo lo que se tramitaba en el juzgado excluídas las Sentencias, el Secretario era a quien debían dirigirse y tener de cara, de quien podían esperar comprensión pero a la vez a quien debían justificar lo que pretendían. Ese es el Secretario que, por carga de trabajo, retribución y formación debía dar cuenta y ser señor y controlador absoluto de los expedientes -como un Notario en su Notaría-, el Secretario bien retribuído y con autonomía funcional y prestigio.
¿Quiere el Sr. De la Oliva una vuelta en lo procesal a los orígenes del cuerpo? De acuerdo, pero hagámoslo en todo. Porque de lo contrario, seguiremos devaluándolo de forma innecesaria, y desaprovechando demasiado talento, masacrando una figura cuyas razones históricas siguen siendo hoy válidas, por mucho que los Sindicatos se haya empeñado en proletarizarlo.
¿No se habla tanto de provatizar la administración y equiparar su gestión a la empresa? Ahí estan los mdoelos de las Notarías y Registros, paradigma de eficacia por la autonomía presupuestaria y funcional de sus directores, y ese era el modelo de los Juzgados no hace tanto.
Si es que al final.....ya está todo inventado

.
Saludos
Publicado: Mié 28 Ene 2009 1:21 am
por Invitado
"Ley de 28 de mayo de 1862, Gaceta de Madrid del 29/5/1862.
TITULO I
DE LOS NOTARIOS
Art.1 El Notario es el funcionario público autorizado para dar fe, conforme a las leyes, de los contratos y demás actos extrajudiciales.
Gimeno Sendra
Publicado: Mié 04 Feb 2009 5:06 pm
por Infiltrado
Según me ha comentado este Catedrático, otrora magistrado del Tribunal Constitucional, en pocos días se va a publicar un manifiesto de varios catedráticos contra el proyecto de ley. Al parecer De La Oliva les está pidiendo apoyos, y se le están concediendo, para frenar esta tropelía...
Publicado: Mié 04 Feb 2009 7:51 pm
por Invitado
Este pájaro nunca ha sido magistrado del TC ni de nada, como mucho juez sustituto, aunque sí miembro del CGPJ en otro tiempo.Que haga lo que quiera, que se queme a lo bonzo si quiere, que vuelva a tomar los hábitos, que se yo.Por cierto este que tan rancio se raja las vestiduras con las nuevas atibuciones al Secretario, porqué no se escandaliza de que el Secretario ya no deba estar en Sala?. En fin, esta Egregia Cabeza, para que considera que podía seguir existiendo el secretario?
Publicado: Jue 05 Feb 2009 12:53 pm
por INFILTRADO
No me refería a De La Oliva sino a Gimeno Sendra (COMO PÙEDES COMPROBAR EN EL TÍTULO DEL MENSAJE NO DEL TEMA) que sí ha sido magistrado del TC.