FRANCIA SUPRIME LA FIGURA DEL JUEZ DE INSTRUCCION

Discusiones sobre la Administración de Justicia, los Secretarios Judiciales, etc.

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ROBERT DE BRASILLAC
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FRANCIA SUPRIME LA FIGURA DEL JUEZ DE INSTRUCCION

#1 Mensaje por ROBERT DE BRASILLAC »

Por noticias leidas en la prensa gala, la reforma que Sarkosy ha anunciado hace poco, es la supresion del juez de instruccion, pasando esta a la Fiscalia y a la Policia.
Al parecer detras de cada reforma de la justicia, hay algun amiguete implicado. En este caso parece que son determinados financieros. No puedo por ahora decir mas, pero si adjunto una noticia en frances ( podeis dar al traductir automatico) sobre este tema.
Como aqui todo lo imitamos, no creo que esto tarde en ocurrir en España
Van Ruymbeke : "le glas des affaires"http://www.lefigaro.fr/flash-actu/2009/ ... faires.php

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Magistrado Granollers
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#2 Mensaje por Magistrado Granollers »

Pues ya sería hora de que se pasara a la Fiscalía la instrucción, ya. Todo es cuestión de establecer garantías en casos políticos y en paz (No afectaría al 99% de los asuntos penales). En Alemania y países similares ha sido así siempre y no pasa nada. Y liberaría un buen montón de jueces de instrucción para hacer algo mas productivo que de "chacha del Fiscal".

Saludos

ivest2
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#3 Mensaje por ivest2 »

pues los cinco jueces de instrucción de mi partido lo ven una barbaridad....

yo coincido en que se podría hacer, ante todo el Ministerio lo tenía pensado pq los Juzgado de Instrucción es el único espacio judicial donde no es factible implantar servicios comunes y que deberían seguir como hasta ahora

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Carlos Valiña
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#4 Mensaje por Carlos Valiña »

A mi, muy por el contrario, me parece un enorme error. Que mi instructor sea el Sr. Aznar o el Sr. Zapatero, me pone los pelos de punta y eso es lo que hay.

Si hay una funcion donde es clave la maxima independencia es en la Instruccion. Entregarla a la administracion, me parece muy peligroso y un paso atras indudable.

Una ventaja si que tendria, terminariamos con la lacra de la presencia de los Secretarios en los registros.

Saludos.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
Si necesitas ayuda llámame.
metodoprofesional@gmail.com

JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.

Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS

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Magistrado Granollers
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#5 Mensaje por Magistrado Granollers »

pues los cinco jueces de instrucción de mi partido lo ven una barbaridad....
Seguro que son los mismos que luego se indignan y echan las manos a la cabeza con las peticiones de diligencias adicionales estúpidas y dilaciones con tal de no calificar de los Fiscales, sus clamorosas ausencias en el procedimiento y su desinterés absoluto :roll:

Seamos sensatos: Si el Fiscal es el que va a acusar, lo mas lógico y razonable es que se proporcione él mismo el material que necesita, como hace cualquier demandante en civil, social o contencioso. Ya procurará darse prisa en reunirlo y hacerlo con garantías si quiere que no se lo tumbe el Juez del procedimiento (Juez de fase intermedia y medidas cautelares) ante el que debe presentar su acusación y pedir la apertura de juicio oral. Esa es la función de un Juez, sentarse a escuchar los argumentos de las dos partes y decidir en derecho, y no la instrucción, que es una esquizofrenia propia del S. XIX que ha derivado hoy dia en superpolicias con toga o bien justicieros como Garzón, y que hunde los Juzgados mixtos.

Si hay temas muy excepcionales como los que juzga la Audiencia Nacional, se puede mantener para ellos la figura del Juez instructor. Y en los demás, aunque haya política de por medio, el que el Fiscal instruya no cambia nada. Porque si hay acusación particular o popular, el Juez de garantías puede ir concediéndo a ésta lo que pide y obligar al Fiscal a instruír, asi como abrir juicio oral a petición de aquella. Y si no hay acusación particular/populara personada, pues en realidad estamos como hoy en día, donde el Fiscal es amo y señor del sobreseimiento. Asi que me explique alguien la diferencia....y eso reducido a un 1% de casos. El otro 99%, en que no hay interés político alguno, solo pueden que mejorar en manos del Fiscal.

Contra lo que dice el refrán popular, para mi sólo hay un ciego peor que el que no quiere ver: El que ve, y quiere ver, pero solo dogmas o autos de los de fé.

Saludos

ROBERT DE BRASILLAC
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Registrado: Mar 09 Ene 2007 9:46 am

LA INSTRUCCION ES COSA DEL FISCAL.

#6 Mensaje por ROBERT DE BRASILLAC »

Yo estoy de a cuerdo con lo que dice Magistrado y de paso con ls reformas que se van a llevar a cabo en Francia, y que ya existen en la mayoria de los paises democraticos. Qu el Juea deje de instruir me parece de lo mas saludable democracticamente hablando. Hau muchaas razones, pero estas serian a mi modesto criterio las esenciales:
1º) El Juez esta para decidir controversias entres las partes y resolver conforme a derecho. Cosa que el juez de instruccion no hace, sino que en muchas ocasiones realiza juicios de valor previos a una sentencia dictada en un juicio contradictorio.
Actualmente, y a mi criterio, creo que estar manteniendo a unos profesionales del derecho penal, como son los jueces de instruccion, para que pongan vulgares sentencias de juicios de faltas, y dicten resoluciones que no pasan de auto, es estar tirando recursos humanos y juridicios por los suelos.
2º) El Juez no es el Fiscal. Y aqui por ahora hay confusion. El Fiscal, que cobra igual que un Juez, cosa inaudita a mi criterio, se limita a vigilar una instruccion,en la cual al final no tiene ninguna responsabilidad. Me explico, si hay un desastre, el responsable es el Juez, y el Fiscal acaba apsando de rositas. Ya sabeis el caso Mari Luz y otros. Pues ya es hora que si eprciben lo mismo que el Juez, asuman uan responsabilidad mayor.
3) En los paises que el Fiscal tiene atribuida la instruccion, esta esta controlada, por un lado por el propio proceso, pues el Juez esta para darle o no la razon, y en segundo lugar, porque tiene una clara responsabilidad, y por tanto si acusa sin causa, puede verse sometido a un juicio por malas practicas.Es decir no como hasta ahora que pasan por el Juzgado, firman no se que, y si pasa algo ya sabemos lo que pasa y a quien pasa.
4) Liberar a una parte importante de las Magistratura de los juzgados de instruccion, posibilitara que por lo menos haya mas jueces juzgando, que es realemnte su funcion, no compadreando con los Fiscales en los juzgados de instruccion, que es lo habitual.
5) En cuantos a las entradas y resgitros, en un proceso puro acusatorio, como en otros paises, es una diligencia de investigacion, que lleva a cabo la policia o el fiscal, y es una prueba mas en el juicio.Asi que por la cuenta que le traera al Fiscal, ya se encargara de hacerla el personalemnte o encargarsela a la policia.

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