Ley a la vista y pactada según la prensa

Discusiones sobre la Administración de Justicia, los Secretarios Judiciales, etc.

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percebeiro majorero
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Ley a la vista y pactada según la prensa

#1 Mensaje por percebeiro majorero »

Todos los grupos han firmado esta mañana en el Congreso una enmienda conjunta al proyecto de ley de Oficina Judicial, para dar respuesta a una de las principales reivindicaciones de las asociaciones de jueces para desconvocar la huelga inicialmente prevista para el día 25 de junio.

La noticia en otros webs
webs en español
en otros idiomas
Los grupos llegaron anoche a un acuerdo que se plasmará en siete enmiendas. De alguna de ellas se descolgará algún grupo, por ejemplo, CiU la que se refiere a los depósitos judiciales, pero sí hay unanimidad en la que se refiere a la competencia sobre los señalamientos de los juicios, que estará en manos de los secretarios judicial, pero con control de los jueces.

Por el PP ha negociado el acuerdo su portavoz de Justicia, Federico Trillo, en conversaciones con el ministro de Justicia, Francisco Caamaño, y el portavoz de Justicia del PSOE, Julio Villarrubia. La intención de los grupos es zanjar con el acuerdo el conflicto con los jueces, en paralelo a las negociaciones sobre otras reivindicaciones, como la salarial.

El proyecto de ley lleva parado desde enero en el Congreso, con sucesivos aplazamientos en los periodos de presentación de enmiendas, a la espera de un acuerdo que lo desbloqueara.

percebeiro majorero
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#2 Mensaje por percebeiro majorero »

Las enmiendas están en formato pdf en el país. Se aprobará la Ley en pleno un par de semanas según parece.

Secretario en vistas cuando lo pidan las partes o el asunto sea muy complejo.

Señalamiento de vistas con instrucciones de SSª.

Depósitos para recurrir en todos los órdenes salvo penal al penado o acusador particular.

Supresión de ascenso forzoso jueces.

Jueces adscripción territorial.


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Carlos Valiña
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#4 Mensaje por Carlos Valiña »

Pues asi a la vista, mala cosa.

Nuevamente todas las enmiendas estan hechas en clave judicial, es decir desde la perspectiva de los Jueces que son los que mandan.

Lo de los señalamientos bajo sus instrucciones y que si no nos atenemos se los cargan, es bastante lamentable, porque si te dan todas las indicaciones cuando cuanto etc, te convierten en un "secretario particular" suyo.

Lo de la presencia en Salas a la carta, inquietante, porque no se dice quien decide si el Secretario estara o no, con lo cual volvemos al campo de la ambiguedad y a estar en manos de terceros ya que muy pocas veces seremos capaces de defender nuestro fuero.

Lo de los jueces de adscripcion territorial, sin que se diga nada sobre su nombramiento, y demorando todo a la ley de planta, es impreciso, futurible, y parece mas en la linea de incorporar a los Magistrados Sustitutos, que de dar una salida digna al cuerpo de Secretarios actualmente en fase de voladura controlada.

Lo de los depositos para recurrir todo, un monton de pasta para el estado y un monton de trabajo "del cutre" para los Secretarios.

Y aun falta el tramite del senado.

El comite de huelga de la A.P.S.J. ya tiene tomada la decisión de dar el paso y empezariamos el 26 de junio, que es el dia señalado por los Jueces. Falta redactar el comunicado al Ministerio y remitirlo.

Saludos.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
Si necesitas ayuda llámame.
metodoprofesional@gmail.com

JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.

Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS

Invitado

#5 Mensaje por Invitado »

En cuanto a señalamientos de juicios Juez- Secretario es lo que actualmente hacemos El Juez y yo y en mi caso me va estupendamente, supongo que todo es una cuestion de entendimiento entre ambos.

Invitado

#6 Mensaje por Invitado »

Lo de la presencia en Salas a la carta, inquietante, porque no se dice quien decide si el Secretario estara o no, con lo cual volvemos al campo de la ambiguedad y a estar en manos de terceros ya que muy pocas veces seremos capaces de defender nuestro fuero
Pues sí que lo pone Carlos. Si las partes lo piden tienes que estar aunque tú no lo consideres necesario. Es decir, si hasta ahora eramos los negros de los jueces ahora también lo seremos del justiciable.

Si me sacan de sala que me saquen. Pero si se deja en manos de alguien el entrar que sea mi decisión, no la de los demás.

Mirad lo que ha conseguido el Cole. Todavía más humillación si cabe.

Invitado

#7 Mensaje por Invitado »

Si la fe publica es independiente la ejercerá el Secretario cuando lo decida y como hacerlo. La fe no es función de las partes. No pueden las partes decirnos cómo hacer nuestro trabajo

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Magistrado Granollers
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#8 Mensaje por Magistrado Granollers »

supongo que todo es una cuestion de entendimiento entre ambos.
Cuando hay entendimiento entre ambos y buena sintonía, lo que la ley diga no es importante. Lo malo es cuando esa sintonía no existe, y hay que ajustarse a legalidad, bien por seguridad propia, bien por ejercer un poder. Ahí es donde una redacción de la ley que perjudique acaba siendo en la práctica un problema gordo, y desgraciadamente esto es mas habitual de lo que quisiéramos.

Personalmente, creo que el Ministerio hubiera podido ofrecer una salida mas digna y asumible por todos diciendo que se señalaría siguiendo estrictamente los criterios establecidos ... por la Sala de Gobierno. De esa manera, el Juez del Juzgado no entraría en la cuestión, pero tampoco el Ministerio podría usarlo como cuña, que es lo que muchos temen. A fin de cuentas, ya mandan las Salas a los Jueces "Prevenciones para los señalamientos" que en realidad son reglamentos de señalamientos encubiertos (Agrupar los del Fiscal, intervalo mínimo que asegure no solaparse, etc.), y nadie ha puesto el grito en el cielo por ello.
Lo de la presencia en Salas a la carta, inquietante, porque no se dice quien decide si el Secretario estara o no, con lo cual volvemos al campo de la ambiguedad y a estar en manos de terceros ya que muy pocas veces seremos capaces de defender nuestro fuero.
Si...sería mas deseable un catálogo cerrado de supuestos en la ley, aunque en este punto hay que reconocer que la fé pública como garantía en el ámbito privado es a instancia de la parte (Notario), por lo que no parece descabellado que también aquí la garantía se preste cuando la parte lo solicita, o bien cuando el Secretario de motu propio y en uso de su formación jurídica lo estime conveniente (Entradas y registro, etc.).

Lo que por supuesto hay que evitar es que la continua solicitud de Secretario por las partes colapse a éste y le impida hacer otra cosa, pero en principio Carlos tendrás que convenir conmigo que aproxima mas al Secretario a la figura del Notario, y eso no es malo. Aunque sea porque hay que decidir si pedirlo o no, la parte ya debe de repente plantearse el uso -y la importancia- de la fé pública, y el Secretario ya no es una figura ornamental puesta por la ley, sino alguien cuya intervención hay que solicitar, y que va a dar una garantía.

Ojito, que no me extrañaría que esto vaya vinculado al anuncio entre líneas del Ministro de "nuevas líneas de financiación" de Justicia, y si se introduce una tasa por el ejercicio de la fé pública, en mi opinión os han revalorizado de golpe y puesto en mucha mejor posición. Porque de ahí a negociar un bocado a esa tasa como "productividad" (A mas fé que se dá, mas se trabaja) sin que al Ministerio le cueste un euro, solo hay un paso.

De hecho, bendita sea la reforma si implanta una distinción entre la simple certificación en autos -a cargo del Gestor- y la auténtica fé pública en plenitud (Esto es, no sólo la simple fé del cotejo, sino la de la evaluación jurídica de la necesidad y alcance de la misma, que es bien distinta), a cargo del Secretario, y con tasa de por medio.

Saludos
Mas sabe el diablo por viejo que por diablo. (Antiguo Refrán Castellano)

"No hay para el hombre libre cuidado más continuo y acuciante que el de hallar a un ser al que prestar acatamiento" F. Dostojewski (Los Hermanos Karamazov)

watchmen

#9 Mensaje por watchmen »

Lo de los señalamientos, tremenda innovación, lo llevo haciendo desde que llegue al Juzgado, es una satisfacción saber que mi Magistrado y yo hemos "inspirado" al Ministro.
Fe pública a la carta, que quiere el Secretario ir a Sala, pues que vaya, que no le apetece, pues que no vaya y es que las excepciones son tan amplias y tan ambigüas ( como la de " la posibilidad de que aparezcan incidencias que no pudieran registrarse"), vamos sólo con esta causa el Secretario que quiera puede seguir en Sala cuando quiera y como quiera.

No lo veo mal porque al fin de al cabo nadie pierde del todo. El problema, el de siempre, mieditis ministerial a acometer los cambios con el rigor necesario, otro parche más que acabará naufragando por la vía de los hechos, esperemos que esto sea el comienzo del principio de un cambio que llevará muchos años.

Invitado

#10 Mensaje por Invitado »

y al hilo del tema, yo pregunto una cosa, podría "ordenar "el juez que compareciéramos en una determinada actuación por ejemplo en una entrada y registro aunque nosotros no lo considerasemos necesario y no lo hubiera pedido la parte? Es un tema importante sobre todo para algunos que estamos hasta los mismisimos...

Invitado

#11 Mensaje por Invitado »

Un intelectual inglés, no recuerdo el nombre, dijo que lo malo no es decir tonterías (eso le pasa a cualquiera). Lo malo es decirlas con solemnidad; eso pasa aquí de vez en cuando. Parece que hay gente que administra justicia en otro planeta e ignora el día a día de los Juzgados.

Los listos son los políticos, que ceden ante los Jueces retorciendo las normas, para intentar disimular. Si estas enmiendas salen adelante, los Juzgados (UPAD o como quiera que lleguen a llamarse) van a ser un espectáculo, con tanta inconcreción y lo sensible que está el personal. Lo de los señalamientos (que yo los he hecho toda mi vida laboral, hasta que se empezaron a grabar las vistas), es más bien una "propuesta de señalamiento". Lo de la presencia del Sj en sala no puede ser más confuso, dudoso y retorcido. Sería bueno que alguien explicase si la presencia o no del Sj en la sala de vistas va a conllevar alguna consecuencia positiva o negativa. Desde luego, si va a costar dinero a las partes ... en fin, no sigo.

Lo de los depósitos por recurrir, así a primera vista no sé si es para limitar los recursos o para recaudar fondos, quizás para las dos cosas. Si es para lo primero, parece que las cantidades son ínfimas y desde luego no intimidatorias. Tampoco creo que se pueda recaudar mucho con ello, pues en los casos de estimación (total o parcial), se devolverán.

La reforma es apresurada, incompleta, tibia, forzada, nignunea a los restantes funcionarios ...

Saludos escépticos.

GESTOR CONTAMINADO

#12 Mensaje por GESTOR CONTAMINADO »

He omitido mi identificación en el anterior mensaje.

Invitado

#13 Mensaje por Invitado »

¿A nadie le parece mal lo de que si un Secretario decide no entrar en sala, tenga luego que entrar si se lo exigen las partes?

A mí, como le he leido a algun invitado, me parece aberrante, un ataque a la independencia en el ejercicio de la fe pública judicial en toda regla.

Incluso me han llegado a contar que se debatió la posibilidad de que si el secretario a solicitud de las partes para que entrara en sala se negaba, su decisión podría recurrirse ante el juez. Tela marinera. Esto parece que no ha salido adelante, pero aún así, si yo decido no entrar por lo que sea, no veo digno que las partes me exijan que entre.

ESPERANZA
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#14 Mensaje por ESPERANZA »

A mí todo esto ya me parece aberrante, la fé pública judicial es inherente a un Secretario Judicial, esa es la garantía de los administrados de justicia, lo mismo que la fé pública es inherente a un notario. Todavía no he visto yo que se diga, mire usted, va a hacer una escritura pública, ¿considera usted necesario que se haga ante Notario, tiene usted derecho a elegir el sí o el no? Si el Cuerpo de Secretarios Judiciales consiente eso, está firmando su sentencia de muerte. Insisto, la fé pública judicial no puede que dar al arbitrio de que se decida que el asunto es compleo o no o que sean las partes la que decidan si se va a dar fé o no.Sin la fé pública, un Secretario Judicial se queda desnudo, y a partir de ahí hablaremos de la extinción del Cuerpo de Secretarios, pues ¿para qué serviría un secretario, para servir a quien sea, hacer palotes, introducir datos en un registro etc, etc,? Vamos a ser serios para eso no hace falta un funcionario del grupo A de la Administración.

.Candido

#15 Mensaje por .Candido »

Vamos a ver lo de la fe es una patochada ninguna parte va a pedir que vaya el secretario ni ningún secre (en su sano juicio) se le va a ocurrir ir, recordad que las vistas se GRABAN, se trata solo de un brindis al sol para intentar reconfortar a las momias. El problema es que perdemos la posibilidad de suspender juicios y eso es grave a partir de ahora se acabaron huelgas de un dia con repercusión mediática para lograrlo será necesario huelgas indefinidas con el coste que suponen. Por otro lado nadie se ha preocupado de la vida real, quién le dará a la maquinita, quien anotará las pruebas admitidas, llamará a las partes en los partidos (que los hay en que llama el secre,el procurador o el primeo que pasa por allí, etc) y la infinidad de pequeños problemas practicos que surgen dia a dia.
En cuanto a señalamientos primero señalar que dificilmente se podría haber encontrado un sistema mas retorcido e ineficaz que el propuesto, al final se haran las cosas como hasta ahora es decir donde lo hace el juez lo seguira haciendo y donde lo hace el secre idem. No obstante considero que esta baza la pierden los cabezonas, porque el barbitas ha logrado introducir la cuña que necesitaba que es la agenda electronica, una vez que se establezca y esta te ofrezca un dia determinado a ver quien tiene bemoles de poner un dia mas tarde o que razón le va a dar a la maquina (que es la comunion de la hija de SS, que esta "mu estresao", que tiene pelu) se podrán hacer pequeños apaños para no cargar demasiado un dia pero poco mas.
Saludos estupefactos

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PipelineR
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Consignaciones congeladas

#16 Mensaje por PipelineR »

Lo de la fe a la carta es un dislate, el SJ debería decidir a que actos acude y a cuáles no. Es absurdo, por ejemplo, ir a un levantamiento de cadáver en donde bastaría con que el forense certifique (poco más que decir que hay un cuerpo tirado puede dar fe el SJ), en los registros idem que vaya el letrado y recoja acta la policía, sólo las entradas "sorpresivas" serían necesaria la presencia.
La agenda no creo que tenga mayor problema, con que ponga un hueco para poner la causa del vacío.
Volviendo a la fe, no es necesario paralizar los juicios, mucha más presión es no tocar la cuenta durante 3 meses en toda España salvo urgencias.
Lo mejor para la fe es que se cobre por arancel cada vez que se dé fe en los actos que sea necesario y reducir la necesidad de dar fe de todo, potenciando la capacidad certificadora de los gestores.
Abogado.

desdemurcia
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#17 Mensaje por desdemurcia »

Por una OFICINA JUDICIAL moderna YA
Por una DELIMITACIÓN de funciones clara
Huelga: a REGLAMENTO
Tiempo: INDEFINIDO

Invitado

#18 Mensaje por Invitado »

La verdad es que congelar las cuentas sería una buena medida de presión, por cierto pipoline como llevas lo de los dos mil y pico escritos en tu juzgado de exilio. Imagino que irán reduciendo aunque tal y como hablas de los funcionarios es que debes tener una buena tropa.

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PipelineR
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Funcionarios

#19 Mensaje por PipelineR »

Invitado, soy optimista, con esos escritos se puede.
Respecto a los funcionarios en mi caso al menos son buena gente y se les ve con ánimo.
Lo que es merecedor de crítica es el sistema, no los funcionarios en sí, que ya tienen una carga mucho mayor que la de cualquier administración. De otros juzgados si que tengo conocimiento de alguno suelto que debiera ser expulsado sin paliativos, pero en mi caso los veo bien y lo mejor es que cada vez los veo mucho mejor, el reto es organizarlo todo y que colaboren un poco, porque uno a veces si que tiene la sensación de que creen que dice uno las cosas por decirlas y no es así. Pero bueno, se hace lo que se puede.
Mi crítica va hacia la pérdida de eficacia que supone que el SJ esté haciendo tareas que no debiera, pero en el MJ parece que ya lo tienen claro (o eso espero por el bien de todos) -si por un casual eres una de las funcios... os quiero mucho, de verdad, je je :- ) )
P.D.: imaginad las cuentas congeladas y todos esperando por la pasta: bancos, abogados, procuradores... Eso si es un boom.
Abogado.

Invitado

#20 Mensaje por Invitado »

Toma, toma...
Vamos que van a decidir si entramos o no en Sala, quien?? ¿la parte o su abogado? si es por ahorrarse dinero no creo que nos pidan entrar en Sala.
Por otra parte, a un notario se va porque no hay más remedio, no porque se decida para tener más garantías. Si no vas al notario no se te concede una hipoteca o no se te inscribe en el registro. Sino de que te vas a gastar una pasta en el notario.

ivest2
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#21 Mensaje por ivest2 »

para mi la literalidad deja claro que el que puede decidir entrar o no es el Secretario Judicial, no el Juez o el S. Coordinador o quien sea (dejando a salvo el caso que lo pidan las partes). La enmienda dice que el secretario judicial no estará en sala salvo que lo considere necesario. No dice (y eso sí sería ambigüedad) "salvo que SE considere necesario".

Aquí es donde debería entrar el S.J. y debemos tener la decencia de entrar en juicio cuando lo consideremos necesario y no escurrir el bulto.

Y no va NADA desencaminado Mag. Granollers cuando habla de que en cierta forma si las partes deben al menos plantearse si quieren que estemos al menos se nos plantean!

Por cierto, no me parece justo que ahora el funcionario de auxilio deba ocuparse de grabar juicio o que se pase a un tramitador, pq sinceramente no me imagino a ningún juez dándole caña al Arconte

COPIO PEGO SIN PERMISO

#22 Mensaje por COPIO PEGO SIN PERMISO »

Ahora que está en marcha una reforma procesal en la que se pretende redefinir la fe pública judicial, nunca bien definida ni suficientemente valorada salvo por alguna circular de la Fiscalía ya trasnochada, se me ocurre pensar en el pasado, en concreto en algunos datos históricos.



El primero de esos datos se remonta a la mitad de los años ochenta del siglo pasado. En aquellos años se puso de moda entre algunos Secretarios judiciales un libro titulado "Doy fe". Su autor era Antonio Ruiz Vilaplana. Traigo a colación este hecho histórico porque el contenido del libro relataba en un testimonio directo los avatares de un Secretario judicial (así se escribía en el Reglamento de 1911, la primera palabra con mayúscula, la segunda con minúscula) en el Burgos de 1937. En el epílogo de este libro que sirvió de bandera identificativa a un grupo de Secretarios en la Barcelona de los años 80, exponía su autor cómo un día, harto de dar fe de los levantamientos de cadáveres de quienes habían sido sacados de sus casas y fusilados y aportar esa misma garantía en los expedientes de desaparición correspondientes, (lo que suponía posiblemente el caso más flagrante de contradicción real garantizado por la fe pública judicial) , huyó de España por la frontera francesa, tratando de olvidar cómo un régimen autoritario hacía uso y abuso de la fe pública judicial en su propio beneficio hasta el punto de que cuando este hombre dejó de prestarse a esos caprichos el propio dictador ordenó que se le procesara y condenara en ausencia. Sin embargo, ese dictador que todo podía, no lo sabía todo y en concreto no sabía que en aquellos momentos los Secretarios judiciales estaban protegidos por un antejuicio, de manera que para poder ser procesados, previamente debía ser autorizado por la Sala de Gobierno de la Audiencia Territorial correspondiente. Pero aquel hombre, el dictador, no podía soportar ninguna insumisión ni impedimento aunque fuera normativo, ni siquiera el que trataba de garantizar la independencia de fe pública judicial, por lo que ordenó en plena guerra civil (el Decreto tiene fecha de 1937) derogar el correspondiente artículo del Reglamento de 1911. La independencia que se perdió con aquel Decreto nunca más se ha recuperado, posiblemente hasta ahora, con la Ley Orgánica en su redacción dada en 2003.



Segundo dato histórico. En 1992 se pronunciaron varias sentencias contradictorias en la Sala Segunda del Tribunal Supremo respecto de las pruebas obtenidas en las entradas y registros domiciliarios en las que no había asistido ningún Secretario judicial. La contradicción tenía su punto de mira en la valoración que los distintos Tribunales estaban haciendo de las pruebas obtenidas en esos registros domiciliarios cuando no iban avaladas por la fe publica judicial, sobre todo tras la reforma del párrafo cuarto del art. 569 de la Ley de Enjuiciamiento Civil por la que se suprimió la intervención del Secretario judicial en aquellas diligencias "tan penosas" para unos o "tan peligrosas" para otros. En ese mismo año la Unión Progresista de Secretarios judiciales celebró su II Congreso en Valencia, donde una de las ponencias debatidas fue la defendida magistralmente, como siempre, por nuestra compañera y amiga Concha Benedi. Tras las oportunas discusiones, de aquel Congreso salió como conclusión que había que volver a reivindicar la incorporación de nuevo a la Lecrim de la presencia del Secretario judicial en las diligencias de entrada y registro domiciliario. Los integrantes del Secretariado de nuestra asociación asumimos aquella conclusión, como hicimos siempre quienes estuvimos al frente de la asociación en aquellos primeros años, como un mandato imperativo de la asamblea que así lo había acordado y que nos había elegido. Los meses posteriores fueron un continuo ir y venir al Congreso de los Diputados y entrevistas con los distintos Grupos Parlamentarios, hasta que al final y tras muchas gestiones se consiguió introducir una redacción nueva sobre la presencia del Secretario judicial, si bien inicialmente se aceptó como proposición no de ley, es decir sin reflejo en la Ley. Las dificultades fueron notables pues no todos los Grupos estaban de acuerdo con el compromiso plasmado en la proposición inicial. Fue necesario seguir negociando, hasta que se llegó a una fórmula de consenso entre los Grupos Parlamentarios disidentes, para ello se añadía a la proposición el inciso final "No obstante, en caso de necesidad, el Secretario judicial podrá ser sustituido en la forma prevista en la Ley Orgánica del Poder Judicial". De esta forma se consiguió el consenso necesario para poderlo introducir a través de una proposición, en este caso ya sí, de ley, con lo que conseguimos introducir el texto actual que garantiza la fe pública judicial en los registros domiciliarios. De todo esto mucho sabemos Antonio Robles y yo mismo y algunos Diputados que lo fueron y que hoy ya no se sientan en el hemiciclo.



Sobre este dato objetivo cabe añadir que el Colegio de Secretarios no sólo no hizo nada por devolver la presencia de los Secretarios judiciales a las diligencias de entrada y registro domiciliario, sino que, por el contrario, trató de evitarlo y lo criticó cuando se consiguió como también los criticaron muchos compañeros que tenían que esforzarse y a veces jugarse la vida en la práctica de aquellas diligencias. Sin embargo, recuerdo con cariño y añoranza la posición firme de los compañeros de instrucción de Valencia (Concha, Paco Collado .... y tantos otros) que prefirieron esforzarse por proteger los derechos de los ciudadanos, aunque en ello les fuera el riesgo y la incomodidad. También recuerdo con cariño a los compañeros del País Vasco (Helena Barandiarán, Jaime Rui Gómez .....) que lucharon por ello y que merced a la gestión de esta asociación pudieron incorporarse a las reuniones que se mantenían en el Consejo periódicamente entre la Audiencia Nacional y los Jueces Decanos del País Vasco.



Estos recuerdos vienen a mi memoria en estos momentos en los que una asociación de secretarios judiciales, el Colegio, se pretende erigir en adalid de la defensa de la fe pública judicial, como si esta estuviera en peligro y como si la misma fuera patrimonio exclusivo de ellos, incluso se molestan cuando los dirigentes de nuestra asociación deciden no participar en los "festejos" convocados para defender ante los medios de comunicación su concepción de fe pública judicial. Sobre este particular quiero dejar claro desde este momento que aun participando de la naturaleza constitucional de la fe pública judicial, que creo que la tiene, no comparto los planteamientos de quienes quieren mantenerla a ultranza, a modo y manera de los argumentos esgrimidos por Inocencio XIII en sus famosas Decretales, es decir, para velar por los ciudadanos frente a los posibles "desafueros del Juez". En efecto, que tire la primera piedra el compañero que tras la entrada en vigor de la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil no se ha plegado a los deseos del Juez correspondiente y ha apagado la máquina para que no quede constancia de lo que venía a continuación (casi siempre un reproche a partes o Abogados) o a no grabar las vistas de algunas pruebas porque el Juez consideraba que era poco importante, como si el mandato imperativo legal dependiera de la consideración que a ese acto diera el Juez. O quien no se haya prestado a poner una diligencia dando fe de un hecho que cubra las espaldas del Juez, incluso frente a los ciudadanos o sus Abogados. Resulta evidente que no hemos sido serios en la exigencia del mantenimiento de la fe pública judicial de manera independiente y como auténtica garantía.



Pero es más, aun compartiendo la tesis de la fe pública judicial como garantía no puedo secundar un movimiento que simplemente trata de garantizar que el aparato esté funcionado mientras se celebra el juicio, pero no se preocupa de lo que puede ocurrir una vez grabado, pues al no estar garantizado con firma digital, quién garantiza en estos momentos que lo que llega al tribunal de apelación es lo que realmente ha ocurrido y no es una manipulación de la grabación. Francamente, a mí me merece más confianza una regulación de la fe pública judicial avalada por una firma digital que el mantenimiento de la situación actual.



Obviando estas consideraciones que son importantes, no hemos de olvidar otra vertiente que es la social: Nos va a resultar muy difícil defender a ultranza nuestra permanencia en las Salas mientras se celebra el juicio si eso supone un desembolso presupuestario importante y la veracidad se puede garantizar mediante instrumentos mecánicos, cuya responsabilidad de funcionamiento y gestión se deja en manos del Secretario judicial. Pero incidiendo en el acto de la presentación, no creo que sea ético proclamar a los cuatro vientos que la nueva regulación va a acarrear infinidad de nulidades, pues la mera reforma de las normas procesales no exigirá la del art. 238. 5º de la LOPJ, siempre y cuando en las leyes procesales se excluya la obligatoriedad de la presencia del Secretario judicial en las vistas. La equiparación con las inexistentes nulidades de diligencias de entrada y registro domiciliario incluso denota una intencionalidad no exenta de matices políticos, pues, como ya he dejado apuntado simplemente se trató de una distinta valoración de las pruebas obtenidas en las entradas y registros en las que no hubiera estado presente un Secretario judicial.



Dicho lo anterior, me gustaría analizar mínimamente la presentación en sociedad de la defensa de la fe pública que hizo hace unos días la que aparecía como portavoz del Colegio de Secretarios, para lo cual se hizo acompañar de unos acólitos que se me antojan compañeros de viaje poco recomendables por tratar esta reforma de temas que enfrentan a nuestra carrera con los integrantes de las otras. No creo que a algunos Jueces les interese que cambie la fe pública judicial de cómo esta ahora, pues les resulta mucho más beneficiosa mantener una situación en la que, dándole la vuelta al sentido de la garantía, ese mismo Juez se pueda aprovechar de la misma en beneficio propio, de manera que pueda estar disponible de manera desinteresada para que a través de una mera diligencia se haga constar que el detenido ha acudido a presencia del Juez y tras permanecer con él más de una hora, no ha querido declarar, por citar un sólo caso, eso sí, sin que el Secretario que suscriba aquella diligencia haya estado presente, ni, en aras a evitar un conflicto, haya puesto objeción alguna a dictar y firmar la citada diligencia. ¡Qué paradoja!, recordáis, la fe publica judicial nace como garantía de los ciudadanos frente al Juez y la hemos regalado para institucionalizar los desafueros frente a los ciudadanos.



Tampoco me fío ni creo que sean buenos compañeros de viaje quienes no estás dispuestos a ceder la competencia de los señalamientos, cuando en muchos casos ni la ejercen ni lo quieren hacer y lo que es más grave, no se han revelado cuando los señalamientos les vienen impuestos por la policía o la guardia civil. ¿Qué quiero decir con todo esto? Fundamentalmente que nuestros compañeros los Jueces no dan nada gratis, que ese apoyo documental buscará más pronto que tarde algún tipo de contraprestación, posiblemente en algo más importante para el servicio público y para nuestros intereses que el mantenimiento de la concepción originaria (siglo XIII) de la fe pública judicial.



En este apartado no puedo por menos que valorar y hacer pública la defensa que la dirección de nuestra asociación está haciendo de la fe pública judicial, aunque sin plegarse a los dictámenes de quien desde hace tantos años se autoproclama la asociación mayoritaria, pero que lleva ya varios años estancada en un número concreto de afiliados. Sin embargo, creo también que sería oportuno manifestarse de manera indubitable nuestra posición sobre el proyecto de ley. Particularmente creo que el mismo no es el que yo hubiera hecho si hubiera tenido la oportunidad, pero en su mayoría pienso que colma nuestras aspiraciones profesionales, sin dejar de lado los intereses de los ciudadanos que, no lo hemos de olvidar, son los destinatarios del ejercicio de nuestra profesión y en tal sentido hemos de manifestarlo, sin perjuicio de que tratemos de mejorarlo en el trámite parlamentario, para lo cual esta asociación ya tiene una larga experiencia de trato con los Parlamentarios.



Dijo Antonio Robles hace un año en Granada, en el transcurso de unas jornadas, que ante la falta de legitimarios para reconocer el modelo de organización que sale de la reforma de 2003, nosotros nos deberíamos autoproclamar padres de la criatura, y no le faltaba razón, pues (escrito está) los primeros borradores ya los presento nuestra asociación en 1988, cuando apenas éramos una gestora, pendientes de consolidación asociativa. En esa idea por primera vez la LOPJ (art. 452. 1) ha definido la fe pública judicial como una garantía que se ejerce con independencia.



Como se diría en el argot parlamentario, voy terminando. Creo firmemente en la fe pública judicial, pero no en la forma que la conciben quienes ahora pretenden ser los abanderados de la causa, sino una fe pública judicial independiente, garante de los derechos de los ciudadanos. No una fe pública de un poder del Estado, sino como integrantes de un servicio público esencial. No una fe pública judicial clasista que defienda los intereses particulares de quienes ostentan el poder, sino, en fin, de quienes garantizan que en un registro domiciliario nadie va a introducir en un cajón lo que no había antes del registro, para lo cual se imponga a quienes han de practicarla que la misma ha de llevarse a cabo de habitación en habitación y no en su conjunto a la vez.



En esta idea la Unión Progresista de Secretarios judiciales siempre ha estado defendiendo la fe pública y el resto de valores y garantías de los ciudadanos. En ese empeño nació esta asociación y en esa defensa siempre nos van a encontrar en primer lugar los ciudadanos y después nuestros compañeros.



Fdo. Luis Martín Contreras.

Socio fundador de la Unión Progresista de Secretarios judiciales.

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Carlos Valiña
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#23 Mensaje por Carlos Valiña »

Parece que el tema de las elecciones al Consejo del Secretariado esta haciendo que todo el mundo venga al foro a presumir de "méritos", siempre por invitado interpuesto, o al menos eso es lo que parece, y ya solo falta el SISEJ entre los mas conocidos por aparecer.

No deja de ser una buena noticia, aunque siempre es de lamentar que se utilice este foro para tirarse los trastos entre ellos, para eso mas vale que utilicen sus propios espacios.

Quiza lo mejor seria abrir un tema para la campaña electoral y que cada cual ponga su programa...

Por lo que hace a la exposicion anterior, decir que yo tiro la primera piedra esa, porque nunca he parado una camara para que no se grabe lo que ha dicho el juez, ni pienso hacerlo, ni he dejado de grabar cosas grabables ni he puesto diligencias cubriendo a los Jueces que no fueran ciertas o ponibles.

Por lo demas habria muchas cosas que comentar.

Apuntes breves:

La UPSJ es una escision de lo que entonces era el Colegio.

El Colegio no es una asociacion, es una union sin personalidad juridica y hasta donde yo se, ante el Ministerio se presenta como un Sindicato, haciendo valer como afiliados al Sindicato a los Secretarios que se creen afiliados a un Colegio Profesional. Hemos perdido el derecho de Colegiacion en 2003.

Aquellas Sentencias del Tribunal Supremo pasando por encima de la ley y diciendo que sin Secretario los registros son nulos, son un autentico oprobio nacional. Se pasaron por cierto sitio lo que decia la ley y luego de rodillas, el Parlamento tuvo que rectificar y poner que vistas las sentencias de los Jueces no quedaba mas remedio que volver atras. UNA VERGUENZA.

La presencia de los Secretarios en los registros es una estupidez, y una vez mas queremos ser mas papistas que el papa. Paises con una tradicion democratica muy superior a la nuestra no tienen esa presencia, por tener no tienen ni Secretarios, pero nosotros, como en el hidalgo de la picaresca española, queremos ir con una capa galoneada y por detras miseria, una justicia empantanada y lamentable.

Atribuirse la paternidad de la ley 2003 y felicitarse por ella, despues de la trayectoria que llevamos creo que no merece de mayor comentario.

Reconocer que la fe publica en vistas es cara y no se sostiene es por fin reconocer un error. Cuando en 2003 apostaron por que los Secretarios no pudieran ser sustituidos por Oficiales, pusieron las bases del actual desastre, es decir, no hay dinero para sustitutos, y los Gestores ahora no es que sustituyan, es que entran directamente en el cuerpo al 50% de las plazas. Brillante.

Decir que el proyecto de ley colma "en su mayoria" nuestras aspiraciones profesionales sin dejar de lado las aspiraciones de los ciudadanos, me parece alucinante.

Despues de 6 años, si es que finalmente sale, aparece una reforma que va a dejar a los ciudadanos con el mismo atraso o mas, entiendo que mas, y que deja al cuerpo de Secretarios partido en dos civil por un lado y resto por otro, que vacia de contenido a los Secretarios de organos Colegiados, que nos saca de las Salas, y cuyos efectos nocivos ultimos son dificiles de entrever pero lo seran y muchos. En cuanto a lo que nos da, solo lo de segunda fila, que ya venian haciendo los Funcionarios, y en una via muerta, no se puede avanzar mas por esa via y se pierden oportunidades de ir por el unico camino sensato: Conseguir Funciones Jurisdiccionales y tener presencia en Sala presidiendo actos importantes.

Es una pena que personas tan preparadas como Luis, no sean capaces de ver que metieron la pata hasta el cuezo en 2003, y que la estan metiendo mucho mas aun en 2009, para tratar de tapar el gatillazo de 2003.

Nos han jerarquizado, nos han dado el palo de las categorias, nos han metido a los Gestores, nos han congelado el sueldo, perdon rebajado, nos han dado una productividad que es vergonzosa en conceptos y cuantias, nos han politizado en toda la estructura jerarquica, nos han ninguneado en todas las leyes procesales de 2000 hasta aqui y sucesivas, con mas esta supuesta reforma, nos han degradado dia a dia convirtiendonos en grabadores de datos, nos han quitado la jefatura de personal, nos han dado una direccion tecnico procesal vacia de contenido, puesto que siguen mandando los mismos, y los Funcionarios siguen obedeciendo a los mismos antes que a ti, nos han metido una responsabilidad disciplinaria brutal y maxime cuando estamos sentados sobre barriles de polvora, se rien de nuestros representantes, se permite impunemente que todo el mundo Consejo, Comunidades, o rita la Cantaora nos dirija instrucciones o regule lo que le parezca de nuestras competencias sin hacer nada por impedirlo y asi podria seguir rato y rato.

La pregunta es ¿Vivimos en el mismo pais? ¿Pertenecemos al mismo cuerpo?

¿Sera que unos ven lo que quieren ver y otros ven lo que hay realmente?

Que cada cual se pare a pensar, mire como esta, y escoja quien ve la realidad, y quien vive fuera de ella.

Saludos.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
Si necesitas ayuda llámame.
metodoprofesional@gmail.com

JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.

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PipelineR
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La fe

#24 Mensaje por PipelineR »

Sinceramente aquel que hoy en día se le haya ocurrido opositar para acabar haciendo palotes... porque en los juzgados lo que hay es una organización disparatada, una cosa es que los sucesivos gobiernos nunca hayan mostrado mucho interés en la Justicia, pero de ahí a dejarla morir... Personalmente creo que la Justicia la mataron con las transferencias a las CCAA. El hecho de que no haya un hilo de jerarquía directo MJ-TSJ-SJ-funcionarios y la intervención de los jueces va a hacer que sea imposible que esto salga. Le sumamos la falta de informatización única, la falta de juzgados, y el excesivo garantismo de la ley (a qué la presencia del SJ en levantamientos, registros...) y es que cuando se hacen leyes imposibles de cumplir pasa lo que pasa.
Abogado.

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