Indemnización testigos jurisdicción social
Publicado: Mié 19 Ago 2009 11:45 am
Tienen derecho a indemnización???
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En laboral generalmente la parte actora (trabajador) tiene el beneficio de justicia gratuita. Debe dirigirse entonces el testigo a gerencia? He visto modelos para solicitar indemnización en penal pero no en laboral o en cualquier otro caso en que tenga derecho al beneficio de justicia gratuita.Anonymous escribió:SI fuistes propuesto por la parte a ella debes exigirle cualquier tipo de compensación.
supersecreSECRE escribió:La indemnización a testigos no forma parte del contenido de la justicia gratuita( ver ley ).
En la LECRIM, en el artículo 722 se establece que los testigos que comparezcan a declarar ante el Tribunal tendrá derecho a una indemnización , si lo reclamare: El tribunal fijará esta indemnización.
En la LECIVIL, la parte que propone el testigo paga la indemnización.
En el procedimiento laboral, la ley reguladora no establece nada, por lo que al no formar parte del contenido de la justicia gratuita debera abonar la indemnización la parte que haya propuesto el testigo.
El contenido de la "justicia gratuita" es diferente en cada Comunidad autónoma???? Me puedes prestar ese auto de indemnización a testigos para ver la fundamentación jurídica. Me parece muy interesante.Anonymous escribió:Mi juez en el social se jarta de poner autos de indemnizacion a testigos aplicando la lec que es supletoria en el social (y aqui la justicia gratuita no excluye el gasto). cuando declaran les informa de su derecho y si quieren indemnizacion les informa que solo les dará el desplazamiento de acuerdo con el importe por kilometro de las normas a efectos del IRPF, y que si quieren otro gasto (por dejar de trabajar un autónomo, por ejemplo) deben justificarlo en una comparecencia en 4 días. cada semana pone un par de autos. como los abogados ya lo saben, tenemos menos testificales que nadie. mi juez venia de un primera instancia y siempre lo habia hecho por eso lo sigue haciendo.
Mil gracias, invitado, es muy útil. He lanzado el mensaje sin pensar mucho pero ahora veo las burradas que he escrito.Anonymous escribió:Ahora veo que en ese auto excluyó las dietas, pero las incluye si se acreditan, con recibos de los restaurantes, etc... Incluye todo lo que el testigo acredite que ha sido causa de la declaración, en plan peajes, desayunos si es razonable, etc... Pensad que hace unas semanas una demandante pidió que se citara a dos personas que vivían en Canarias (no estamos en Canarias). Los testigos mandaron un escrito diciendo que les costaba 300 euros el desplazamiento. El Juez dio traslado al solicitante, manteniendo la citación, pero recordándole que tendría obligación de asumir los gastos del desplazamiento, o en su caso interesar que se hagan por auxilio por lo gravoso del desplazamiento (169.4 LEC). Han renunciado a los testigos.