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Resolución del CGPJ sobre agenda de señalamientos

Publicado: Mar 29 Sep 2009 7:44 pm
por Invitado
Os transcribo un punto del "ORDEN DEL DIA DE LA REUNION PLENARIA DEL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL DEL DIA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 A LAS 10 HORAS."

Tacho los datos de la implicada y el Juzgado, por aquello de la intimidad.

III-1º.- Propuesta de resolución que formula la Vocal Dª. Gabriela Bravo Sanestanislao, Ponente, de desestimar el recurso de alzada núm. 206/08 interpuesto por Dª XXXXXX, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social nº XXX de XXXXXXXX, contra sendos Acuerdos adoptados por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social nº 12 de esa localidad, de fechas 29 de octubre y 4 de noviembre de 2008, por el que se le ordena que proceda a la gestión de la agenda de señalamientos y a la programación y fijación de los juicios y por el que se dispone que de a los procedimientos el impulso procesal oportuno en cada caso, formulando al efecto las propuestas de resolución que sean pertinentes al estado de cada uno de ellos.

¿Qué os parece? El juez ordenó que la secre procediese a la "la gestión de la agenda de señalamientos y a la programación y fijación de los juicios y por el que se dispone que de a los procedimientos el impulso procesal oportuno en cada caso, formulando al efecto las propuestas de resolución que sean pertinentes al estado de cada uno de ellos" y la secre recurrió. Ahora la ponente propone que se le de la razón al Juez. Parece un poco el mundo al revés, el Juez quiere que la agenda la lleve la Secre, y ella se niega a hacerlo.

Repito, ¿qué os parece? Supongo que el CGPJ aceptará la resolución de la ponente, pero no deja de ser curioso que al final le den la razón al Juez cuando ordena que la agenda la lleve la secretaria (aunque usen un eufemismo como el de "la gestión de la agenda de señalamientos").

Que días tan extraños nos ha tocado vivir....

Publicado: Mar 29 Sep 2009 9:14 pm
por Magistrado Granollers
Habría que ver los razonamientos de la resolución, pero yo no descartaría que -como es habitual en el CGPJ :roll: - lo que pase es que se está lavando las manos diciendo que es materia jurisdiccional y no orgánica, o algo así.

Por otra parte, vaya mal rollo debe haber en ese Juzgado como para llegar a estos extremos :!:

Nulo

Publicado: Mar 29 Sep 2009 10:37 pm
por PipelineR
¿En base a qué artículo de la LOPJ puede "ordenar" el Juez al SJ que haga tal o cuál cosa? Ese acuerdo es tan nulo como otro del SJ ordenandole al Juez que proceda a dictar las Sentencias. Hasta estaría por ver si entra en algún tipo del CP (eso si, haciendo una interpretación tan extensiva como la el trazo de la pluma del Juez al dictar el acuerdo :--)) tanto por ser una resolución injusta (404 CP) como por invadir las competencias de Secretarios coordinadores y de gobierno del TSJ correspondiente (402 CP).

Publicado: Mar 29 Sep 2009 11:26 pm
por Magistrado Granollers
Si lo dices por mi anterior post, Pipeline, que quede claro que yo no he sostenido en absoluto que el Juez pueda hacer eso, lo que digo es que el CGPJ usará eso como excusa para lavarse las manos como Pilatos.

Saludos

CGPJ

Publicado: Mar 29 Sep 2009 11:48 pm
por PipelineR
No Magistrado, no lo digo por tu anterior post, es una opinión general. Vamos que sobre ese acuerdo aunque es infumable está claro que el CGPJ se lavará las manos, les dirá a ambos pórtense bien, la propia Secretaría de Gobierno le dirá al SJ que intente dialogar con la Juez, que se laven los trapos sucios en casa y aquí paz y en el cielo gloria. Y casi mejor así, porque como se empiece a echar leña, arde todo. Lo que no quita que sea una pena que el CGPJ no ponga un poco de su parte y se limite a decretar la nulidad del acuerdo sin entrar en más consideraciones (bueno, de los dos acuerdos porque encima el Juez es insistente) :shock:
Saludos.

Publicado: Mié 30 Sep 2009 10:52 am
por invitado2
Lo que no entiendo es por que la secretaria a acudido al CGPJ, no hubiese sido más correcto que el Juez se hubieses dirigido al Secretario de Gobierno?

Dodoria

Publicado: Mié 30 Sep 2009 2:51 pm
por Invitado
Pipeline, te traiciona el subconsciente....no es una juez y un secretario, es una secretaria y un juez. Los conozco bien. Y te/os explico: estos dos, que apenas llevan 2 años juntos, están a matar casi desde el principio. Como en todos estos casos, no es fácil echar la culpa a uno o a otro, pero os daré unos datos y juzgáis vosotros. El Juez pasa por el Juzgado los martes y los jueves, a celebrar. Pero el resto de los días....también manda él, pero desde casa. Exige que le llamen para cualquier cosa. Es decir no está, pero si que quiere estar. ¿Por qué pasa esto? Pues porque no quiere delegar. Ha tenido problemas en los últimos años con todos los secretarios que ha tenido, uno se cambió al juzgado de al lado, otra se fue con depresión a su tierra de origen. La compañera de ahora le ha puesto las pilas y, con las armas que tenemos a nuestro alcance que no son pocas, le ha hecho mucho daño en su cómodo sistema de vida. Una vez una de esas secretarias me dijo que con él para no tener problemas sólo había que hacer una cosa: hacerle notar que era el Dios del Juzgado. Dice: ponme propuestas de providencia (que qué más da si las tiene que firmar igual), pero luego te las cambia una y otra vez. He oido que el origen de todo está en que en sus muchos años de ejercicio como abogado, siempre creyó (como muchos) que los secretarios son asistentes personales del juez y, claro, cuando aprobó por el turnito correspondiente, pues se vio en su salsa. Puede que ella pudiera haber gestionado la situación de otra forma, pues me consta que tuvo una sustituta que le reía todas las gracias y no tuvieron ningún problema, y hasta se llevaban bien. Pero claro, no veo porqué uno o una tiene que andar con manos izquierdas para relacionarse con un compañero de trabajo.
En todo caso, Pipeline, me parece que exageras con la tipificación penal de los hechos. A veces Secretarios han mandado a un funcionario hacer cosas que en recurso se lo han tumbado, y no por ello el secretario había prevaricado, pues no puede decirse que conocía a sabiendas que era una resolución injusta. Respecto a lo "ordenar" al secretario, es claro clarito que no puede, pero supongo que el acuerdo lo revestía de otra forma. Tampoco es que la ponente del CGPJ sea conocida por su prestigio jurídico, así que en fin, a ver qué pasa.

Re: Dodoria

Publicado: Mié 30 Sep 2009 5:03 pm
por PipelineR
Anonymous escribió:Pipeline, te traiciona el subconsciente...

En todo caso, Pipeline, me parece que exageras con la tipificación penal de los hechos. A veces Secretarios han mandado a un funcionario hacer cosas que en recurso se lo han tumbado, y no por ello el secretario había prevaricado
Mi subconsciente sigue siéndome fiel, gracias. Cuando una manzana está podrida da igual el género (hombre-mujer) y la variedad (Juez/jueza, secretario/a o funcionario/a), el que se lo/la come se indigesta.
Sobre las órdenes de los/las SJ sufridas por la 5a columna funcionarial me congratula conocer el escaso si no nulo número de órdenes de los SJ anuladas por los TSJ o el MJ lo que al menos da fe del excelente estado de las mentes secretariales pese a sus padecimientos. :-'
P.d.- Mal les pese a los sindicalistas el legislador hizo por una vez algo medianamente bien como poner la coletilla de "demás funciones análogas".
La referencia extensiva al CP entiéndase paralela a la extensión de los actuantes.

Publicado: Mié 30 Sep 2009 8:21 pm
por maria
Pero bueno!ese acuerdo es nulo por todos los lados. Primero el Juez no puede mandar al Secretario, segundo el Secretario no tiene que llevar la agenda de señalamientos, tercero ya no existen las propuestas de reolución.
Yo me hubiese limitado aparte de denunciar al consejo Y ponerlo en conocimiento de secretaria de gobierno, a dictar diligencias denado cuenta del estado de los autos para que un martes o un jueves el tipo en cuestión dictase al funcionario la providencia oportuna. El impulso con diligencias dando cuenta.

Por qué el secrtario ha de tener mano izquierda y no el juez? Necesito saber qué es lo que resuelve el CGPJ, para saber de hasta cuando va a durar esta farsa que se mantiene todos los días en los Juzgados.

Publicado: Mié 30 Sep 2009 9:11 pm
por Invitado
maria, en la exposición de motivos (de mentiras en palabras de pablo Casellanos) de la LEC 1/2000, se decia que se suprimían porque no habia dado juego, sino problemas.
La LEC es para el orden civil, aunque sea supletoria par atodos los demás órdenes.

En cuanto a lo de ya no existen las propuestas, hecha un vistado al art. 246 LOPJ, que conforme al art. 2.2 CC sigue vigente, puesto que la LOPJ ha sido modificada bastantes veces después de la 1/2000, y ese precepto sigue estando ahí ¿"olvidado"?.

Publicado: Mié 30 Sep 2009 11:51 pm
por Invitado
Pipeline, desde luego que da igual el género, pero cuando decía que te traicionaba el subconsciente simplemente constataba que te habías hecho, inconscientemente, una determinada composición de lugar, y en vez de acudir al género por defecto, que es el masculino, o de estar a lo que decía el acuerdo, que era explícito en cuanto a sexos, se te escapó lo de "le dirá al SJ que intente dialogar con la Juez". Tal vez fuera un simple lapsus por tu parte, siento haberme equivocado.
Opino que desde luego en la vida es sumamente aconsejable la mano izquierda. Los que llevan la sinceridad por bandera en muchas ocasiones rozan la grosería. Y creo que es buena la mano izquierda de los hijos con los padres, de los padres con los hijos, de los profesores con los alumnos, de los alumnos con los profesores, de las mujeres con sus maridos, de los maridos con sus mujeres, de los alumnos con los alumnos, de los jueces con los SJ, de los SJ con los jueces, de los SJ con los SJ...ad infinitum. Pero lo que también creo es que a nadie nos es exigible la mano izquierda, y menos aún en el trabajo. Si alguien es rarito, pues se le trata como tal, y punto, y desde luego sin concesiones que a uno le incomoden o violenten.
El debate sobre las propuestas de resolución es superfluo. En laboral el art. 46 LPL dice que :
"1. El Secretario, o quien desempeñe sus funciones pondrá diligencia para hacer constar el día y hora de la presentación de los escritos y documentos y, en todo caso, dará al interesado recibo con tal indicación. Dicho recibo puede consistir en una diligencia extendida en la copia que la parte presente al efecto.
2. En el mismo día o en el siguiente día hábil, el Secretario o quien desempeñe sus funciones dará cuenta al Juez o Presidente o, en su caso, efectuará la diligencia de ordenación o propuesta de resolución oportuna."


Queda por determinar qué es eso de "su caso", porque su caso para algunos es casi todo, y su caso para otros es nunca. Pero en todo caso creo que lo relevante es que, a todos los efectos, una propuesta de providencia y una providencia, son idénticas. Si el juez no presta su conformidad, no sirven de nada. Así que aquel trabajador nato por la administración de justicia que ordenaba a su rebelde secretaria que dictase propuestas, francamente no se a santo de qué tenía el más mínimo interés en que así fuera. Tal vez de sus tiempos de abogado conservaba alguna idea errónea sobre las resoluciones judiciales, pero si no venía a firmar, tanto daba que fuera una providencia que una propuesta de providencia. Aquella secre, y me parece que es una técnica algo extendida para casos así, ya que el citado art. 46 LPL no dice cómo se debe dar cuenta, acudía a la dación de cuenta oral del art. 286 LOPJ (que por cierto dejó de estar vigente en 2004... :( ) y así le obligaba a venir los viernes, o se perdía la dación de cuenta oral que ella intentaba y que, según dejaba constancia, era imposible porque él no acudía a su despacho. Por eso me extraña que, si no lo ha hecho ya, no tire de aquellas diligencias que en su día debió poner y comunique al CGPJ todos los días que estuvo ausente. Y si no las tiene no pasa nada, que extienda cada lunes, miercoles y viernes otras diligencias en los asuntos, haciendo constar que el magistrado juez no se encuentra en su despacho y que se reiterará la dación de cuenta cuando comparezca. Y las mande al CGPJ, y que tengan los güebos de decir que no pasa nada por ir al trabajo dos días en semana.
Y, Pipeline, aquí cerquita me sé de dos vacas sagradas (perdón por lo de vacas, porque están estupendas las dos) que se jactaban café tras café de no haber tocado un ordenador en su vida, y cuando nos dijeron que las actas a boli, se tiraron sendos acuerdos idénticos para que el personal pasara a la sala a encender el ordenado, escribir actas, y vamos todo, ellas bien sentaditas a un par de metros del ordenador. Y, aunque ellas nunca volvieron a tratar del asunto, unos pajaritos nos dijeron que en el recurso la Superioridad les habían dejado el culo como la bandera del japón (perdón por la expresión), así que algunos acuerdos de SJ sí los tumban, vaya si los tumban. Y a una de ellas también le tumbaron un acuerdo sobre vacaciones hace un par de años. Si tumban, sí. Como espero (con más esperanza que fe) que tumben el acuerdo del iluminatti de turno.

Publicado: Mié 30 Sep 2009 11:58 pm
por Invitado
Quería decir "que las actas a boli se habían acabado", perdón.

Actas

Publicado: Jue 01 Oct 2009 1:56 am
por PipelineR
Anonymous escribió:Quería decir "que las actas a boli se habían acabado", perdón.
Pues, si eso fue cierto que estaría por ver, no entiendo por qué: la LEC dice que no se recogerán a mano si hay PC, y desde luego que el SJ no tiene por qué recoger materialmente el acta, vamos que en las Audiencias es un funcionario el que se encarga, el SJ sólo da fe de qué lo que escribe el funcionario se corresponde con la realidad. Con respecto a las vacaciones la única opción que tiene el SJ es informar desfavorablemente y que la CCAA decida, poco podrá acordar en ese campo.
P.d.- mi subconsciente sigue bien. :-). Broma.

Publicado: Jue 01 Oct 2009 10:55 am
por Invitado
Es que precisamente, porque poco podía acordar en ese campo, dejaron su acuerdo sin efecto, porque acordaba sobre vacaciones en contra de lo que decía la Generalitat.
Intentaré conseguirte el otro acuerdo, el del uso de los ordenadores en la Sala de Vistas. Que en la Audiencia se haga no significa que sea lo correcto. A mi personalmente a alguien que hoy en día dicta un acuerdo defendiendo que un secretario judicial no tiene porqué acercarse a un ordenador ni de lejos me parece tan patético como que lo defendiese un Juez que quisiera que le transcribieran sus sentencias a mano, que por supuesto los sigue habiendo, y precisamente en la Audiencia, al menos aquí en Barna.

Mecanografía

Publicado: Jue 01 Oct 2009 12:06 pm
por PipelineR
El tema de tomar las actas ya ha sido suficientemente tratado aquí, sólo decir que a jueces/as y SJ/as no se les exige mecanografía. Si son de los/las que escriben a dos dedos pueden perfectamente encomendar la tarea a los/las funcionarios/as -otra cosa es que ante el colapso de los juzgados resulte práctico quitar un funcionario/a de la oficina y que se ponga en la Sala si el/la SJ puede teclear aceptablemente o a mecanografiar sentencias, en todo caso lo único que pasa es que ese Juzgado irá más lento, bajo la responsabilidad de Juez/a y SJ/a o, en ultima instancia, de la dirección general o gerencia respectiva por no poner más funcionarios/as-.
La cuestión es la motivación que los mueve, si es que lo hacen porque no pueden teclear más rápido o por fastidiar, o incluso porque en el Juzgado se dedican a tocarse las narices entre todos y el/la SJ ha decidido jugar también (como parece ser ante la dación de cuenta oral los viernes).
El acuerdo de este post va más lejos pues una autoridad incompetente para dar una orden a otra autoridad, se la da. Usando un simil, viene a ser, mutatis mutandi, como si el/la SJ da la orden a los funcionarios/as de fregar el Juzgado, o como si el/la presidente/a del TSJ ignorase la existencia del Secretario/a de Gobierno y empezara a llamar a los/las SJ impartiendo órdenes... Un sinsentido.

A jubilar por obsoletos

Publicado: Jue 01 Oct 2009 5:55 pm
por Invitado
Hoy día no es admisible que haya jueces que escriban sus sentencias a mano para que, después, el tramitador se las transcriban al ordenador.
Los que estén en estas circunstancias, a jubilar por obsoletos.

Publicado: Jue 01 Oct 2009 8:59 pm
por Magistrado Granollers
Hoy día no es admisible que haya jueces que escriban sus sentencias a mano para que, después, el tramitador se las transcriban al ordenador.
Los que estén en estas circunstancias, a jubilar por obsoletos.
Vaya por delante que soy el primero que las escribo a ordenador por comodidad propia, pero no me resisto a comentar lo incongruente que es denunciar que no se cumple la ley y el Juez endosa a otros funciones que son suyas (lo que es cierto en muchas ocasiones) y a continuación quejarse que otros Jueces si hacen lo que marca la ley DICTAR Sentencias. Y no es por nada, pero tengo una compañera que usa un dictáfono y los tramitadores del Juzgado se ponene los auriculares y van transcribiendo. Eso si es al pie de la letra lo que la ley dice, y curioso, curioso...a muchos de los que tanto claman porque no les endosen funciones, no les hace ni media de gracia.

Hay que ser mas coherente.

Saludos

juzgado-cortijo

Publicado: Jue 01 Oct 2009 9:55 pm
por Invitado
El tema de este post no es sino una manifestación más del concepto de "juzgado-coritjo" que tienen muchos jueces (la mayoría). No acaban de digerir que no son sino unos funcionarios más. Se les sube a la cabeza eso de poder judicial y que su función, como el sacerdocio, causa estado. Quizás hace un siglo (o dos), con la dificultad de comunicaciones, el menor nivel cultural y la propia estructura de la sociedad fuera necesaria la existencia de ciertos centros de poder relativamente autónomos, pero hoy en día los jueces no son más que funcionarios, cuya labor es la determinación del derecho aplicable, sus privilegios carecen de sentido, y con la reforma de la oficina (a pesar de los últimos estertores de los nostálgicos) el juzgado-cortijo,afortunadamente, tiene los dias contados.
Se acabó el dictar providencias ordenando al Secretario hacer tal o cual cosa, lo de ir un día a la semana y ni siquiera firmar, acuerdos de juntas de jueces (como acaban de hacer en un partido de la periferia de una gran ciudad) delegando funciones en los secretarios. Yo no quiero "descargar" a nadie. Quiero hacer mi trabajo.

Publicado: Jue 01 Oct 2009 11:42 pm
por Invitado
Que quede claro, dictar no es escribir.

dictáfono.

(Del ingl. dictaphone, marca reg.).

1. m. Aparato que registra dictados, conversaciones, etc., y los reproduce cuando conviene, bien por un procedimiento fonográfico, bien magnetofónico.

Publicado: Vie 02 Oct 2009 3:08 pm
por Magistrado Granollers
En que los jueces somos funcionarios, estoy de acuerdo. Tenemos carrera administartiva, ascensos, permisos, ejercemos funciones por cuenta ajena, etc.

En que no cabe hoy en día el concepto de Juzgado-Cortijo, por supuesto. Esto es un servicio público, y no otra cosa.

Pero en lo que no puedo estar de acuerdo en absoluto es que seamos "un funcionario mas", y no por el tema del poder judicial o no poder judicial, sino por algo mucho mas sencillo, y es que somos autoridad. La diferencia entre un funcionario y una autoridad (funcionaria o no) está en el ejercicio de potestades, o sea, poderes públicos establecidos por ley que sujetan a los demás a su cumplimiento. Los directores generales son autoridades, los capitanes de una compañía del ejército son autoridades, los capitanes de barcos mercantes son autoridades, y así muchos otros mas, por esa razón. NI por designación divina, ni por caciquismo, ni por otra cosa que la necesidad de que alguien ejerza esas funciones y sea respetado en ellas.

Asi que no somos "un funcionario mas", como tampoco lo son los que he mencionado.

Los privilegios que se tienen como Juez, son los lógicos que acompañan el ejercicio de la autoridad, y que han existido incluso en la unión soviética en los "camarada juez", asi que no me vengas con la habitual tarifa plana y café para todos del españolito mediocre. Ya se ríen de nosotros bastante por otros motivos, como para encima tratar de sostener que un juez es "un funcionario mas"·

Saludos

Publicado: Vie 02 Oct 2009 5:59 pm
por Invitado
Olvida el sr Magistrado que tambien los Secretarios judiciales son autoridad ( curioso olvido), mal que le pese ( aunque luego nos dirá que nada mas lejos). Tiene razón al señalar, como tantas veces hace, lo atrasado de este pais al que él tambien pertenece, ( también mal que le pese).

funcionarios y algo más

Publicado: Vie 02 Oct 2009 6:42 pm
por Blue
La polémica sobre la que se habla en este mensaje se ha desvirtuado un poco. Más que de discutir sobre la naturaleza funcionarial de la carrera judicial que, como reconoce Magistrado Granollers es incuestionable; e incluso obviando que tanto Jueces como Secretarios tienen reconocido por Ley su carácter de autoridad, de lo que se trata aquí es de reflexionar por qué a algunos Jueces no les entra en la cabeza que no son los jefes del Juzgado ni del Secretario con quien comparten la jornada laboral.
¿Alguien podría explicar aquí si es cierto el mito de que en la Escuela Judicial a los nuevos Jueces se les enseña (contra legem) que son los amos del Juzgado y luego pasa lo que pasa?.
La siguiente pregunta a responder sería: ¿Por qué nunca les pasa nada a los Jueces que abusan de su autoridad o que se exceden abiertamente en sus competencias?

Saludos

Publicado: Vie 02 Oct 2009 7:04 pm
por Invitado
"¿Por qué nunca les pasa nada a los Jueces que abusan de su autoridad o que se exceden abiertamente en sus competencias?"

No les pasa nada porque, en los Tribunales y en el CGPJ, prima el principio jurídico fundamental del "coleguismo". Sólo hay alguna reacción cuando el altercado o la "disfunción" es entre colegas ; cuando el abuso de autoridad o exceso en la competencia perjudica a alguien que no es su colega la norma jurídica cede en favor de la interpretación a favor del colega.

Publicado: Vie 02 Oct 2009 10:13 pm
por Magistrado Granollers
Olvida el sr Magistrado que tambien los Secretarios judiciales son autoridad ( curioso olvido), mal que le pese ( aunque luego nos dirá que nada mas lejos).
No es un olvido. La mención a militares, cargos de la administración y capitanes de barcos ha sido precisamente para poner ejemplos del estamento civil, militar y administrativo puro. El Secretario A)está en el judicial, B) es un caso de autoridad ya conocido por todos los de este foro, y C) Casi igual de poco respetado que el Juez. De ahí que lo importante fuera traer ejemplos de los otros tres grandes ámbitos en que aparece el concepto de autoridad. Obviamente el religioso, que es el otro que faltaba, hoy día ya no goza de tal condición.
Tiene razón al señalar, como tantas veces hace, lo atrasado de este pais al que él tambien pertenece, ( también mal que le pese).
Solo pertenezco en parte :wink:
"¿Por qué nunca les pasa nada a los Jueces que abusan de su autoridad o que se exceden abiertamente en sus competencias?"
Sí pasan cosas muchas veces, y de hecho somos uno de los cuerpos mas sancionados de la administración, y con un catálogo de sanciones mas amplio. Por mucho que se comenta con razón la enorme responsabilidad del Secretario y que lleva la diana colgada en la espalda, por los datos que yo tengo hay mas sanciones a Jueces que a Secretarios, en números absolutos y porcentuales. Otra cosa -y bien diferente- es la gravedad de las impuestas.

Pero las razones son múltiples para explicar esa "aparente" impunidad. Citaré las que me parecen mas relevantes, a bote pronto:

1.- Si, hay corporativismo en ocasiones. No tanto -entiendo yo- en el sentido de querer proteger a toda costa a uno de los tuyos, como en el de ponerse en el pellejo del sancionado y tener mas manga ancha por la experiencia propia.

2.- En el fondo, todos sabemos que las leyes son inaplicables a rajatabla. Si nos ponemos tontos con leyes y reglamentos, podemos empurar al 95% de la población española por uno u otro motivos, sólo es cuestión de querer. Son las consecuencias de un ordenamiento jurídico que camino en sentido opuesto a la realidad y al sentir popular.

3.- Muchas veces los hechos no están bien acreditados. Palabra de uno contra la del otro, etc.

4.- Yo he puesto muchas sentencias en materia disciplinaria de personal funcionario, y las garantías procedimentales y la caducidad son un auténtico salvavidas. Infinidad de funcionarios se escapan de una merecida sanción por la negligencia y dejadez de la administración en tramitar el procedimiento. Con los jueces lógicamente hay casos en que acaba ocurriendo lo mismo.