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no entrar en sala

Publicado: Mié 04 Nov 2009 12:13 pm
por secre1976
buenas!!

como hoy se ha publicado en el BOE LO 1/09 en la que se establece (art. 16) que cuando se utilicen medios técnicos de grabación o reproducción......las vistas se podrán desarrollar sin la intervención del Secretario Judicial, en LOS TERMINOS PREVISTOS EN LA LEY" se me plantea la siguiente duda:

Puedo dejar de entrar en sala o se condiciona a que haya firma digital????

la coletilla "EN LOS TÉRMINOS PREVISTOS EN LA LEY" me hace dudar ya que la ley de reformas procesales (que entra en vigor en 6 meses, parece que lo condiciona a la firma digital....

que opinais??

Publicado: Mié 04 Nov 2009 12:48 pm
por MARA
YO TAMBIEN TENGO LA DUDA ¿POR FAVOR QUE ALGUIEN CONTESTE?

Publicado: Mié 04 Nov 2009 12:52 pm
por Invitado
VER POST DUDAS ¿RAZONABLES?
Mañana no entraré en Sala...

Publicado: Mié 04 Nov 2009 1:00 pm
por Carlos Valiña
Puede que me equivoque pero la opcion mas prudente en estos momentos es entrar en Sala.

Esta mañana he remitido una consulta expresa sobre la cuestión al Excmo. Sr. Ministro de Justicia, cuyo texto podeis ver en este enlace junto con otras intervenciones sobre el tema.

viewtopic.php?t=3540

Es claro que la reforma va por el camino de que salgamos de las Salas para siempre, y es probable que si alguien la abandona, con o sin denuncias, no le termine pasando nada, pero a mi juicio la opcion mas prudente es entrar en Sala y de hecho yo lo he hecho hoy.

Despues de mandar la consulta, releyendo el articulo observo que el art. 453.1 no dice "deberan", sino podran, luego la intimación a salir no es directa y como el espiritu general de la reforma, cuando entre en vigor la otra parte es que el Secretario pueda decidir entrar o no a su criterio, es evidente que es menos arriesgado permanecer en Sala que no hacerlo.

Planteada la consulta expresamente al Ministerio de Justicia y añadiendo en la misma que si no se resuelve la misma, la mayor parte de los Secretarios van a optar por seguir entrando en Sala, salvo que el Ministerio expresamente declarase que podemos salir de las mismas a partir de la entrada en vigor de la LOPJ, o sea a partir de ahora, podemos presumir que el propio Ministerio entendería que todavía no podemos salir de las mismas, sino se pronuncia expresamente en sentido afirmativo, de manera que, en mi caso, y salvo que se generalizase la practica de no entrar en Sala, se resolviese alguna denuncia por este motivo a un Secretario archivandola, o el Ministerio lo aclare o establezca expresamente, continuaré entrando en Sala y os aconsejo que hagais lo propio.

Saludos.

Publicado: Mié 04 Nov 2009 6:50 pm
por Invitado
LO que dice Carlos Valiña me parece lo más razonable. Aparte de las multiples dudas que me surgen a respecto de la aplicacion d ela reforma en ese preciso punto, pensando en mi, y sobre todo en el futuro yo amñan voy a entrar en Sala. No quiero arriesgarme a una nulidad de actuaciones ni nada que se le parezca más que nada porque retrasaria la tramitación del asunto y a estas alturas lo que quiero es menos problemas.
Me parace realmente increible que los Secretarios Coordinadores no hayan organizado nada (jornadas o lo que sea) para aclarar desterminados puntos de la ley. Yo a estas alturas estoy hecha un poco un lio y opto `por seguir como estoy, quedarme un poco a la expectativa y despues actuar y modificar lo que tenga que modificar.
Esta mañana precisamente hablaba con el juez respecto de la entrada en Sala y me ddecia que si yo no entraba él se negaba a celebrar. A mi me la da igual lo que él haga (sólo faltaba) pero también entiendo su razonamiento.
Yo amñana por si las moscas entro. La semana que viene ya veré

Publicado: Mié 04 Nov 2009 6:52 pm
por Invitado
perdonadme, tenia que haber revisado el texto. esto de escribir rapido.......

Publicado: Mié 04 Nov 2009 11:01 pm
por Paco
Hasta el cinco de mayo de 2010 hay que entrar obligatoriamente a Sala.

Publicado: Vie 06 Nov 2009 9:23 pm
por Invitado
Pues yo no estoy de acuerdo en que esté tan claro como lo tiene el invitado anterior que haya que entrar en sala. Hay un artículo en vigor que dice lo contrario. El problema que yo le veo es de índole práctica: cómo hacerlo. Yo seguiré entrando porque no ha quedado claro cómo no hacerlo, quien graba, cómo se graba, etc...