dudas quien tyiene el decanato
Moderadores: Top Secre, Terminatrix
dudas quien tyiene el decanato
Hola a todos, soy nueva en este foro.
Dentro de unos días el Juez de mi Juzgado cesa por traslado y actualmente tenemos el decanato.
En mi partido solo hay dos Juzgados y tras el cese los dos serán sustitutos. ¿Alguien sabría decirme quien tendrá el decanato?
La verdad es que no entiendo por que depende del JUez el cambio cuando al que afecta el decano es al secretario, pero que le vamos a hacer.
Espero vuestra respuesta. Un saludo.
Dentro de unos días el Juez de mi Juzgado cesa por traslado y actualmente tenemos el decanato.
En mi partido solo hay dos Juzgados y tras el cese los dos serán sustitutos. ¿Alguien sabría decirme quien tendrá el decanato?
La verdad es que no entiendo por que depende del JUez el cambio cuando al que afecta el decano es al secretario, pero que le vamos a hacer.
Espero vuestra respuesta. Un saludo.
- Carlos Valiña
- Mensajes: 7122
- Registrado: Mié 05 Nov 2003 2:49 pm
- Ubicación: Santander
- Contactar:
Decano viene de tener canas. Originariamente era el Juez mas antiguo en la plaza.
Originariamente las competencias del Decanato era minimas y eran todas del juez, pues por ejemplo el reparto era cosa de los Secretarios no del Decanato, es mas, ni siquiera existian los Decanatos antes de 1988 (salvo acaso en las ciudades mas grandes pero no con caracter general, y lo que habia era un Juez Decano que con el Secretario y el personal de ese Juzgado se comia todos los marrones cual sucede aun hoy en poblaciones de un solo Juzgado como Reinosa o Barbate.
El juez absorbia esa competencia, la fe administrativa, en su caso la daba el Secretario, y el personal del Juzgado tramitaba esos expedientes gubernativos.
Logicamente la competencia seguia al juez y los demas se fastidiaban.
En tu caso por tanto y como bien te han indicado, el juzgado que ha de hacerse cargo de los follones del Decanato es el Juzgado donde este el Juez más antiguo en la plaza. (Si el mas antiguo fuera un sustituto, antes era decano el sustituto pero luego creo que salio alguna norma que dio preferencia a los titulares, pero de esto no estoy seguro).
Otra cosa es que el Decanato para los Secretarios es una funcion aneja al trabajo y en ella si el del juzgado del nuevo decano quiere no ejercerla y tu si, puedas continuar con ella, pero sabiendo que le corresponde al otro y has de cederla en cuanto la reclame.
Saludos.
Originariamente las competencias del Decanato era minimas y eran todas del juez, pues por ejemplo el reparto era cosa de los Secretarios no del Decanato, es mas, ni siquiera existian los Decanatos antes de 1988 (salvo acaso en las ciudades mas grandes pero no con caracter general, y lo que habia era un Juez Decano que con el Secretario y el personal de ese Juzgado se comia todos los marrones cual sucede aun hoy en poblaciones de un solo Juzgado como Reinosa o Barbate.
El juez absorbia esa competencia, la fe administrativa, en su caso la daba el Secretario, y el personal del Juzgado tramitaba esos expedientes gubernativos.
Logicamente la competencia seguia al juez y los demas se fastidiaban.
En tu caso por tanto y como bien te han indicado, el juzgado que ha de hacerse cargo de los follones del Decanato es el Juzgado donde este el Juez más antiguo en la plaza. (Si el mas antiguo fuera un sustituto, antes era decano el sustituto pero luego creo que salio alguna norma que dio preferencia a los titulares, pero de esto no estoy seguro).
Otra cosa es que el Decanato para los Secretarios es una funcion aneja al trabajo y en ella si el del juzgado del nuevo decano quiere no ejercerla y tu si, puedas continuar con ella, pero sabiendo que le corresponde al otro y has de cederla en cuanto la reclame.
Saludos.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
Si necesitas ayuda llámame.
metodoprofesional@gmail.com
JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.
Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS
Si necesitas ayuda llámame.
metodoprofesional@gmail.com
JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.
Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS
- Carlos Valiña
- Mensajes: 7122
- Registrado: Mié 05 Nov 2003 2:49 pm
- Ubicación: Santander
- Contactar:
Pues ahora que lo dices me parece recordar que en efecto asi era hace muchos años y era algo que habia olvidado por completo.
Me suena que muy muy antiguamente era el mas antiguo, luego fue el de numero 1 y luego se paso al sistema este de eleccion en plazas de mas de diez juzgados, y el mas antiguo en la plaza en ciudades con menos de diez.
Quiza alguno mas veterano pueda confirmar si ese fue el orden de los acontecimientos.
Saludos.
Me suena que muy muy antiguamente era el mas antiguo, luego fue el de numero 1 y luego se paso al sistema este de eleccion en plazas de mas de diez juzgados, y el mas antiguo en la plaza en ciudades con menos de diez.
Quiza alguno mas veterano pueda confirmar si ese fue el orden de los acontecimientos.
Saludos.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
Si necesitas ayuda llámame.
metodoprofesional@gmail.com
JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.
Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS
Si necesitas ayuda llámame.
metodoprofesional@gmail.com
JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.
Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS
En primer lugar, yo elevaría una consulta a la Sala de Gobierno (tú no, los dos jueces sustitutos) auqnue muy probablemente te contesten que, habiendo sido Decano hasta el cese del titular y no existiendo ahora titulares ni, por tanto, mayor o menor antigüedad en el escalafón, el Juzgado mantiene el Decanato hasta que se cubran las plazas con titulares.
juez decano
¿por que no echais un vistazo a la LOPJ y al Reglamento de Órganos de Gobierno de los jueces y después hablais?
Y el Decano que pinta en todo esto?.
Yo lo veo así: existe un servicio común, formalmente constituido o no, pero que en todo caso realiza una actividad común como es la de registro y reparto, fundamentalmente; por tanto hay que aplicarle la instrucción 7/2009 de la Secretaría General, sobre funciones directivas de los servicios comunes procesales generales, y determinar, en consecuencia, a quien corresponde la dirección conforme a lo que en ella se establece.
Yo lo veo así: existe un servicio común, formalmente constituido o no, pero que en todo caso realiza una actividad común como es la de registro y reparto, fundamentalmente; por tanto hay que aplicarle la instrucción 7/2009 de la Secretaría General, sobre funciones directivas de los servicios comunes procesales generales, y determinar, en consecuencia, a quien corresponde la dirección conforme a lo que en ella se establece.
decano
Aqui estoy con el artículo de la LOPJArtículo 166.
1. En las poblaciones donde haya diez o más juzgados, sus titulares elegirán por mayoría de tres quintos a uno de ellos como decano. De no obtenerse dicha mayoría en la primera votación, bastará la mayoría simple en la segunda, resolviéndose los empates en favor del que ocupe el mejor puesto en el escalafón. La elección deberá renovarse cada cuatro años o cuando el elegido cesare por cualquier causa.
2. Donde haya menos de diez juzgados, ejercerá las funciones de Decano el juez o magistrado con mejor puesto en el escalafón.
3. Excepcionalmente, y cuando las circunstancias del decanato lo justifiquen, el Consejo General del Poder Judicial, oída la Junta de Jueces, podrá liberar a su titular total o parcialmente del trabajo que le corresponda realizar en el orden jurisdiccional respectivo.
Por su parte el Reglamento de organos de gobierno establece en el artículo Artículo 81.
1. Donde haya menos de diez Juzgados, ejercerá las funciones de Decano el Juez o Magistrado con mejor puesto en el escalafón (artículo 166.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial).
2. El Juez o Magistrado con mejor puesto en el escalafón será el Decano durante dos años, aunque dentro de esos dos años sea destinado a prestar servicio en los Juzgados de la población otro Juez o Magistrado con mejor puesto en el escalafón, salvo que se produzca algún supuesto de cese aplicable a estos Decanos.
3. A los Decanos que se refiere este artículo no les será de aplicación, como causa de cese, la renuncia voluntaria.
En el caso que se presenta no está regulado legalmente, por lo que entiendo se debe plantear la cuestión ante el presidente del Tribunal Superior de Justicia para que decida sobre esta cuestión gubernativa lo que estime conveniente y no tiene que ser quizas el juez sustituto más antiguo...
1. En las poblaciones donde haya diez o más juzgados, sus titulares elegirán por mayoría de tres quintos a uno de ellos como decano. De no obtenerse dicha mayoría en la primera votación, bastará la mayoría simple en la segunda, resolviéndose los empates en favor del que ocupe el mejor puesto en el escalafón. La elección deberá renovarse cada cuatro años o cuando el elegido cesare por cualquier causa.
2. Donde haya menos de diez juzgados, ejercerá las funciones de Decano el juez o magistrado con mejor puesto en el escalafón.
3. Excepcionalmente, y cuando las circunstancias del decanato lo justifiquen, el Consejo General del Poder Judicial, oída la Junta de Jueces, podrá liberar a su titular total o parcialmente del trabajo que le corresponda realizar en el orden jurisdiccional respectivo.
Por su parte el Reglamento de organos de gobierno establece en el artículo Artículo 81.
1. Donde haya menos de diez Juzgados, ejercerá las funciones de Decano el Juez o Magistrado con mejor puesto en el escalafón (artículo 166.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial).
2. El Juez o Magistrado con mejor puesto en el escalafón será el Decano durante dos años, aunque dentro de esos dos años sea destinado a prestar servicio en los Juzgados de la población otro Juez o Magistrado con mejor puesto en el escalafón, salvo que se produzca algún supuesto de cese aplicable a estos Decanos.
3. A los Decanos que se refiere este artículo no les será de aplicación, como causa de cese, la renuncia voluntaria.
En el caso que se presenta no está regulado legalmente, por lo que entiendo se debe plantear la cuestión ante el presidente del Tribunal Superior de Justicia para que decida sobre esta cuestión gubernativa lo que estime conveniente y no tiene que ser quizas el juez sustituto más antiguo...
Coña, pues eso era lo que yo decía justo antes de tu mensaje. Cómo se elige el Decano es algo sabido, sea en grandes poblaciones o en pequeños pueblos. Recordaba lo de mantener el Decanato por un tiempo, aunque no lo dije por no saber el plazo exacto. Pero el caso es que la situación que se plantea es inusual o, mejor dicho, no está prevista, porque inusual no es que sea precisamente. Total, que eleven consulta y la superioridad interprete lo que tenga a bien...