liquidación de cargas
Publicado: Vie 02 Abr 2010 12:13 pm
Hola
en una ejecución hemos embargado varios inmuebles, que a su vez tienen cargas anteriores. El ejecutante, haciendo uso de su derecho pide que oficiemos a los acreedores anteriores para que manifiesten la subsistencia de su crédito.
El hecho es que la información la mandaron al juzgado hace unos meses, pero a mí me han pasado el expediente ahora. Así que no sé si deducir del valor de tasación únicamente los intereses que me dicen que subsisten, porque desde la fecha de esa información han podido aumentar. Si interpreto el artículo tal cual, es lo que tengo que hacer, pero claro, ha podido pasar que al día siguiente de mandarnos esa información el deudor dejara de pagar y los intereses se hayan disparado... lo más justo sería dedurir el principal que me dice que subsiste, y el máximo de intereses que están garantizados, pero el artículo no me lo permite, verdad?
Muchas gracias, y buenas vacaciones!
en una ejecución hemos embargado varios inmuebles, que a su vez tienen cargas anteriores. El ejecutante, haciendo uso de su derecho pide que oficiemos a los acreedores anteriores para que manifiesten la subsistencia de su crédito.
El hecho es que la información la mandaron al juzgado hace unos meses, pero a mí me han pasado el expediente ahora. Así que no sé si deducir del valor de tasación únicamente los intereses que me dicen que subsisten, porque desde la fecha de esa información han podido aumentar. Si interpreto el artículo tal cual, es lo que tengo que hacer, pero claro, ha podido pasar que al día siguiente de mandarnos esa información el deudor dejara de pagar y los intereses se hayan disparado... lo más justo sería dedurir el principal que me dice que subsiste, y el máximo de intereses que están garantizados, pero el artículo no me lo permite, verdad?
Muchas gracias, y buenas vacaciones!