Tenemos un asunto de una estafa. Una señora sustrajo la tarjeta de crédito de una persona y con ella hizo compras en un supermercado por valor de 150.000 ptas. Compró productos perecederos y no perecederos. Una vez detenida se nos plantea la duda de qué hacer con todos esos productos. ¿Los perecederos los destruímos directamente? ¿No podrían serle entregados? ¿Los no percederos los mantenemos como pieza de convicción o se los podemos entregar a alguien?
Entiendo que en ningún caso habría que devolverlos al supermercado ya que en su día recibió el dinero por ellos.
Gracias de antemano.
PIEZAS DE CONVICCION
Moderadores: Top Secre, Terminatrix
- Carlos Valiña
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Los temas de productos perecederos son un horroroso rompecabezas.
Si los productos conservan sus envases y aun no se han estropeado, yo intentaria una gestion personal con el responsable del establecimiento, a ver si se quieren hacer cargo de ellos, y abonar en cuenta a la cliente el importe de lo recuperado, vendiendole al del establecimiento la idea con el argumento de que a ellos no les perjudicaba y la clienta hablaria bien de ellos y les haria buena propaganda. Caso afirmativo trataria de que la estafadora firmase por escrito que no tenia inconveniente alguno en que se hiciera asi, por si acaso.
Si falla, mandaria a la señora a hablar con el centro comercial, diciendo que se los iban a dar en el juzgado y que si ella podia devolverlos y que le hicieran un abono en cuenta.
Si le decian que no, miraria a ver si la estafadora tiene donde rascar 150.000 pelas o no, y si es que no, pues buscaria que la estafadora renunciara por escrito a toda reivindicacion sobre los mismos y entregarlos a la estafada acto continuo.
Si la estafadora tiene posibles, guardaria todo en el archivo hasta que diera las 150.000 pelas y entonces le devolveria lo que quedase, eso si, vigilando que loque se fuera echando a perder fuera a la basura.
Tambien cabe la opcion de entregar a algun comedor publico los perecederos de vida mas corta, lo que vaya viendo cerca su fecha de caducidad etc, documentandolo todo.
Un verdadero lio.
Saludos a todos.
Si los productos conservan sus envases y aun no se han estropeado, yo intentaria una gestion personal con el responsable del establecimiento, a ver si se quieren hacer cargo de ellos, y abonar en cuenta a la cliente el importe de lo recuperado, vendiendole al del establecimiento la idea con el argumento de que a ellos no les perjudicaba y la clienta hablaria bien de ellos y les haria buena propaganda. Caso afirmativo trataria de que la estafadora firmase por escrito que no tenia inconveniente alguno en que se hiciera asi, por si acaso.
Si falla, mandaria a la señora a hablar con el centro comercial, diciendo que se los iban a dar en el juzgado y que si ella podia devolverlos y que le hicieran un abono en cuenta.
Si le decian que no, miraria a ver si la estafadora tiene donde rascar 150.000 pelas o no, y si es que no, pues buscaria que la estafadora renunciara por escrito a toda reivindicacion sobre los mismos y entregarlos a la estafada acto continuo.
Si la estafadora tiene posibles, guardaria todo en el archivo hasta que diera las 150.000 pelas y entonces le devolveria lo que quedase, eso si, vigilando que loque se fuera echando a perder fuera a la basura.
Tambien cabe la opcion de entregar a algun comedor publico los perecederos de vida mas corta, lo que vaya viendo cerca su fecha de caducidad etc, documentandolo todo.
Un verdadero lio.
Saludos a todos.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
Si necesitas ayuda llámame.
metodoprofesional@gmail.com
JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.
Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS
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metodoprofesional@gmail.com
JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.
Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS
piezas de conviccion
Situaciones como esta me he encontrado muchas vecez en el juzgado de instruccion.
Lo legal,es devolverselos al dueño si estan en buen estado.Si no los quiere,acrediartlo con una diligencia,hacerlos tasar al perito por via de urgencia,y destruirlos.
Pero como destruirlos?.Solo caben dos posibilidades,o entregarlos a una institucion caritativa,o,simplemnte tirarlos a la basura,haciendolo cosntar por diligencia.
No hay mas soluciones.
En la practica,nadie quiere que le devuelvan lo jamones manoseados.
Otra formula es que la destruccion sea en el estomgo el peronal judicialPer lo dejo a criterio deldrector tecnico pocesal
Lo legal,es devolverselos al dueño si estan en buen estado.Si no los quiere,acrediartlo con una diligencia,hacerlos tasar al perito por via de urgencia,y destruirlos.
Pero como destruirlos?.Solo caben dos posibilidades,o entregarlos a una institucion caritativa,o,simplemnte tirarlos a la basura,haciendolo cosntar por diligencia.
No hay mas soluciones.
En la practica,nadie quiere que le devuelvan lo jamones manoseados.
Otra formula es que la destruccion sea en el estomgo el peronal judicialPer lo dejo a criterio deldrector tecnico pocesal
- Magistrado Granollers
- Mensajes: 2184
- Registrado: Mié 07 Abr 2004 6:53 pm
1.- Embargo de los bienes a resultas de las responsabilidades...
2.- Tasacion de los bienes por parte del comerciante, citacion inmediata y en la misma resolucion. Si necesitaban conservacion en dependencias determinadas se nombra depositario al comerciante
3.- subasta de los bienes fungibles de forma inmediata.
tambien se puede encargar su venta al propio comerciante y el dinero obtenido se ingresará a resultas...
2.- Tasacion de los bienes por parte del comerciante, citacion inmediata y en la misma resolucion. Si necesitaban conservacion en dependencias determinadas se nombra depositario al comerciante
3.- subasta de los bienes fungibles de forma inmediata.
tambien se puede encargar su venta al propio comerciante y el dinero obtenido se ingresará a resultas...
- Manuel Pilar
- Mensajes: 22
- Registrado: Mar 25 Nov 2003 3:22 pm
- Ubicación: CEUTA
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Piezas de convicción
Hola, mira el Real Decreto 2783/1976, de 15 de octubre, sobre conservación y destino de piezas de convicción, seguro que te resuelve las dudas. Suele venir como anexo en Leyes de Enjuiciamiento Criminal y Códigos Penales.
Saludos.
Saludos.
Manuel Pilar.
Juzgado de Vigilancia Penitenicaria de Ciudad Autónoma de Ceuta.
Juzgado de Vigilancia Penitenicaria de Ciudad Autónoma de Ceuta.