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Acceso telemático a información de la AEAT

Publicado: Lun 24 May 2010 5:56 pm
por Invitado
El Juez que tenía antes tenía mucho "respeto" a la investigación del patrimonio de los ejecutados en vía civil a través de Hacienda. Siempre lo hacíamos como último recurso, y a través de oficio (al que de entrada, Hacienda siempre contesta que nanai, y había que insistir).

Ahora que hemos cambiado de Juez, y que en la ejecución tenemos más importancia los secretarios, me gustaría saber vuestra opinión sobre el acceso a Hacienda desde el PNJ.

Me dicen los procuradores que en otros Juzgados se accede desde el primer momento a esta información desde el Juzgado y se les facilita a ellos sin ningún filtro previo por el Juzgado, porque la información que se da es muy limitada. Yo nunca lo he utilizado. Pero claro, los procuradores qué van a decir...

Saludos.

Publicado: Lun 24 May 2010 9:28 pm
por Invitado
Yo casi siempre hago la consulta telemática, AT te da mucha información en el apartado "Investigacion para embargos", creo que es la medida de averiguacion mas util, en vez de pnerte a mandar oficios a diestro y siniestro...no se si es correcto o no...

Publicado: Lun 24 May 2010 10:23 pm
por Invitado
Nosotros la hacemos casi automaticamente y nunca nos ha dado problemas. En las ETJ como casi siempre piden la Aver Patrimo. nosotros la acordamos directamente en el auto y cuando se incoa la demanda ya se entrega la incoacion y la av patrimonial. Tras años haciendo lo mismo los procuradores ya no piden embargos en las demanadas ejecutivas hasta que no les damos la av patrimonial y con eso nos ahorramos bastante tiempo. Eso si cada averiguacion que hagas tiene que tener una resolucion judicial detras que la acuerde.
El programa del PNJ es bastante sencillo y ademas te permite imprimir una especie de resumen PDF de los datos fiscales de la persona. Lo unico que no te sale es los vehciculos o fincas que tiene, tienes que meterte en el programa del catastro y de DGT. Aun asi es muy muy sencillo.

Yo hace años que no mando ni un oficio al los organismos publicos, ahorramos muchismimo tiempo

Publicado: Lun 24 May 2010 11:35 pm
por Martin
Anonymous escribió: Eso si cada averiguacion que hagas tiene que tener una resolucion judicial detras que la acuerde.
Entiendo que ahi vale con Diligencia de Ord, acordandola no??

Publicado: Mar 25 May 2010 10:14 pm
por secret
Martin escribió:
Anonymous escribió: Eso si cada averiguacion que hagas tiene que tener una resolucion judicial detras que la acuerde.
Entiendo que ahi vale con Diligencia de Ord, acordandola no??
Me parece a mi que tras la reforma, después del auto conteniendo la orden general de ejecución, nosotros somos los que decidimos qué medidas tomar para llevarla a efecto y lo hacemos por decreto, por lo tanto yo entiendo que en el decreto podemos acordar la averiguación patrimonial y realizarla sin necesidad de que el Juez lo acuerde en el auto.