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Cuantía del proceso declarativo a efectos de tasar costas

Publicado: Mar 07 Sep 2010 5:57 pm
por Terminatrix
He buscado doctrina y resoluciones pero no parece que haya un criterio unánime.

¿ Tomo como base para el cálculo la cuantía fijada en la demanda , que puede ser X o señalarse como indeterminada , o la que finalmente fije la sentencia firme ? :?

Si conocéis alguna sentencia sobre el particular de alguna AP o del TS , agradeceré los datos .

Mil gracias .

Cuantía

Publicado: Mar 07 Sep 2010 6:42 pm
por PipelineR
Lamentablemente no tengo Jurisprudencia cercana (quizás en alguno de los artículos citados en el hilo "cuestiones sobre costas" hay) pero entiendo que la fija el demandante en su demanda, la discute el demandado en su contestación y queda fijada (si se ha discutido por el demandado) en la audiencia previa (juicio ordinario) o al inicio de la vista (juicio verbal). Saludos :wink:

P.D.- Elimino lo de modificación por el demandante, cruce mental con la modificación de las cuantías reclamadas en prestaciones de vencimientos periódicos.

Publicado: Mar 07 Sep 2010 7:20 pm
por invitado91
Es claro que la ley obliga al demandante a pronunciarse sobre la cuantía en la propia demanda. Por tanto, si vence en costas, en la posterior tasación está vinculado por dicha declaración, no pudiendo pretender según le convenga una modificación de la misma. No puede ir contra sus propios actos.

Cuestión distinta es en lo que afecta al demandado. En el juicio ordinario, a tenor del artículo 255 de la LEC

Impugnación de la cuantía y de la clase de juicio por razón de la cuantía.

1. El demandado podrá impugnar la cuantía de la demanda cuando entienda que, de haberse determinado de forma correcta, el procedimiento a seguir sería otro, o resultaría procedente el recurso de casación.

2. En el juicio ordinario se impugnará la adecuación del procedimiento por razón de la cuantía en la contestación a la demanda y la cuestión será resuelta en la audiencia previa al juicio
.

Hay que tener en cuenta que la doctrina del TS respecto a la imposibilidad de modificar la cuantía despues de la fase de alegaciones está sentada en cuanto a la casación.
Muchos tribunales no admiten un incidente del demandado impugnado la cuantía si esto no afecta ni al tipo de procedimiento ni la posterior casación. Por tanto me parece lo justo , que el demandado no esté vinculado por la declaración que hizo el demandante , y se le permita discutir la cuestión en sede de tasación de costas, y por tanto que este se haga conforme a la cuantía real del pleito. Hay Audiencias que siguen este criterio.

No se si me explicado.

Un saludo

Publicado: Mié 08 Sep 2010 5:14 pm
por Terminatrix
Huy , lo mío es que es muy complicado . Perdonad que no haya explicado con más detalle .

Hablo de un menor cuantía de mil tomos del año de la tos . El actor reclama X millones por daños morales y la sentencia definitiva le concede una cantidad muy , muy inferior .

Creo recordar , si la memoria no me falla , que en la comparecencia del menor cuantía se trataba , entre otras cosas, de determinar la cuantía . Aquí no se hizo . Por no hacerse , no se hizo ni la comparecencia , aunque visto cono enmarranaron el preocedimiento , no me extraña .

El actor pidió la luna lunera y le han dado una cantidad mínima , eso sí , las costas las tasa sobre la base de lo que pidió .
El condenado , se ha adelantado y con base en el traslado previo de copias , ha puesto el grito en el cielo y dice que la base de cálculo ha de ser lo concedido en sentencia , pero es que , aunque mi opinión sea esa ( que lo es ) no veo base donde agarrarme para resolver un eventual recurso. Que lo habrá. Y me llevan frita :evil:

Además, que quiero tener un criterio claro para lo sucesivo :wink:

Gracias por las opiniones .