Me he puesto a limpiar la cuenta y me he encontrado una cantidad de dinero considerable que está ahí desde hace años sin tocar. Núnca se ha hecho ningún mandamiento de devolución, por lo que, según creo, no puedo mandarlo a fondos abandonados.
He pedido el expediente al archivo pero "no lo encuentran", o "no lo tienen"
Del sistema informático, deduzco que hubo una subasta en su día, pero no puedo acceder al contenido de las resoluciones.
A parte de la opción de "quedármelo y darme un capricho", ¿qué puedo hacer?
Podría abrir una incidencia en Banesto para que lo devolvieran a quienes lo ingresaron en su día, pero tampoco sé qué pasó en ese procedimiento.
Gracias
Cuenta de consignaciones
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- Carlos Valiña
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Quiza te funcione esto:
Si tienes un numero de procedimiento, puedes ir a mirar a los libros del Juzgado, los que se llevaban a mano. Ahi te vendra el nombre del demandante y el demandado y quiza algunos datos para ir tirando del hilo, tales como fecha de la sentencia, numero de ejecutoria, etc.
Normalmente en la sentencia que podras buscar por fechas en el legajo te aparecera el nombre del abogado y procurador que llevaron el caso, y ellos si que te podran informar de lo que necesites.
Espero te sirva.
Carlos
Si tienes un numero de procedimiento, puedes ir a mirar a los libros del Juzgado, los que se llevaban a mano. Ahi te vendra el nombre del demandante y el demandado y quiza algunos datos para ir tirando del hilo, tales como fecha de la sentencia, numero de ejecutoria, etc.
Normalmente en la sentencia que podras buscar por fechas en el legajo te aparecera el nombre del abogado y procurador que llevaron el caso, y ellos si que te podran informar de lo que necesites.
Espero te sirva.
Carlos
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
Si necesitas ayuda llámame.
metodoprofesional@gmail.com
JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.
Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS
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Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS
Estoy en el mismo caso que tú, haciendo una limpieza de la cuenta. Te puedo dar los siguientes consejos, fundados en la circular informativa de la cuenta de consignaciones y depósitos cuyo enlace es el siguiente: http://dgraj.mju.es/SecretariosJudicial ... 1-2010.pdf
-si hay ingresos de hace años que por error se efectuaron en la cuenta del Juzgado y correspondía a otro Juzgado y no se hizo nada con ellos en su día, transfierelos a la 9999, cuenta de fondos provisionalmente abandonados.La mayoría de las veces es imposible saber a que Juzgado correspondía.
-si encuentras cantidades que en su día no se entregaron, y no localizas el expediente, no te compliques, porque quien tenía derecho a ellas pudo moverse para cobrar ese dinero y se demuestra una gran desidia por ello, pudo mover el procedimiento y no lo hizo. Transferencia a la 9999. También puede ocurrir que no localices el expediente por la misma razón de antes, que esos ingresos se efectuaran en un número de cuenta distinto. No nos pagan por ser detectives.
-si hay cantidades que se pueden entregar porque se conoce el beneficiario, hazlo. Otra cosa es que no se pueda localizar a dichas personas para entregarles el mandamiento de devolución. En ese caso, los mandamientos caducarán y se podrá transferir a la 9999 transcurrido un año.
Y todo ello con la mayor tranquilidad, la cuenta 9999 tiene la ventaja que hasta 20 años después de su ingreso no hay una transferencia definitiva al Tesoro Público, en cualquier momento durante ese plazo se puede solicitar la retroacción, si alguien demuestra ser legítimo titular de esos fondos puedes recuperarlos. Un saludo
-si hay ingresos de hace años que por error se efectuaron en la cuenta del Juzgado y correspondía a otro Juzgado y no se hizo nada con ellos en su día, transfierelos a la 9999, cuenta de fondos provisionalmente abandonados.La mayoría de las veces es imposible saber a que Juzgado correspondía.
-si encuentras cantidades que en su día no se entregaron, y no localizas el expediente, no te compliques, porque quien tenía derecho a ellas pudo moverse para cobrar ese dinero y se demuestra una gran desidia por ello, pudo mover el procedimiento y no lo hizo. Transferencia a la 9999. También puede ocurrir que no localices el expediente por la misma razón de antes, que esos ingresos se efectuaran en un número de cuenta distinto. No nos pagan por ser detectives.
-si hay cantidades que se pueden entregar porque se conoce el beneficiario, hazlo. Otra cosa es que no se pueda localizar a dichas personas para entregarles el mandamiento de devolución. En ese caso, los mandamientos caducarán y se podrá transferir a la 9999 transcurrido un año.
Y todo ello con la mayor tranquilidad, la cuenta 9999 tiene la ventaja que hasta 20 años después de su ingreso no hay una transferencia definitiva al Tesoro Público, en cualquier momento durante ese plazo se puede solicitar la retroacción, si alguien demuestra ser legítimo titular de esos fondos puedes recuperarlos. Un saludo
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- Registrado: Mar 14 Oct 2008 10:06 pm
SALUDOS
Saludos,
Yo me encontre este problema , teniendo mas de trescientos asuntos en fase operativa, esto es expedido el mandamiento y no cobrado.
Como era materialemnte imposible revolver todo el archivo, los he mandado sin miramientos a la cuenta de fondos abandonados, y la lo reclamara quiern quiera, tien 20 años. Desde luego no iba ayo aarreglar el descontrol de la anterior secretaria que se tiro cuatro años, yo creo que mirandose las uñas...
Cuando vino la inpseccion s elo dije, y lo dieron por bueno....
Yo me encontre este problema , teniendo mas de trescientos asuntos en fase operativa, esto es expedido el mandamiento y no cobrado.
Como era materialemnte imposible revolver todo el archivo, los he mandado sin miramientos a la cuenta de fondos abandonados, y la lo reclamara quiern quiera, tien 20 años. Desde luego no iba ayo aarreglar el descontrol de la anterior secretaria que se tiro cuatro años, yo creo que mirandose las uñas...
Cuando vino la inpseccion s elo dije, y lo dieron por bueno....