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declaracion de herederos
Publicado: Mar 07 Dic 2010 2:08 am
por esq
Debo admitir una declaración de herederos en la que ellos mismos dicen que solicitaron otra anteriormente, pero que contenía un error?
Yo entiendo que no, pero como no producen cosa juzgada, se me plantea la duda...
Gracias
Publicado: Mar 07 Dic 2010 4:22 pm
por Nadie
La declaración de herederos abintestato (sección 2ª del Título IX del Libro II de la LEC 1881), pacíficamente considerada ésta como un expediente de jurisdicción voluntaria -pese a estar dichos preceptos formalmente encuadrados en la regulación de la jurisdicción contenciosa-.
Lo que resulta de los artículos 981 y 996 y siguientes de la LEC de 1881, es que el juez habrá de adoptar una decisión sobe la declaración de heredero otorgándola o denegándola con base a la valoración de las pruebas adoptadas decisión que no tendrá efecto de cosa juzgada ya que los interesados podrán promover un juicio declarativo sobre la misma cuestión. (Auto 86/2003, AP Girona (Sec. 2.ª), de 31 de marzo 2003)
* Sentencia nº 11/2004 de Audiencia Provincial, Cantabria, 12 de Enero de 2004
DECLARACIÓN DE HEREDEROS. NULIDAD: El auto de declaración de herederos no es conforme a derecho, pues al fallecimiento había otros parientes dentro del cuarto grado y por tanto con derecho a heredar. Constatado esto en este juicio declarativo, no puede por menos de afirmarse la procedencia de dejar sin efecto lo acordado en aquel auto dictado en un expediente de jurisdicción voluntaria que, por definición, no creó cosa juzgada ni tenía mas valor que el meramente acreditativo de una situación jurídica en tanto no fuese discutida en juicio. Se estima parcialmente la demanda. Se estima parcialmente la apelación.
Con lo datos aportados entiendo que no existiendo un grado de contenciosidad, manifiesta o latente en el expediente promovido, procedería el nuevo procedimiento instado de jurisdicción voluntaria para subsanar el error acaecido, aunque pueda existir en puridad un cosa juzgada formal (ex art 1818 lec de 1881, pues parece desproporcionado entablar un procedimiento declarativo sobre un tema en el que no hay conflicto entre partes.